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  1. #1
    simosol está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Análisis nueva propuesta RD

    Buenas.

    No hay mucho margen de tiempo para presentar alegaciones, el texto tiene bastantes puntos que analizar.

    En un primer vistazo:

    Según disposición transitoria segunda: todas las instalaciones del grupo b.1 (Solar FV) migrarían al nuevo RD.

    La opción de cesión mediante tarifa regulada (la habitual hasta ahora) se actualizaría anualmente sobre IPC-25.

    Según art. 44: nuevo PFER y nuevo RD en 2010 sin afectar a instalaciones con puesta en servicio un año antes de la entrada en vigor de la revisión. Sin embargo, y sin haber entrado en profundidad, el art.22 vuelve a crear al respecto.

    Creo no haber leído nada sobre registro de control de potencia como se especificaba en la propuesta anterior. Este borrador propone un registro en la web de la CNE accesible a todos para el seguimiento del grado del cumplimiento del PFEr actual y, por tanto, del mantenimiento de las condiciones actuales.

    En fin, creo que hay mucho que analizar y poco tiempo.

    Saludos.
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  2. #2
    Avatar de Jumanji
    Jumanji está desconectado Forero
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    Predeterminado

    Me parece bien la apertura de este hilo Simosol. Demasiado pronto para sacar conclusión alguna, y efectivamente poco tiempo para entender todo y realizar las alegaciones oportunas...

    Vamos a ver, pero tras el minuto y medio que le he dedicado, empiezo a respirar con cierto alivio... :roll:

    Me lo voy a empollar... 8)
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  3. #3
    Viasol está desconectado Forero
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    Predeterminado

    Muchas gracias a Jumanji por colgar la propuesta tan pronto en su blog. Eres un fenómeno.
    Aunque esto es una visión superacelerada, creo que el trato a las instalaciones hasta 100kw ha mejorado desde la propuesta anterior: 0.44 € los primeros 25 años, y 0.35 € los siguientes, con actualización anual del IPC-0.25 hasta el 31-12-2010, y del IPC -.50 a partir de entonces. Esto por lo menos nos salva de la ruina si suben los tipos de interés (salvo que se produzca un desacoplamiento entre el IPC y los tipos de interés, que nunca se sabe lo que puede ocurrir en el futuro) Yo habría preferido que se ligara la revisión a los tipos de interés en vez del al IPC...pero menos da una piedra.
    Sigue figurando la disposición derogatoria del RD 436/2004, que nos convendría que desapareciera.
    Sigue existiendo el gran problema de que este Gobierno ha roto la confianza en la estabilidad del marco regulatorio, y a partir de ahora se ha abierto la veda para cambiar la retribución cada vez que a un Gobierno se le antoje, pues que este RD tenga voluntad de permanencia ya hemos visto que vale poco y significa menos: también la tenía el RD 436/2004, y mira qué poco le ha preocupado al Gobierno... en fin, la prima de riesgo de este negocio será un poco menor de lo que parecía iba a ser a finales de 2006, pero mucho mayor que durante el 2004 y 2005 cuando aún se tenía confianza en la estabilidad del marco.
    Esta claro que el riesgo regulatorio es un gran riesgo, y que quien quiera luchar por sus derechos (los que figuran en el RD 436/2004 y que fueron vilmente atropellados en el DL 7/2006) se va a tener que gastar un buen dinero en abogados.

  4. #4
    Viasol está desconectado Forero
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    Predeterminado

    perdón, el IPC-0.25 es hasta el 31-12-2012

  5. #5
    C3PO está desconectado Miembro del foro
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    Saludos de nuevo a todos.

    Según se ha debatido en ASIF, la actualización máxima sería de ese IPC menos ese porcentaje, sí, pero la subida máxima sería el 2%. Quiere decir que si el IPC subiera el 4% nuestra retribución no subiría el 4% menos ese % sino un máximo de 2. De ahí para arriba, a perder poder adquisitivo.
    Pero si fuera negativo...? ni el representante del IDAE supo contestar.

    Con lo cual estamos atados con un tope por arriba pero sin una actualización asegurada por abajo. Esto me parece que no pasa en otras actividades, no?

