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  1. #1
    Ramoncho1 está desconectado Forero
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    Predeterminado Hoja de cálculo RETRIBUCION BORRADOR ORDEN MINISTERIAL

    Hola,

    Os adjunto la hoja excell y os hago algunas aclaraciones.

    Son plantas puestas en marcha los años 2007 y 2008, todas del RD 661 por tanto.

    Tened en cuanta al encuadrar vuestra instalacion que primero hay que tener en cuenta LA POTENCIA NOMINAL DEL PROYECTO TIPO (columna d), ES DECIR, DE LA PLANTA EN SU CONJUNTO. TENEIS QUE SABER POR TANTO LA POTENCIA DEL CONJUNTO.

    Una vez encuadrada, podeis poner vuestra potencia nominal de la instalacion (en la columna que esta en verde, columna "e", que es la unica en la que teneis que meter el dato de la potencia de vuestra instalacion. Por defecto aparecen 100 kw nominales pero podeis poner la vuestra. El resto de casillas no hay que tocar nada. Los que teneis instalaciones individuales de mas de 100 Kw nominales (que seran muy pocos supongo) tienen otra retribucion que os adelanto que en general es aun mayor, pero que no la he calculado.

    Luego calcula las 3 retribuciones, despues el total antes del impuesto del 7% y al final el total despues del impuesto

    Tened en cuenta que los ingresos a mercado son estimados. ( a 0,05 euros/Kwh)

    Sigo sin tener ninguna duda que se cobra retribucion a la operacion, y me alegro que me confirmeis que Jorge Morales tambien lo ha tenido en cuenta en su excell.

    Nota administrador: Para plantas mayores a 10MW usar la hoja de cálculo publicada por Ramoncho1 aquí: http://www.solarweb.net/forosolar/as...tml#post260336

    Por otro lado, copiamos en este primer post la hoja de cálculo para calcular el Valor Neto Actual de las plantas acogidas al RD 661


    Cita Iniciado por Ramoncho1 Ver mensaje
    VALOR NETO ACTUAL (VNA)

    Muchas veces nos hemos preguntado en cuanto se podría valorar nuestra planta en la actualidad. Era complicado, dependía de muchos factores, pero una de las cosas que se consiguen con esta reforma, al determinar una retribucion por la inversión, una vida regulatoria determinada y sobre todo definir la rentabilidad que ellos llaman razonable del 7,389%, tenemos una formula, que el propio Ministerio nos aportará en el RD que aprobara en breve, que de forma directa nos da cual sería el valor de nuestra planta a día de hoy (año 2014) despues de aplicar esta reforma. En definitiva, cuanto vale nuestra planta, si hubiera mercado claro, que eso es otro tema.

    De todas formas como bien apuntaba Quinto, esta reforma da un valor de referencia del valor de nuestras plantas, que en caso de concurso de acreedores, creo que se debería tener en consideración para una posible liquidación.

    Os adjunto una tabla con el VNA, o valor de la planta, identificado por la IT correspondiente, para plantas de 2007 y 2008, que son la mayoría. Buscais en la tabla vuestra IT, que ya imagino la sabreis de memoria, y una vez localizada introduceis en la columna de la potencia nominal, la potencia de vuestra instalación y os dara lo que a dia de hoy, si hubiera mercado repito, debería valer vuestra planta, o mejor dicho LO QUE EL PROPIO MINISTERIO HA DETERMINADO QUE VALE DE FORMA TAN ARBITRARIA, y asi os haceis una idea de vuestra masacre, depreciación de vuestro activo o de algo muy importante SI ESE VALOR SUPERA O NO LA DEUDA QUE HAYA CON EL BANCO.

    No quiere esto ni mucho menos decir que alguien la vaya a comprar por ese valor (y menos un fondo buitre) pero ese sería su valor real, que además ha sido determinado por el propio Ministerio de Industria mediante RD y aprobado por tanto por el Consejo de Ministros.




