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  1. #101
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    Predeterminado Respuesta: TEXTO DEFINITIVO DE REFORMA NORMATIVA

    Por esto, por esto. Lo del seguimiento no tiene desperdicio .
    Última edición por jor-sol; 06/03/2009 a las 08:25
    "Cuando teníamos las respuestas, nos cambiaron las preguntas"

    Mario Benedetti

  2. #102
    sifos está desconectado Forero
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    Predeterminado autoconsumo y venta a red

    Hace algun tiempo ya propuse este tema y se descarto/cambio por el netmetering, pongo link donde creo q se introdujo http://www.solarweb.net/forosolar/as...html#post74664

    Ahora como siempre los alemanes nos han pasado la mano por la cara y resulta que ahi si q se pude tener una tarifa regulada para autoconsumo (es decir cobrar el autoconsumo) y luego comprar a mercado lo q se necesite fuera del autoconsumo.

    "El 1 de enero de 2009, el gobierno federal alemán introdujo la nueva clase de subvención para plantas eléctricas solares con una potencia de hasta 30 kW en virtud de una enmienda de dicha ley. Los operadores de instalaciones recibirán 25,01 céntimos por cada kW/hora de consumo propio durante 20 años. Además, se ahorrarán los gastos de electricidad doméstica."

    Y nosotros aqui preferimos mirar el ombligo de los americanos y su netmetering.....He de admitir que desconocia la normativa alemana, pero es que es de cajón (y como ellos són de cajón, por no decir cuadriculados...)

    Eso si q es fomentar la descentralización de la producción....

    Yo abriria esta opcion otra vez....siento volver sobre mis propias ideas.

  3. #103
    Avatar de Asterix
    Asterix está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: TEXTO DEFINITIVO DE REFORMA NORMATIVA

    ¿Pero que es? ¿Una compra durante 20 años de lo que se produce menos lo que se consume a un precio bastante inferior? Suena estupendo...

  4. #104
    wassup está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: TEXTO DEFINITIVO DE REFORMA NORMATIVA

    Pero eso está recogido en la propuesta de Reforma.

    Las instalaciones del grupo 1 serían ese caso, la diferencia es que nosotros hablamos de exención de impuestos y subvenciones a la instalación para financiar esa sobre-producción y los alemanes subvencionan esos Kw.

    Son dos formas distintas para lograr el mismo objetivo, claro que la de los alemanes la potencia más ya que es dinerito contante y sonante para el productor

  5. #105
    sifos está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: TEXTO DEFINITIVO DE REFORMA NORMATIVA

    Cita Iniciado por Asterix Ver mensaje
    ¿Pero que es? ¿Una compra durante 20 años de lo que se produce menos lo que se consume a un precio bastante inferior? Suena estupendo...
    Son instalaciones para autoconsumo. Todo lo q tu produces y consumes (o almacenas) te lo pagan a 25c/kwh.
    A parte claro esta puedes estar conectado a la red para cuando tu instalacion no produzca.

    No me preguntes mucho más, pq no sé como han desarrollado la ley, los alemanes del foro q nos iluminen...

  6. #106
    sifos está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: TEXTO DEFINITIVO DE REFORMA NORMATIVA

    Cita Iniciado por wassup Ver mensaje
    Pero eso está recogido en la propuesta de Reforma.

    Las instalaciones del grupo 1 serían ese caso, la diferencia es que nosotros hablamos de exención de impuestos y subvenciones a la instalación para financiar esa sobre-producción y los alemanes subvencionan esos Kw.

    Son dos formas distintas para lograr el mismo objetivo, claro que la de los alemanes la potencia más ya que es dinerito contante y sonante para el productor

    Las exenciones fiscales normalmente solo benefician a los que tienen "excedentes" pero no al resto de mortales.
    Y las subvenciones a la instalación no fomentan la eficiencia, puesto que se subvenciona un nº de Kw (o unidades de lo q sea) basta acordarse de las subvenciones en la agricultura, cuando se subvenciona por arboles o extensión nadie se preocupa del producto (veanse miles de m2 de campos de girasol abandonados) si se subvenciona el Kg de pipas (por decir algo) todo el mundo va a recoger las pipas (o no planta girasoles)

  7. #107
    rodri está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: autoconsumo y venta a red

    Cita Iniciado por sifos Ver mensaje
    Hace algun tiempo ya propuse este tema y se descarto/cambio por el netmetering, pongo link donde creo q se introdujo http://www.solarweb.net/forosolar/as...html#post74664

    Ahora como siempre los alemanes nos han pasado la mano por la cara y resulta que ahi si q se pude tener una tarifa regulada para autoconsumo (es decir cobrar el autoconsumo) y luego comprar a mercado lo q se necesite fuera del autoconsumo.