  6. #6
    C3PO está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado

    Perdón; se me olvidaba:
    REspecto al tope de los 375 Mw.
    No he podido leer aún el texto. Al parecer el representante del IDAE declaró que ya se está pensando en ampliar a los 1000Mw en cuanto se llegue al tope actual.
    Eso si las condiciones tan puñeteras y el serio antecedente de violabilidad de las condiciones acordadas no hacen que se quiten las ganas de seguir (posiblemente los grandes siempre tendrán alguna salida mejor).

  7. #7
    Avatar de Sampedro
    Sampedro está desconectado Forero
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    Predeterminado

    Esto es mejor de lo que prometia el anterior borrador, pero nos quedamos sin subida del 2007, tampoco aclara fecha de la revisión supongo sera IPC publicado en enero. de todas maneras mis cuentas estan con subidas de tarifa 1,7% anual + 0,25% seria un IPC de 1,95% hasta el 2012, y de 2,20% a partir de esa fecha creo que les sera dificil bajar esa infración, y si asi fuese tambien nos aprovechariamos de esa circunstancia porque al final tabien somos consumidores.

    Supongo que tiene muchos puntos que se podrian mejorar, pero en lo esencial puede ser util si lo respetan.

    Gracias Jumanji por lo rapido, porque esto si me tenia preocupado de verdad, ahora quedo un poco mas tranquilo.

    Saludos.

  8. #8
    Avatar de Sampedro
    Sampedro está desconectado Forero
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    Predeterminado

    Cita Iniciado por C3PO
    Saludos de nuevo a todos.

    Según se ha debatido en ASIF, la actualización máxima sería de ese IPC menos ese porcentaje, sí, pero la subida máxima sería el 2%. Quiere decir que si el IPC subiera el 4% nuestra retribución no subiría el 4% menos ese % sino un máximo de 2. De ahí para arriba, a perder poder adquisitivo.
    Pero si fuera negativo...? ni el representante del IDAE supo contestar.

    Con lo cual estamos atados con un tope por arriba pero sin una actualización asegurada por abajo. Esto me parece que no pasa en otras actividades, no?
    Hola C3PO:

    Donde dice que esta limitada la subida. yo no lo encuentro.

    Gracias

    Saludos.

  9. #9
    C3PO está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado

    pues por ahora yo tampoco. Pero se ha dado por hecho en la reciente reunión de ASIF en Valencia. Y en la contrapregunta que se hizo sobre el límite inferior ya no sabía qué responder el repr. del IDAE.
    Seguíré buscando yo también en el texto, pero aunque no lo ponga de forma explícita hay que buscar si lo pone de forma disfrazada (como disfrazada era la retroactividad cuando decía aquello del "período de transición para las instalaciones ya funcionando". No se decía en ningún sitio: "esta ley es retroactiva, aunque eso sea tomaros el pelo".

    Pero lo que quería era dar la pista, precisamente para que los que más entiendan de legislación puedan detectarlo lo antes posible.

    Saludos.

  10. #10
    Ramontxu está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado miedo

    Sin haber leido el borrador en detalle, lo que mas miedo me da es la derogación del RD 436/2004. Si nos la cuelan una vez, lo pueden hacer cuando les plazca. Si aceptamos esto estamos perdidos. Deberíamos de poner UNA DEMANDA CONTRA EL ESTADO. Despues de que la CNE reprochase la retroactividad y constitucionalidad de la propuesta de industria no creo que tengamos ningún problema en nagar. Lo que hace falta son ganas y de no conformarnos son migas!

  11. #11
    conyco está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado

    Si he leido bien: Deroga al RD436 y obliga a todos los productores FV en funcionamiento a que se adscriban a este nuevo RD.... y encima tiene la CARADURA de decir que futuras modificaciones no afectarán a instalaciones en funcionamiento....

    Perdón, pero eso ya lo decía el RD436 y no parece que les haya importado mucho.

    En definitiva: casi en el mismo párrafo dice que se salta a la torera una disposición que no permitia aplicar cambios en la retribución de instalaciones en funcionamiento, y luego dice que no lo volverá a hacer....