    Un saludo
    Jr
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    Última edición por solarweb; 08/02/2014 a las 22:12 Razón: Editar título

  2. #2
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    solarweb está desconectado Administrador
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    Predeterminado Re: Hoja de cálculo RETRIBUCION BORRADOR ORDEN MINISTERIAL

    Con el objeto de facilitar su localización por el resto de foreros, hemos copiado en este hilo el post con la hoja de cálculo que Ramoncho1 ha publicado originalmente en el hilo http://www.solarweb.net/forosolar/as...tml#post259731

    Saludos,

  3. #3
    RayDay está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Hoja de cálculo RETRIBUCION BORRADOR ORDEN MINISTERIAL

    Cita Iniciado por Ramoncho1 Ver mensaje
    Hola,

    Os adjunto la hoja excell y os hago algunas aclaraciones.

    Son plantas puestas en marcha los años 2007 y 2008, todas del RD 661 por tanto.

    Tened en cuanta al encuadrar vuestra instalacion que primero hay que tener en cuenta LA POTENCIA NOMINAL DEL PROYECTO TIPO (columna d), ES DECIR, DE LA PLANTA EN SU CONJUNTO. TENEIS QUE SABER POR TANTO LA POTENCIA DEL CONJUNTO.

    Una vez encuadrada, podeis poner vuestra potencia nominal de la instalacion (en la columna que esta en verde, columna "e", que es la unica en la que teneis que meter el dato de la potencia de vuestra instalacion. Por defecto aparecen 100 kw nominales pero podeis poner la vuestra. El resto de casillas no hay que tocar nada. Los que teneis instalaciones individuales de mas de 100 Kw nominales (que seran muy pocos supongo) tienen otra retribucion que os adelanto que en general es aun mayor, pero que no la he calculado.

    Luego calcula las 3 retribuciones, despues el total antes del impuesto del 7% y al final el total despues del impuesto

    Tened en cuenta que los ingresos a mercado son estimados. ( a 0,05 euros/Kwh)

    Sigo sin tener ninguna duda que se cobra retribucion a la operacion, y me alegro que me confirmeis que Jorge Morales tambien lo ha tenido en cuenta en su excell.

    Un saludo
    Jr
    En toda la documentación oficial solo se habla de dos retribuciones: una "por inversión" (ligada al valor de la inversión) y otra “a la Operación” (ligada a la producción de energía). Entonces, ¿por qué mencionáis que vamos a cobrar también por la Venta de la Electricidad? (aunque sea a 0,05 euros/kWh)

  4. #4
    Ramoncho1 está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Hoja de cálculo RETRIBUCION BORRADOR ORDEN MINISTERIAL

    El borrador del RD (que aun no esta aprobado) determina que la retribucion, para el primer subperiodo regulatorio (2014-2016) es:

    Ingresos totales = R especifica + Mercado + IInv

    La retribucion especifica es a su vez R especifica = Retribucion a la Inversion + Retribucion a la Operacion

    Por tanto

    Ingresos totales = Retribucion a la Inversion + Retribucion a la Operacion + Ingresos de venta a mercado + IInv

    El ultimo factor, IInv es el de reduccion del coste de generacion (solo aplicable en sistemas electricos aislados no peninsulares)

    Además, en la memoria explicativa de los estandares, tambien se especifica que la retribucion especifica (formada por la retribucion a la inversion y la retribucion a la operacion) es un pago ADICIONAL a la venta de la produccion al mercado.

    Saludos
    Jr

  5. #5
    RayDay está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Hoja de cálculo RETRIBUCION BORRADOR ORDEN MINISTERIAL

    Muchas gracias Ramoncho1. Estás en todo.
    Saludos

  6. #6
    angelical está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Hoja de cálculo RETRIBUCION BORRADOR ORDEN MINISTERIAL

    Saludos a todos.
    Perdonar la ignorancia de mi pregunta ,estás cantidades ¿cuando se harían efectivas?
    Muchas gracias

  7. #7
    itxabalea está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Hoja de cálculo RETRIBUCION BORRADOR ORDEN MINISTERIAL

    estoy concencido q la retribucion a la inversion no la pueden tocar nunca..q alguien q este mas informado, de su punto de vista.