    "El 1 de enero de 2009, el gobierno federal alemán introdujo la nueva clase de subvención para plantas eléctricas solares con una potencia de hasta 30 kW en virtud de una enmienda de dicha ley. Los operadores de instalaciones recibirán 25,01 céntimos por cada kW/hora de consumo propio durante 20 años. Además, se ahorrarán los gastos de electricidad doméstica."

    Y nosotros aqui preferimos mirar el ombligo de los americanos y su netmetering.....He de admitir que desconocia la normativa alemana, pero es que es de cajón (y como ellos són de cajón, por no decir cuadriculados...)

    Eso si q es fomentar la descentralización de la producción....

    Yo abriria esta opcion otra vez....siento volver sobre mis propias ideas.
    me da que en california hacen eso pero con las grandes instalaciones, en las instalaciones pequeñas te dejan elegir entre hacerlo de esa manera o que te den una ayuda por W, (todos eligen la ayuda por W en lugar de por kWh), otra cosa es la deducción fiscal.

    de todas formas este sistema aleman esta muy bien para naves, ahorra tener que poner ct nuevos ... sin net metering en el peor de los casos: ,25 que te da el gobierno, con net metering:,25 + ,1 que dejas de pagar, y si ademas reduce la demanda de la nave pues mucho mejor.

    esta bien para empresas, pero para pequeños particulares...?? como reduce esto el papeleo post montaje respecto a una instalacion actual... ?

  8. #108
    Avatar de Asterix
    Asterix está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: TEXTO DEFINITIVO DE REFORMA NORMATIVA

    Primero decir que el texto de reforma queda abierto para ver si el tema del Grupo 1 con net-metering debe redefinirse. Mientras tanto estamos preparando documentos de índole periodístico o para promover la propuesta de reforma.

    Dejo este enlace de la revista Energética XXI donde explica el primer ejemplo de uso de esta enmienda a la Ley alemana.

    De todas formas extraigo partes para comentarlas :

    "El 1 de enero de 2009, el gobierno federal alemán introdujo la nueva clase de subvención para plantas eléctricas solares con una potencia de hasta 30 kW en virtud de una enmienda de dicha ley. Los operadores de instalaciones recibirán 25,01 céntimos por cada kW/hora de consumo propio durante 20 años. Además, se ahorrarán los gastos de electricidad doméstica."


    Creo que lo que se pretende es lo siguiente :
    1. Si haces una instalación fotovoltaica de tamaño adecuado para satisfacer el consumo eléctrico de tu negocio, vivienda o lo que sea, se te exime de pagar la energía no consumida (de cajón) y se te paga 25,01 ct€/kWh que produzcas fotovoltaicamente y lo consumas tú mismo. Claro fomento a la generación distribuida, a la cercanía al punto de consumo y a la difusión social de la producción energética para autoconsumo.
    2. Como el coste de la instalación es todavía elevado como para no compensar si simplemente se aplica un sistema de que se te pague por lo que produces lo mismo que te cobran por lo que consumes (net metering), se elige no subvencionar la instalación sino pagar con prima solo lo que produce y consume.
    No sé si lo he interpretado bien. Eso espero.

    Otro extracto :

    "Höver necesita unos 30.000 kW/h anuales para iluminar y ventilar sus cebaderos del distrito de Borken, con 1.200 porcinos. Desde principios de febrero produce esta cantidad por cuenta propia en su planta de 29,4 kW. Con los precios actuales de electricidad, las ganancias netas de Hövell pueden aumentar cerca de 10.000 euros durante los próximos 20 años, ya que la energía solar se destina a consumo propio. Actualmente, la electricidad doméstica cuesta unos 20 céntimos por kW/h. Sumándose la tarifa suplementaria, se alcanzan los 45,01 céntimos, es decir, 2 céntimos más que el precio que se obtendría con la alimentación por red."