    Esto es de locos !!
    conyco

  12. #12
    TRUJI está desconectado Forero
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    Predeterminado

    Hola:
    Ante todo quiero dar las gracias a Jumanji por facilitarnoslo, pues no tenía ni idea de que estaba disponible el borrador del R.D.
    Por si alguien de ASIF lee mi comentario, quisiera dejar mi queja pues no me ha llegado ningún mensaje diciendo nada al respecto.
    Bueno, lo he leido y además de lo ya comentado hay una cosa que me preocupa, pues creo que no está suficientemente clara. En el artículo 24 explica los mecanismos de retribución, y yo entiendo que los pequeños productores nos acogeremos a la opción 1-a). Luego el artículo 30 dice que los que hayamos escogido esa opción cobraremos de la CNE la diferencia entre lo cobrado y lo que nos pague el operador del mercadoy el operador del sistema. Entonces ¿a quién y cómo cobraremos?. ¿Nos pagará la Empresa Distribuidora una parte y luego la CNE otra parte? ¿Cuándo nos pagarán?
    A mi me parece un tema muy importante, pues todos los que tenemos instalaciones estamos pagando un crédito, que amortizamos con la producción. Si tenemos que estar reclamando el dinero a unos y otros, va a ser un lío burocrático tremento, y seguro que el pago se va a retrasar bastante.
    Por cierto, ¿donde se pueden presentar alegaciones a este borrador?
    Saludos

  13. #13
    solaris03 está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Comentarios a nuevo RD

    Hola foreros



    Me gustaría comentar algunos aspectos del nuevo borrador (yo lo contemplo para instalaciones que se van a acometer próximamente)

    1) Tarifa. Lo previsto, aunque nos han "robado" la actualización de 2007. No han hecho caso a las indicaciones de la CNE

    2) Actualización. Finalmente se quedó en un IPC menos 0,25 hasta 2012 y 0,50 en adelante. Algo mejor que el borrador. Para una instalación fija puede suponer una mejora de algo más de un punto en el TIR

    3) Retroactividad. Excluye explicitamente en la revisión de las primas, las instalaciones que ya están en funcionamiento, si bien, pueden derogar de nuevo este decreto al igual que lo van a hacer con el 436

    4) Facturación y cobro. Es bastante farragoso. Espero que se abran hilos al respecto cuando vayamos teniendo experiencia

    5) Coste de los desvios. Estoy un poco confuso al respecto. Por un lado habla de que al vender "a tarifa", el productor realizará la venta de energía a través del sistema de ofertas. Para ello realizarán ofertas a precio cero en el mercado diario. Dice también que estas instalaciones, aparentemente están exentas del pago del coste de los desvíos al carecer de la obligación de disponer de medida horaria (34.2). Sin embargo en el Anexo XII, habla de un perfil horario para calcular la producción en instalaciones fotovoltaicas que no dispongan de medida horaria. A ver si alguien me da "luz" al respecto

    6) Inclusión en el régimen especial. Agotamiento de los 371 MW. Habla de un período mínimo de un año desde que se publique el objetivo de 85% (315 MW) para obtener el régimen especial (no aclara sin provisional o definitivo). En el informe de la CNE recomendaba en la fotovoltaica extender este período a 2 años por los largos plazos de maduración

    7) Aval. En el caso de instalaciones que viertan a la red de distribución y que no estén en tejados habrá que depositar un aval del 3% para solicitar el acceso a la red. No sé en qué fase es esto ¿cuando solicitamos por primera vez punto de conexión a la compañía?en este caso, ¿que pasa si no nos dan conexión o nos mandan a la conchinchina a conectar? ¿cuando conceden la Autorización administrativa?. Asunto peliagudo éste

    Espero que todos estos puntos vayan suscitando debate

    Saludos

  14. #14
    simosol está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado

    Un apunte, que por cierto ya hice meses atrás... todo nuevo RD deroga el anterior (es evidente, obvio y necesario) lo cual no significa que dejen de tener validez ciertos aspectos mientras no se especifiquen con concreción en la nueva norma.

    Un ejemplo: la disposición transitoria primera deja abierta la posibilidad de que las instalaciones de tipo a,b (excepto b1) y c se sigan acogiendo al RD 436/2004.

    Luego la derogación del RD 436/2004 no creo que deba ser el tema de debate. Lo que sí debe centrar nuestros esfuerzos es clarificar si realmente la metodología propuesta aporta seguridad y no retroactividad en futuras revisiones.