  8. #8
    tusasolar está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Hoja de cálculo RETRIBUCION BORRADOR ORDEN MINISTERIAL

    Cita Iniciado por Ramoncho1 Ver mensaje
    El borrador del RD (que aun no esta aprobado) determina que la retribucion, para el primer subperiodo regulatorio (2014-2016) es:

    Ingresos totales = R especifica + Mercado + IInv

    La retribucion especifica es a su vez R especifica = Retribucion a la Inversion + Retribucion a la Operacion

    Por tanto

    Ingresos totales = Retribucion a la Inversion + Retribucion a la Operacion + Ingresos de venta a mercado + IInv

    El ultimo factor, IInv es el de reduccion del coste de generacion (solo aplicable en sistemas electricos aislados no peninsulares)

    Además, en la memoria explicativa de los estandares, tambien se especifica que la retribucion especifica (formada por la retribucion a la inversion y la retribucion a la operacion) es un pago ADICIONAL a la venta de la produccion al mercado.

    Saludos
    Jr
    Hola a todos,

    alguno sabe dónde aparece o cómo se calcula el IInv. Dice que sólo es aplicable a sistemas eléctricos aislados no peninsulares. ¿Quiere decir que para Canarias hay otro factor a tener en cuenta?

    Gracias a todos

  9. #9
    okapi está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Hoja de cálculo RETRIBUCION BORRADOR ORDEN MINISTERIAL

    Gracias a todos los que contribuís con vuestros conocimientos y dedicación a ayudar a los demás.

  10. #10
    sauron está desconectado Forero Junior
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    Predeterminado Re: Hoja de cálculo RETRIBUCION BORRADOR ORDEN MINISTERIAL

    Este mensaje ya lo había escrito en el foro principal, pero como nadie me contesta, cosa q comprendo, ya que se estan debatiendo los intereses generales mas que los particulares, lo pongo aqui para ver si obtengo respuesta, es para mi prioritario, ya que si se rebajan mis ingresos tendria que tomar unas decisiones un tanto drasticas y tendría que hacerlo ya, asi que ruego por favor que alguien me conteste.

    "Hola a todos!
    he seguido desde siempre el foro, pero si no me he inmiscuido mas en él, quiza ha sido porque los recortes hasta de ahora no me afectaban, y me explico:
    Tengo una planta de 100 kw, parece que encuadrada en lo que llaman ahora IT-00478, puesta en marcha en 2008, desde el principio todo han sido problemas extremadamente graves por lo que mi producción a pesar de ser de dos ejes raramente superaba los 165000 kwh anuales, como comprendereis no me afectaban los recortes porque es que mi producción ni siquiera llegaba a esos recortes, he estado sobreviviendo a costa de invertir todos mis beneficios de mi otra empresa para poder salvar esta, y aun asi no llego, maxime si esta norma termina afectandome a mí tambien, no como las otras, que por ir tan mal mi planta no lo hacían, me hubiera gustado desde un principio estar en ANPIER, y luchar con vosotros en esta, nuestra lucha, pero es que no podía permitirme el lujo de gastar ni un solo euro en nada mas aparte de pagar la planta. Aun asi por lo menos he escrito en algun foro intentando ayudar en nuestra lucha, eso es todo lo mas que podía hacer.
    Creo que como yo deben existir muchos mas casos y que es por ello que quiza no haya mas asociados en ANPIER, los que escribis en este foro teneis plantas que llegan muchas veces a los 220000 kwh de producción, sois claramente los que habeis estado perjudicados por las sucesivas normas que iban recortando vuestra producción, a mí desgraciadamente no me afectaban,desgraciadamente....., a pesar de todo sigo aquí adelante, he podido aguantar en estas condiciones durante ya casi 6 años. Si lo vuestro es un calvario, imaginaros lo mio.
    Ahora quiero lanzar una pregunta, siendo que yo pertenezco al IT-00478 con dos ejes.
    ¿Cuales son mis nuevos ingresos estimados con la nueva ley?
    ¿Que diferencia habria en los ingresos de mi planta con una que perteneciera al mismo IT-00478 y produjera al año 220000 kwh, actualmente?