    El señor Hover, al parecer el primero en estrenar la nueva ley alemana, tiene una instalación de 29,4 kW de potencia, que le produce 30.000 kWh anuales que consume en sus cebaderos de porcinos.

    Pues bien, como decía el primer extracto el señor Hover se ahorra el coste de esos 30.000 kWh al año que deja de pagar a la eléctrica (extracto : "Además, se ahorrarán los gastos de electricidad doméstica") y además recibe 25,01 ct€/kWh más lo que hace que en realidad esté recibiendo 45,01 ct€/kWh durante 20 años (esta cifra puede variar con las subidas del coste de la energía que ya no compra a la eléctrica).

    Lo que no entiendo es lo de los 2 centimos más que el precio que se obtendría con la alimentación por red. Quizás se refiere a que si hubiera elegido alguna forma de venta a la red habría recibido 43,01 ct€/kWh, pero lo desconozco.

    Tercer extracto, temas técnicos :

    "Desde el punto de vista técnico, la instalación de estas plantas solares no representa ningún problema, explica Hans-Thomas Fritzsche, gerente de la filial alemana Sputnik Engineering. En el campo solar de Hövell se colocaron seis inversores monofásicos SolarMax de Sputnik Engineering. Basta con instalar un contador adicional que registre la corriente fotovoltaica consumida en la unidad
    doméstica. Esta nueva normativa es perfecta no solo para granjeros, sino también para propietarios de viviendas unifamiliares. Se produce electricidad cuando está más cara y se compra por la tarde con la tarifa secundaria. Además, deja de dependerse de los aumentos de precios de las empresas eléctricas, añade Fritzsche.".

    Temas técnicos : Instalar un contador adicional que registre la corriente fotovoltaica consumida, es decir, para contabilizar la energía que se autoconsume y proviene de la fuente solar. Consumes fotovoltaica en los momentos de luz solar, que debe ser más cara en Alemania, y cuando no tienes suficiente consumes del mix energético que proviene de otras fuentes sean las que sean y sin entrar en ese debate.

    Cuarto extracto - Temas fiscales y de consideración de actividad económica o no.

    "Los industriales solares que suministran su electricidad a la red son considerados fiscalmente como empresarios. Es decir, que Hacienda les devuelve el 19% del impuesto sobre la venta abonado por los costes de inversión. En el caso del autoconsumo, este punto no estaba claro hasta ahora. Sin embargo, el Ministerio Federal de Medio Ambiente se ha pronunciado al respecto. El consumo propio directo no repercute sobre la clasificación de un industrial como empresario en virtud de la ley del Impuesto sobre la Venta, aclara el Ministerio de Medio Ambiente en un documento informativo, y añade que por lo general no supone un deterioro financiero para los industriales que por la alimentación pagan impuestos sobre el valor añadido y se acogen al derecho de la deducción del IVA.

    Comienza por indicar que la venta de electricidad a la red coloca al promotor solar como empresario al objeto de poder ser sujeto pasivo de IVA que pueda recuperar la cantidad que de IVA le haya repercutido el instalador que le vendió la instalación.

    Parece ser que la enmienda no aclaró esa situación y fue el Gobierno Alemán el que corrige esa laguna indicando que el hecho de acogerse a la fórmula del "consumo propio directo" no hace del promotor solar un empresario, entiendo con respecto al IVA, para añadir una frase final que no llego a entender del todo y dejo para los muchos expertos que hay en este foro. Es eso de : ("por lo general no supone un deterioro financiero para los industriales que por la alimentación pagan impuestos sobre el valor añadido y se acogen al derecho de la deducción del IVA").

  9. #109
    Avatar de Asterix
    Asterix está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: TEXTO DEFINITIVO DE REFORMA NORMATIVA

    POR DIOS QUE ALGUIEN ENCUENTRE ESTA NORMATIVA ALEMANA y la estudiamos para incluir una versión española a la propuesta de reforma.

  10. #110
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    Predeterminado Respuesta: TEXTO DEFINITIVO DE REFORMA NORMATIVA

    Subo este resumen que he encontrado y que creo que es la situación actualmente en vigor en Alemania (Normativa EEG 2009 - sección fotovoltaica).

