Resultados 1 al 9 de 9
  1. #1
    CARPANTA está desconectado Miembro del foro
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    may 2007
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    Predeterminado HOMOLACIÓN CAPTADOR SOLAR

    Buenos días,

    Me gustaría saber si es obligatorio la homologación de paneles solares en España.
    Es decir, ¿me pueden vender un panel no homologado pero que sí tenga el marcado CE?

    Muchas gracias por vuestra ayuda.

    Saludos.

  2. #2
    godo está desconectado Forero
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    ago 2006
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    Predeterminado

    Por lo que yo se, mientras tenga el marcado CE puedes usarlo en una obra, otra cosa es que pidas subvenciones para lo cual si que suele pedir ser necesaria la homologación.

  3. #3
    Rami está desconectado Miembro del foro
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    ago 2005
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    Predeterminado

    Cuidado,

    entiendo que no hay directiva alguna bajo la que los captadores puedan llevar el marcado CE. ¿CE bajo que directiva?

    En España, los captadores solares hasta ahora o bien no necesitaban homologación (caso general antes del CTE) o bien necesitaban homologación por el ministerio de industria (caso general CTE, ordenanzas municipales, etc).

    El marcado CE entiendo que administrativemente no sirve para nada y además (excepto en captadores alemanes que se han marcado por temas de normativa interna alemana ) puede ser una manera de intentar vender como acorde a norma productos que no lo son, o por lo menos no lo son de forma suficientemente contrastada.

  4. #4
    jpa1976 está desconectado Miembro del foro
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    abr 2007
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    34

    Predeterminado

    entonces... ¿necesitan homologacion para su comercializacion en España? la ultima respuesta da a entender que si... y que el marcado CE no sirve de nada...

  5. #5
    paula75 está desconectado Forero
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    ago 2006
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    265

    Predeterminado

    El Codigo Tecnico en su docuemnto basico HE4 (de lectura más que recomendable) dice:
    "El captador seleccionado deberá poseer la certificación emitida por el organismo competente en la
    materia según lo regulado en el RD 891/1980 de 14 de Abril, sobre homologación de los captadores
    solares y en la Orden de 28 de Julio de 1980 por la que se aprueban las normas e instrucciones
    técnicas complementarias para la homologación de los captadores solares, o la certificación o
    condiciones que considere la reglamentación que lo sustituya"

    Lo cual no quiere decir que no te puedan vender captadores sin certificar, pero no podras utilizarlo en instalaciones afectadas por el CTE o para las que quieras pedir subvención.
    El marcado CE lo unico que te va a garantizar es que cumples con el reglamento de Aparatos a Presión.

  6. #6
    Rami está desconectado Miembro del foro
    Fecha de ingreso
    ago 2005
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    Península Ibérica
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    182

    Predeterminado

    El marcado CE indica que el fabricante o importador aseguran que el captador o equipo cumple la normativa CE relativa a alguna de las directivas comunitarias.

    ¿cual? ¡ a aclarar ! Desconozco que exista ninguna directiva aplicable a los captadores solares.

    La directiva de aparatos a presión no aplica normalmente a estos equipos.

    A veces he visto termosifones con marcado CE. El marcado se refería a que el apoyo eléctrico cumplia con las directivas comunitarias !!!

  7. #7
    jpa1976 está desconectado Miembro del foro
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    abr 2007
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    34

    Predeterminado

    bastante claro!!!

    gracias por todo.

  8. #8
    Chinalia está desconectado Miembro del foro
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    jun 2007
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    2

    Predeterminado

    hOLA y saludos a toda la gente del foro.
    Hoy me estreno en el mismo, y ya aviso que soy bastante novato en el sector, pero quisiera asegurar lo dicho en este asunto.

    Somos un empresa que queremos importar Colectores solares compactos de tubos de vacío de la China y la pregunta es en relación a los certificados y las homologaciones. Leido los posts entiendo que no hay problema para importarlos, aun si no disponen de certificación/homologación, pero ello repercute en la ejecución de obras (segun CTE) o en la petición de subvenciones. Correcto?
    Entonces, que usos puede tener?

    Alguien sabe decir cuanto se tarda y coste aproximado de los procesos de homologación/certificación?

    Que es mejor un certificado CE o homologación UNE? Se pueden comercializar sin estos?

    Mil gracias! Espero alguna respuesta,por favor!

    Saludos

  9. #9
    J.R.B está desconectado Miembro del foro
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    abr 2007
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    81

    Predeterminado

    Hola,

    Por lo que tengo entendido, los colectores necesitan el certificado de calidad, esto es el ensayo realizado por un laboratorio competente CENER, INTA en España, o SPF de suiza (recientemente Se admite ensayos de calidad realizados por otros laboratorios especializados y de renombre de toda Europa), a ser posible por la norma UNE-EN 12975y ese ensayo debe presentarse en la delegación de industria para obrtener la homologación para el Estado Español.

    si se comercializa colectores sin homologar, puedes tener serios problemas en las inspecciones, además de olvidarse de cualquier subvención.

    de todas formas, que algún forero que sepa más de esto nos ayude.

    Gracias y.. Un Saludo




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