    Gracias. "

  11. #11
    guiro está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Hoja de cálculo RETRIBUCION BORRADOR ORDEN MINISTERIAL

    Hola, si utilizas el excel que ha proporcionado Ramoncho1, y en vez de poner las 2124 horas máximas, pones las 1650 horas que dices que produce tu instalación, a mi me sale que antes del impuesto cobrarías 78.359 € , y para una instalación con las 2124 horas da un resultado de 81.212 €,una diferencia de 2.853 €
    Un saludo,

  12. #12
    sauron está desconectado Forero Junior
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    Predeterminado Re: Hoja de cálculo RETRIBUCION BORRADOR ORDEN MINISTERIAL

    Muchas gracias guiro.
    Aunque no sufriera ningun recorte, iba a seguir pasandolo mal, dado el mal rendimiento de la planta, pero es que con el mas minimo recorte ni te cuento. Esta claro que el mayor recorte lo sufren los que mas y mejor producían, espero que todos podamos seguir aguantando, porque una vez abonada nuestra deuda al banco, ya veremos a ver quien nos detiene......, esta claro que no nos quieren dejar llegar a esa situación. He contado mi caso para que vierais tambien que hay muchas personas dentro de esas 55000 familias que desde el principio tenemos una situación lastimosa, por lo que nos es mas dificil el poder ayudar, creo que desde Anpier se podría hacer alguna iniciativa para que estas personas nos podamos unir y con ello Anpier se hiciese mas fuerte. Hay otros casos en los que las familias tienen plantas de pocos kw y estan menos concienciados en hacer fuerza, quiza con un simple correo explicando todo bien, se pueda concienciar a estas personas para que se unan a la causa.
    Saludos.

  13. #13
    Ramoncho1 está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Hoja de cálculo RETRIBUCION BORRADOR ORDEN MINISTERIAL

    Cita Iniciado por sauron Ver mensaje
    Muchas gracias guiro.
    Aunque no sufriera ningun recorte, iba a seguir pasandolo mal, dado el mal rendimiento de la planta, pero es que con el mas minimo recorte ni te cuento. Esta claro que el mayor recorte lo sufren los que mas y mejor producían, espero que todos podamos seguir aguantando, porque una vez abonada nuestra deuda al banco, ya veremos a ver quien nos detiene......, esta claro que no nos quieren dejar llegar a esa situación. He contado mi caso para que vierais tambien que hay muchas personas dentro de esas 55000 familias que desde el principio tenemos una situación lastimosa, por lo que nos es mas dificil el poder ayudar, creo que desde Anpier se podría hacer alguna iniciativa para que estas personas nos podamos unir y con ello Anpier se hiciese mas fuerte. Hay otros casos en los que las familias tienen plantas de pocos kw y estan menos concienciados en hacer fuerza, quiza con un simple correo explicando todo bien, se pueda concienciar a estas personas para que se unan a la causa.
    Saludos.
    Te conteste en otro hilo, pero la cifra que te da guiro es lo que exactamente cobrarias para una produccion de 165.000 kwh.

    Saludos
    Jr

  14. #14
    sauron está desconectado Forero Junior
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    Predeterminado Re: Hoja de cálculo RETRIBUCION BORRADOR ORDEN MINISTERIAL

    No encuentro el lugar donde me respondiste, pero es igual, se que seguro lo hiciste, ya que has demostrado ser una persona generosa,respondiendo absolutamente a todas las preguntas de todos los foreros.
    Asi que gracias Ramoncho1, eres de los foreros que mas aportan al asunto.

    Saludos.

  15. #15
    eltatin está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Hoja de cálculo RETRIBUCION BORRADOR ORDEN MINISTERIAL

    Entonces si la produccion es 0 KWh todavia percibimos el Rinv? no seria una buena opcion vender los modulos e inversor?