    Saludos.
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  15. #15
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    Jumanji está desconectado Forero
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    Predeterminado

    Efectivamente, es como dice Simosol. Cialquier revisión del RD 436 iba a derogar el 436. Esto por descontado. También opino que se debería alejar la discusión de este punto.

    Por otro lado, se habla de inseguridad actual, etc... La próxima revisión se realizará en 2010. Creo que, tras la publicación definitiva del RD, su mejor garante será el Gobierno actual.

    Pero si se produce algún día (antes o después llegará) un cambio de Gobierno... casi con toda probabilidad las cosas volverán a cambiar (ya lo hemos dicho muchas veces en este foro, habrá nuevas normativas con los nuevos partidos en el Gobierno). ¿A peor? ¿A mejor? Pues ya veremos, yo sigo siendo de la opinión que ningún partido político en el poder se va a cargar el potencial energético y de las renovables en este país. Por eso, HACE FALTA UNA LEY.

    Tan sólo espero que se aprenda la lección, y la próxima vez las cosas no se hagan tan rematadamente mal (vamos, Montilla lejitos... ejejeje).

    Las alegaciones, como siempre:
    A/A Sr. D. Joan Clos, Ministro de Industria
    C/C Sr. D. Ignasi Nieto, Secretario General de Energía; Sr. D. José Luis Rodríguez Zapatero, Presidente del Gobierno; ASIF; APPA; AEE; Greenpeace; CCOO; Ministerio de Medioambiente...

    Disponemos de muy poquito tiempo para empezar a enterarnos de qué va la música y presentar las alegaciones. Por mi parte, quedo a la entera disposición de todo aquél que lo quiera comentar, y espero que los muchos foreros entendidos en estos menesteres nos ayuden a ver los puntos flacos y/o discutibles.

    Tic tac tic tac... el tiempo pasa... :roll:
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  16. #16
    Avatar de Mark
    Mark está desconectado Forero
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    Predeterminado

    Saludos a todos,

    Primeramente, gracias a Jumanji por tan rápida reacción poniendo el borrador – GRACIAS!.

    Después de unas semanas de ausencia vuelvo al foro y me encuentro con el “regalito de pascua” del Sr. Nieto.

    Olvidándonos de la retroactividad y derogación del 436, cuestiones que daba por descontadas hace meses y sobre las que no ha lugar la discusión, al hilo de algunas cuestiones ya comentadas, me surgen, como a otros, ciertas dudas realmente “feas”

    1) Quien “puñetas” nos paga el kW, cómo y cuando? – el borrador dice “la CNE o su representante” – desde cuando un órgano regulador y consultivo tiene las atribuciones (presupuestarias, organizativas y legales) necesarias para hacer estos pagos? – Personalmente, me huele a “vendetta” de Nieto por haberle criticado sus iniciativas, metiendo a la CNE (y a nosotros de propina) en un lío administrativo y contable de difícil solución. En el mejor de los casos, los cobros se retrasarán más de 90 días, por lo que habrá que ir pidiendo líneas de crédito para pagar las financiaciones. Esto huele muy mal!.

    2) Imponer un aval del 3%, como se ya se ha dicho antes, en que momento?, - bajo que condiciones? - se le entrega el aval a la administración central, cuando la gestión del registro es autonómica? – Si falla la instalación cobra el estado y no la comunidad? – Como gobierno, no se puede andar por ahí pidiendo “pasta” sin decir ni como ni cuando ni para qué ni por qué – supongo que será la herencia cultural de Montilla.

    Seriamente, considero que estos 2 elementos deberían ser aclarados hasta la última coma o tendremos unas bombas de relojería que pueden “matar” a más de uno, especialmente el tema de los cobros.

    Saludos cordiales,

  17. #17
    Viasol está desconectado Forero
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    Predeterminado