    En la primera página tenemos las tarifas para instalaciones sobre cubiertas diferenciadas por tamaños (hasta 30kW, de 30 a 100, de 100 a 1000 y por encima de 1000).

    En la segunda tabla de esa página se encuentra la tarifa para aquellas instalaciones donde la energía producida se consume en el mismo lugar (instalaciones hasta 30 kW). La tarifa es 25,01 ct€/kWh que unido a lo que cuesta al consumidor en Alemania la electricidad (20 ct€/kWh casi el doble que en España) hace un total de 45,01 ct€/kWh o lo que es lo mismo se le dice al consumidor que se produzca la energía que consume y se le paga 2 centimos más que los 43,01 que se paga si se vende sin más.

    Por otro lado, en vez de cupos tiene unas bajadas anuales claras que se incrementan o decrementan dependiendo de la potencia instalada o con solicitud firme de instalación, para evitar lo del final del RD 661.
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  11. #111
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    Predeterminado Respuesta: TEXTO DEFINITIVO DE REFORMA NORMATIVA

    He encontrado una versión en español de la ley alemana o EEG 2009 sacada de la página www.bmu.de que es el "Bundesministerium für Umwelt, Naturschutz und Reaktorsicherheit" o "Ministerio del Gobierno Federal para el Medio Ambiente, la Conservación de la Naturaleza y la Seguridad Nuclear" (curiosa mezcla).

    La subo al foro para conocimiento de todos y para que podamos comentar la parte que nos atañe a este hilo.

    Saludos solares,
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  12. #112
    ch
    ch está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: TEXTO DEFINITIVO DE REFORMA NORMATIVA

    Hola a todos desde Alemania,

    El autoconsumo es la innovacion mayor de la nueva ley aqui, del EEG 2009. Desgraciadamente, en la ley entro un poco deprisa y corriendo, en el ultimo minuto, y hemos tenido que esperar a que la "Clearingstelle" (Organizacion que aclara dudas en la EEG, una mezcla de aleman e ingles, vaya injerto) decida algunos aspectos. Hasta entonces (aun no esta todo claro) hay dudas.

    Una cosa interesante es la "clearingstelle" en si. No podria haber esto aqui? Asi no habria que ir rectificando para cada cosa?

    En cuanto a autoconsumo habria que aclarar unos aspectos:

    1- Autoconsumo o consumo cercano en espacio? O en tiempo?
    Para "autoconsumo" puro y duro, hay que poner un contador unidireccional para el consumo propio, otro unidireccional para el inyectado a red y otro para lo producido.
    La tarifa debe entonces definir las tarifas para esos dos ultimos valores. La idea es fijar una tarifa para inyectado a red similar al precio de consumo y una para producido similar a la diferencia entre tarifa normal y precio de electricidad.

    2- Autoconsumo en el tiempo
    Esto es el "net metering" mas o menos. Se define un contador bidireccional para el consumo y otro unidireccional para la generacion. Como opciones estan el definir el periodo de tiempo para considerar las facturas, y si la final es negativa (mas producido que consumido), que hacer con eso, y la tarifa por produccion (en principio similar al caso anterior)

    3- Autoconsumo en el espacio
    Igual que la anterior pero hay que demostrar que en tu ramal de baja tension hay consumo suficiente para tu energia en cualquier momento.

    Como lo veis para Espana?
    Saludos,
    ----------------------------------------------
    Christian Comes
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    http://www.sanyo-solar.eu
    email: christian.comes (arroba) sanyo-component (punto) com

  13. #113
    wassup está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: TEXTO DEFINITIVO DE REFORMA NORMATIVA

    La verdad es que la idea es muy buena para fomentar la instalación, además de ahorrarte lo que consumes te pagan por consumirlo.

    Lo que no veo es la viabilidad del sistema aquí en España: tenemos un Gobierno con las arcas vacías y no creo que esté por la labor de perder ingresos por IVA o por impuesto eléctrico; y además está el tema de las eléctricas, que se encontrarían que facturan menos.

    Demasiados intereses para que se concediera algo así.

    Ya me gustaría que fuera igual aquí que en Alemania.

    Cuando tenga tiempo, me leo la ley alemana completa.

  14. #114
    MAyTE está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: TEXTO DEFINITIVO DE REFORMA NORMATIVA

    Las eléctricas deberían de estar encantadas con el sistema ya que si resulta que la actual tarifa es deficitaria y pierden dinero por Kw vendido, cuantos menos vendan menos perderán ¿no?