  16. #16
    Mohicano está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Hoja de cálculo RETRIBUCION BORRADOR ORDEN MINISTERIAL

    Hola Ramoncho1
    lo primero darte las gracias por tus aportaciones
    me he resistido a pedirte ayuda porque no quiero abusar, pero no me queda más remedio después de pasarme todo el día peleándome con el excel
    te quería preguntar, en el caso de una IT-000484 que no produce 1.500 horas sino que produce 1.400, después de pagar el 7% cuánto cobraría ?

    muchísimas gracias!
    YOU CAN DO IT

  17. #17
    Ramoncho1 está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Hoja de cálculo RETRIBUCION BORRADOR ORDEN MINISTERIAL

    Cita Iniciado por eltatin Ver mensaje
    Entonces si la produccion es 0 KWh todavia percibimos el Rinv? no seria una buena opcion vender los modulos e inversor?

    Noooo .. porque te exigen un minimo de produccion .. es un minimo bajo pero te lo exigen .. si no llegas a ese minimo NO COBRAS

    - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

    Hola Mohicano,

    Me tienes que decir cual es tu potencia nominal, pero suponiendo que sea de 100 Kw nominales tu retribucion seria:

    Ret. Inv = 56727
    Ret. Operacion = 3347 (ya que solo produces 1400 horas, es decir, 140.000 kwh)
    Ret. Mercado = 7000 (suponiendo que produces 140.000 kwh y que el precio de mercado es 0,05)

    Retribucion total antes del impuesto = 56727 + 3347 + 7000 = 67074 euros
    Retribucion total despues del impuesto del 7% = 62378 euros

    Saludos
    Jr

  18. #18
    Mohicano está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Hoja de cálculo RETRIBUCION BORRADOR ORDEN MINISTERIAL

    muchas gracias Ramoncho!

    esa cantidad de Ret. Inversión de 56.727, que se cobra en 12 meses, en 12 partes iguales?
    cobrando cada mes esos 56727/12, más lo que la huerta haya producido ese mes?

    muchas gracias
    YOU CAN DO IT

  19. #19
    Saturn está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Hoja de cálculo RETRIBUCION BORRADOR ORDEN MINISTERIAL

    Buenos días:

    Antes de nada muchas gracias de nuevo por tu trabajo en la hoja de cálculo.Pero como te pedí hace unos días, faltan los casos de plantas de más de 10MW, que son la que más hemos sufrido el recorte. Si nos centramos en el caso de Seguidores de dos ejes, el rango de renumeración anual oscila entre 71233 y 77569 Euros (6 casos del 2007 y 6 del 2008), lo que da una visión de bastante homogeneidad. Pero los cálculos que he hecho en mi caso, planta de más de 10MW, con la tabla de Anpier es de 58550 euros (me gustaría que confirmases esa cifra), que rompe totalmente la comentada homogeneidad.

    Tu tabla se usa mucho como referencia y sería bueno que figuresen los casos más normales, como el que te comento.

    Saludos cordiales.

  20. #20
    Ramoncho1 está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Hoja de cálculo RETRIBUCION BORRADOR ORDEN MINISTERIAL

    Mohicano, se supone que si, que de dividiria en 12 pagos al año ..

    - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

    Cita Iniciado por Saturn Ver mensaje
    Buenos días:

    Antes de nada muchas gracias de nuevo por tu trabajo en la hoja de cálculo.Pero como te pedí hace unos días, faltan los casos de plantas de más de 10MW, que son la que más hemos sufrido el recorte. Si nos centramos en el caso de Seguidores de dos ejes, el rango de renumeración anual oscila entre 71233 y 77569 Euros (6 casos del 2007 y 6 del 2008), lo que da una visión de bastante homogeneidad. Pero los cálculos que he hecho en mi caso, planta de más de 10MW, con la tabla de Anpier es de 58550 euros (me gustaría que confirmases esa cifra), que rompe totalmente la comentada homogeneidad.

    Tu tabla se usa mucho como referencia y sería bueno que figuresen los casos más normales, como el que te comento.

    Saludos cordiales.
    Saturn, pues no lo hice simplemente porque pensaba que habria muy pocos proyectos tipo de más de 10 MW, pero al parecer hay mas de los que pensaba en origen. No es nada complicado hacerla, solo requiere un poco de tiempo.