    Jumanji: ¿por qué dices que presentemos alegaciones? El borrador que has publicado ¿es oficial o ha sido publicado por el Ministerio oficialmente de alguna forma? Si no es así, creo que es como si no existiera a efectos de presentar alegaciones formales. El anterior sí que pudo estar listo para alegaciones porque fue oficialmente enviado a la CNE para informe. ¿Este va a ser enviado a algún sitio del que nos podamos dar por enterados aunque no haya sido publicado? Tengo que mirar la tramitación de los RD, a ver si pasan por información pública en el Parlamento y en qué fase.
    De todas formas, sí se pueden enviar cartas para que vayan sabiendo lo que opinamos, pero el momento más crucial de expresar nuestra opinión es durante la fase de consulta, sea de nuevo a la CNE (que no sé si lo harán) o en el Parlamento. De hecho, en el informe de la CNE se recogen las alegaciones presentadas en un modelo común de empresas y particulares (aunque no figuran todas las presentadas porque yo las presenté y no aparece mi nombre en la lista, a lo mejor porque llegaron tarde a la CNE desde el registro en el que las presenté

  18. #18
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    Jumanji está desconectado Forero
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    Predeterminado

    Llevas razón. Lo cierto es que yo sepa no se ha llevado a consulta pública, aunque eso no quita que hagamos nuestros comentarios.

    El pasado día 27-03-07, fecha en la que me llegó el último Borrador, Ignasi Nieto dijo en rueda de prensa que se iba a publicar el RD en 2 meses (¡qué casualidad! justito antes de las elecciones).
    Creo Viasol que el Borrador que tenemos en las manos se parece muchísimo al RD definitivo que se va a publicar pronto... :roll:

    Como siempre, a ver qué pasa... :?:
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  19. #19
    Avatar de Jumanji
    Jumanji está desconectado Forero
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    feb 2006
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    Predeterminado

    Haciendo un poco historia de lo acontecido en la última semana:

    - 22/03/07: Se publica en los medios de comunicación que los distintos agentes intervinientes en las negociaciones han llegado a un acuerdo.
    - 27/03/07: Ignasi Nieto dice públicamente que al RD le quedan 2 meses. Horas después se filtra el último borrador con grandes cambios con respecto al anterior.

    ¿Ha dado tiempo a redactarlo todo en 5 días? La verdad es que da la impresión que estaba ya listo pendiente de acabar de ultimar ciertos puntos... :roll: :?:
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  20. #20
    mako está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado

    A la hora de hacer el estudio de rentabilidad a 30 años qué aumento de prima anual sería lo adecuado? Ahora pongo 1,4% de aumento anual.

  21. #21
    msol está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado

    Y qué consecuencias, respecto al anterior borrador, consideráis que tienen para la cogeneración (hasta 500 kW) y para la biomasa???

    No hay quién entienda las diferencias!

  22. #22
    Eduard está desconectado Forero
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    Predeterminado Centrando la discusión

    Creo que en la Discusión del Nuevo Borrador de RD habría que considerar tres aspectos y tratar de no mezclarlos para hacer más útil el foro
    1.- Situación actual del Borrador: Tengo entendido que entró el martes día 27 de Marzo en el Consejo de Estado. La estimación es que tarden un mínimo de un mes en informar. Hay que recordar que, a diferencia de la CNE que es un órgano con un componente técnico y de gestión importante, el Consejo de Estado no es experto en energía por lo que es muy improbable que se proponga cambio alguno. Después de su informe, Consejo de Ministros, firma y publicación en el BOE. Mi previsión es que no sea antes de Junio. De todas maneras, a la vista del Borrador, este aspecto, en mi opinión, ha dejado de ser relevante desde el punto de vista del inversor, tanto presente como futuro.
    2.- Malestar, indignación, frustración ... por la forma en que se ha llevado a cabo la elaboración del nuevo RD.: Puede ser interesante abrir un nuevo tema o hilo para recibir las opiniones allí, que creo que pueden ser muy útiles en el sentido político de la participación en una discusión entre ciudadanos, pero que no permiten, mezcladas con los aspectos financieros y económicos, avanzar rápidamente en el análisis de estos temas (financieros y económicos) con la soltura que creo que se requiere en este momento.
    3.- Análisis del nuevo Borrador en lo que respecta a energía FV: Creo que tiene una serie de puntos positivos y, a mi modo de ver, uno solo negativo, que es sobre el que deberíais incidir los que tenéis instalaciones en funcionamiento y facturando
    Negativo: no se hable de la actualización de precio, específica para este año 2007. Si se publica la tarifa de 44.0381 cE/kwh y se habla de actualización anual según el IPC menos 25 puntos básicos, entiendo que la primera actualización se producirá en el 2008. Creo que deberíais concentrar todos vuestros esfuerzos en este único punto. Y también creo que los que no estamos facturando no podemos recurrir al no ser parte interesada de momento (cuando estemos conectados, sí podríamos pero ya será tarde).
    Positivos:
    Queda fijada la tarifa para toda la vida de la instalación
    Desaparece la ambigüedad respecto de las nuevas instalaciones y posibles efectos retroactivos que se eliminan
    Desaparece la ambigüedad respecto de lo que sucede cuando se alcanza el objetivo de potencia, ya que a partir de la consecución del 85% de dicho objetivo, habrá todavía un mínimo de 12 meses para que las instalaciones en fase de construcción se puedan conectar a la red con las condiciones de este RD.
    Se considera la suma de potencias de los inversores que vierten la energía a un transformador común, con lo que, por lo visto, se puede simplificar las instalaciones
    y algunos otros aspectos, a mi juicio, menos relevantes.