  15. #115
    rodri está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: TEXTO DEFINITIVO DE REFORMA NORMATIVA

    que ha pasado con este post? axterix vuelve...

  16. #116
    bimmerz_vn está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: TEXTO DEFINITIVO DE REFORMA NORMATIVA

    Me explico, tengo en estudio para mi casa una instalacion FV de 10 Kw nominales y mi potencia instalada es de 6.6 Kw, por lo que segun la propuesta yo deberia renunciar a 2 Kw en la instalacion para no perder las ventajas que se proponen.
    Si estamos intentando hacer una propuesta que sirva en el tiempo, deberiamos tener en cuenta que las mejoras tecnologicas implican por un lado, mas potencia instalada en menor espacio, y a nivel de consumo, para las mismas prestaciones, menor consumo, por lo que al establecer un % sobre la potencia instalada penalizaremos la produccion FV.

  17. #117
    tayolo está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: TEXTO DEFINITIVO DE REFORMA NORMATIVA

    hola conpañeros del metal ya tengo las normativas y leyesde alemania en version español tanbien tengo el fraude que esta pasando con la nergia renovables que me con tais

  18. #118
    jorgeantonio24 está desconectado Miembro del foro
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    muy interesante

  19. #119
    Cobeisan está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: TEXTO DEFINITIVO DE REFORMA NORMATIVA

    Hola a toda la concurrencia de la web y más a lo del foro se paseen cuando se paseen. Sólo quiero decir dos cosas y no complicarme más la vida, ojalá todo nos vaya razonablemente bien.

    La 1ª es referente al estudio serio del impacto de las políticas renovables tras 10 años de plantación o implantación,como prefieran,sin hablar de política sólo quiero recordar que a largo plazo no hay futuro tal como lo proyecta el estudio y para ejemplo lo tranquilo que se lo toma todo el Estado hoy día en referencia a su maroco regulatorio Fv. Muchos de los que suscribamos o suscribimos opinando o pensando sin opinar como no nos apliquemos perecemos.Todo esto sin tener en cuenta nada más en mi opinión que todos sabemos el panorama que hay en España,Europa y fuera.

    2ª, Va a ser que quizá ya se ha quedado desfasado el texto de reforma. Nos queda trecho para lograr lo que los politicos llamarían quizá a ésto por resolver y todos satisfechos `una política de reforma estructural a nivel económico y social pese a su singularidad pero por su importancia´ ahora mismo. No sólo hablo de la Fv si no del resto tb.

    Queda mucho por regular porque aún, se puede hacer mejor pero mejor de verdad, lo veo así.

    Saludos a todos.

  20. #120
    MMARTINPAVON está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: TEXTO DEFINITIVO DE REFORMA NORMATIVA

    Estimado Asterix, no se si te ha llegado mi correo, el caso es que me he encontrado con una comunidad que administro y después de un año funcionando la comunidad, todavía no se está vendiendo la energía de las placas fotovoltaicas con las que está dotado el edificio. La promotora nos ha entregado hace unos dias toda la documentación pero desconozco los trámites a realizar para poder vender la energía a Iberdrola. En mi ciudad es el primer edificio que cuena con una instalación de placas fotovoltáicas y, no puedo acudir a mis compañeros administradores porque los edificios que administan no tienen todavía nada de esto. Me acerque a Iberdrola con toda la documentación y me dijeron que tenía que hacer un val de 2.500€. He llamado a la Consejería de Industria de mi comunidad y todavía estoy esperando que me envien información, ya que en Cáceres capital, los servicios territoriales no llevan nada de fotovoltaicas, Por todo ello y después de leer varios día en el foro, te pido una ayuda para que me indiques los pasos a efectuar para poder llegar a vender la producción de nergía, la promtora nos entrego el proyecto, memoria del instalador y todo el papeleo, pero ni se como se constituye el aval, si antes de ir a Iberdrola tengo que solicitar el famoso cupo y todas esas cuestiones que veo que manejais de mil maravillas en el foro. Un saludo, Manuel

  21. #121
    Tuno está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: TEXTO DEFINITIVO DE REFORMA NORMATIVA

    Muy buena la reforma normativa

  22. #122
    alfajor1959 está desconectado Forero Junior
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    Predeterminado Respuesta: TEXTO DEFINITIVO DE REFORMA NORMATIVA

    Hola Asterix, tengo una duda: EL TEXTO DEFINITIVO, es que figura como (Propuesta de refor......... .zip)
    Gracias
    Un Saludo

  23. #123
    patxi22 está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: TEXTO DEFINITIVO DE REFORMA NORMATIVA

    Espero no llegar demasiado tarde a este debate, pero me apunte ayer (13/08/2009) al foro.