    Esta situacion me recuerda al recorte de Sebastian, cuando se dijo, por ejemplo para plantas fijas, de limitar a todos por igual a 1250 horas .. en principio parecía justo no, todos igual, pero era absolutamente perverso. En hilo principal explicare por que y si tengo tiempo al cabo del dia ampliare la hoja o hare otra para las plantas de mas de 10 Mw.

  21. #21
    Saturn está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Hoja de cálculo RETRIBUCION BORRADOR ORDEN MINISTERIAL

    Muchas gracias por el trabajo de ampliación. En cuanto a las plantas de más de 10MW, he visto en Wikipedia que son 28 plantas, con una potencia sum total de 575MW (ver enlace). Si en todo España tenemos 4679 MW (también en Wikypedia) supone el 12.3%

    Si el recorte adicional para los de >10MW fuera de 20000 Euros/año por cada 100Kw (aproximadamente) lo que se podrían ahorrar son 115 Millones al año, es una cantidad pero tampoco creo que les salve de ningun problema importante.

    Si fueran seguidores de 10KW estaríamos hablando de 57500 seguidores. Yo tengo sólo uno, la verdad, no me explico porqué la gente no pelea más por sus intereses. Yo os entiendo, vosotros os jugáis el patrimonio y la salud, yo me juego un complemento de la pensión y espero que no me afecte a la salud.

    Saludos

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  22. #22
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    Predeterminado Re: Hoja de cálculo RETRIBUCION BORRADOR ORDEN MINISTERIAL

    Muchas gracias por vuestro trabajo, somos muchos los que estamos perdidos con tanto cambio.
    Tengo una duda, con esta nueva retribución, ¿se anula el decreto de Sebastian del máximo de las 1250 horas?
    Es decir, ¿pasaría a cobrar la nueva retribución por el total de los kw producidos hasta el máximo de 1648?
    Si fuera así pasaría a cobrar mas de lo que estoy cobrando ahora, ¿a alguien le pasa lo mismo?
    Disculpad tanta pregunta y gracias por vuestro tiempo

  23. #23
    salsolito está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Hoja de cálculo RETRIBUCION BORRADOR ORDEN MINISTERIAL

    Hola, una cuestion , ¿como va el tema de las horas minimas, unbrales y % de 10, 20 y 30?

  24. #24
    Ramoncho1 está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Hoja de cálculo RETRIBUCION BORRADOR ORDEN MINISTERIAL

    Cita Iniciado por Saturn Ver mensaje
    Muchas gracias por el trabajo de ampliación. En cuanto a las plantas de más de 10MW, he visto en Wikipedia que son 28 plantas, con una potencia sum total de 575MW (ver enlace). Si en todo España tenemos 4679 MW (también en Wikypedia) supone el 12.3%

    Si el recorte adicional para los de >10MW fuera de 20000 Euros/año por cada 100Kw (aproximadamente) lo que se podrían ahorrar son 115 Millones al año, es una cantidad pero tampoco creo que les salve de ningun problema importante.

    Si fueran seguidores de 10KW estaríamos hablando de 57500 seguidores. Yo tengo sólo uno, la verdad, no me explico porqué la gente no pelea más por sus intereses. Yo os entiendo, vosotros os jugáis el patrimonio y la salud, yo me juego un complemento de la pensión y espero que no me afecte a la salud.

    Saludos

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    Saturn, pues fijate que facil lo hubieran tenido para evitar esa masacre. A la distribucion y transporte, que este año, despues del megarecorte renovable, van a cobrar casi lo mismo que las renovables, les han recortado unos 250 M de euros, es decir, ni un 4% de su retribucion en 2013. Con 115 mas serian 365 y se llevarian aun asi un recorte del 6% solamente.

    Lo peor de todo, no es que a las electricas no se les recorte casi nada, sino que han sido los instigadores de masacrar a las plantas de mas de 10 Mw, para pasar a controlarlas. Ni la mafia de caponne actuaba asi.

    - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

    Adjunto la excell de retribucion segun el borrador de la OM, ampliandola al incluir los proyectos tipo de más de 10 MW.

    Saludos
    Jr.
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  25. #25
    victor9966 está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Hoja de cálculo RETRIBUCION BORRADOR ORDEN MINISTERIAL


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