  23. #23
    conyco está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Re: Centrando la discusión

    Cita Iniciado por Eduard
    Positivos:
    Queda fijada la tarifa para toda la vida de la instalación
    Desaparece la ambigüedad respecto de las nuevas instalaciones y posibles efectos retroactivos que se eliminan
    Una puntualización, Eduard:
    El RD436 también "hacía desaparecer" cualquier ambigüedad respecto a las nuevas instalaciones y eliminaba posibles efectos retroactivos.
    Por tanto, desde mi punto de vista no queda, ni mucho menos, fijada la tarifa para toda la vida de la instalación. Por mucho que digan que no tocarán retroactivamente a los ya instalados, quién les puede creer si ahora lo están haciendo?
    conyco

  24. #24
    Eduard está desconectado Forero
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    Predeterminado Centrando la discusión en la FV

    Olvidé indicar que mis consideraciones se ceñían a la FV.
    En la Disposición Transitoria primera, punto 5, se indica que las instalaciones del grupo b.1. del 436 se entenderán automáticamente incluidas en el presente RD. Ésto es posible, y no se incluye un período transitorio como sucede en las demás energías, ya que no cambia respecto al 436. Podreis objetar que sí que cambia porque la retribución no está referenciada a la TMR, pero ésto ya era un problema originado desde la promulgación del RDL 7/2006, que eliminaba la TMR, y cuya resolución era de difícil argumentación al no haberse previsto en el 436 lo que substituiría a la TMR si un día ésta desaparecía (a diferencia, por ejemplo, de lo que los bancos preveen en las hipotecas para el supuesto de desaparición del Euribor). Por lo tanto, en mi opinión, hay que recurrir para este aspecto de tarifa el 7/2007 y no el nuevo RD.
    Querría que quedara claro, que no estoy defendiendo la gestación de este RD, sino que, en la necesidad de evaluarlo por motivos obvios de interés económico de cada uno de nosotros, sugiero que nos ciñamos a los aspectos concretos y dejemos para otro lugar los aspectos más políticos.
    Y, vuelvo a insistir, la no actualización de la tarifa en el año 2007, me parece el punto de concentración de los esfuerzos.
    Saludos

  25. #25
    sunxf está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado

    Hola a todos!

    Antes de nada, es de recibo dar las gracias a Jumanji por su aportación en el foro y en su blog.

    Quisiera aclarar un poco el proceso de aprobación del nuevo RD a partir de la situación actual:

    1.- El Ministerio remite la propuesta de RD al Consejo de Estado -situación actual-, que es el órgano supremo consultivo del Gobierno
    2.- Se da un nuevo periodo de alegaciones para presentarlas ante el Consejo de Estado.
    3.- Se pronuncia el Consejo de Estado en unos 7-10 días mínimo
    4.- Se trata la propuesta de RD en Consejo de Ministros y, si procede, se aprueba
    5.- Se publica RD en el BOE
    6.- Entra en vigor el primer dia del mes siguiente a su publicación en el BOE.

    Así las cosas, si se dieran muchísima prisa, podrían aprobar el nuevo RD en el consejo de Ministros del 27 de abril y entrar en vigor en Mayo.
    Siendo realistas, y con elecciones pendientes, mi opinión es que acabará entrando en vigor en Junio.

    Espero haberos ayudado.

    Que tengas una buena y feliz Semana Santa.

    Saludos y mucho sol a todos,

    Sunxf

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