    Totalmente de acuerdo con Carles. El límite del 120% penaliza la producción FV. Normalmente las instalaciones no aisladas en tejados son las MAS CERCANAS a los puntos de consumos (núcleos urbanos o polígonos/complejos industriales) por lo que merecen un gran apoyo.
    Los tejados de los ciudadanos de "a pie" que generen ingresos por producción FV, deberían se una forma de distribución de la monetarización de la riqueza energética solar entre todos los ciudadanos y no solo entre los empresarios de la FV. Es fundamental que los ciudadanos de "a pie" tengan derecho a capitalizar sus pequeñas aportaciones (seria el colmo que lo capitalicen otros ya sea la compañía eléctrica directamente o "sea detraído del famoso déficit tarifario" socializándolo entre otros con los empresarios de la FV).
    Además se produce una gran contradicción si un particular tiene que poner el tejado FV por imperativo legal (caso del Código Técnico de la Edificación o por ordenanza municipal, por ejemplo) puede vender su energía. Pero si hace esa misma instalación por conciencia ecológica tiene que REGALAR los excedentes a unos u otros.
    Para ser ecologista ¿se nos puede imponer ser altruistas? y regalar nuestros excedentes a la compañía eléctrica o a la sociedad en general incluidos los empresarios de las FV.
    Dado que las cuantías de excedentes de esos tejados no serán muy altas y aceptando plenamente el planteamiento de computo de crédito a 12 meses cada 12 meses se ha de saldar el crédito a favor de la compañía eléctrica si es el caso o a favor del propietario de la instalación en caso contrario con las tarifas que se marquen que tendrán en consideración la proximidad del punto de generación al de consumo.

    Cita Iniciado por Carles Pascual Ver mensaje
    Hola Asterix y compañia.

    Agradecido por el notable esfuerzo tuyo como del resto de foreros para el beneficio de todos.

    Queria hacer un comentario, si no te sabe mal, sobre la clasificacion de las instalaciones en grupos.

    En concreto, es sobre la sugerencia de Wassup para el limite del grupo 1 a 120 % de la potencia instalada.

    Me explico, tengo en estudio para mi casa una instalacion FV de 10 Kw nominales y mi potencia instalada es de 6.6 Kw, por lo que segun la propuesta yo deberia renunciar a 2 Kw en la instalacion para no perder las ventajas que se proponen.

    Si estamos intentando hacer una propuesta que sirva en el tiempo, deberiamos tener en cuenta que las mejoras tecnologicas implican por un lado, mas potencia instalada en menor espacio, y a nivel de consumo, para las mismas prestaciones, menor consumo, por lo que al establecer un % sobre la potencia instalada penalizaremos la produccion FV.

    Por lo que no deberia haber limitacion de potencia para el grupo 1.

    Yo cambio, por tener un buen proyecto de instalacion FV y como gestion de la enegia generada la misma factura que ahora se usa para cobrarnos el consumo, cobrar la energia generada a precio de mercado, el real.

    Gracias por la atencion, y perdonar por el tocho, que para ser la primera vez... me he quedado tranquilo.

    Carles.

  24. #124
    vierne está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: TEXTO DEFINITIVO DE REFORMA NORMATIVA

    hola,soy nuevo en el foro ya veo que la mayoria sois entendidos en la materia,seguiremos aprendiendo.gracias

  25. #125
    José León está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: TEXTO DEFINITIVO DE REFORMA NORMATIVA

    Por favor necesito ayuda. Me descargo el archivo y cuando voy a descomprimirlo con winrar que hasta la fecha no me ha dado problemas me dice que el archivo está dañado o en un formato desconocido. Si alguien pudiera ayudarme lo agradecería, estoy super interesado en leer detenidamente ese texto y poder opinar. Muchas gracias por adelantado.

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