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  1. #51
    Viasol está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: El Gobierno estudia la retroactividad en la rebaja de las ayudas a las renovables

    Aquí va parte de un post antiguo sobre retroactividad y bajada de primas:


    "Es posible que el interes general halla guiado al Gobierno en la elaboracion de esta nueva norma pero con ella no se puede vulnerar otro principio constitucional como es la garantia expropiatoria y segun la cual nadie puede ser privado de sus bienes y derechos si no es por una causa justificada de interes general y mediando la correspondiente indemnizacion. Es decir que el nuevo RD puede ser retroactivo pero no puede cercenar derechos consolidados sin establecer las compensaciones economicas correspondientes"

  2. #52
    Viasol está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: El Gobierno estudia la retroactividad en la rebaja de las ayudas a las renovables

    Por tanto, lo que habría que hacer, creo, es alegar que el derecho al cobro de la prima del RD en cuestión (p.e 661/2007) es un bien o derecho.

    ¿Hay algún jurista por ahí que nos pueda iluminar un poco?

  3. #53
    Pepe74 está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: El Gobierno estudia la retroactividad en la rebaja de las ayudas a las renovables

    Yo tb lo he enviado. De algo servirá, supongo.

  4. #54
    Pepe74 está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: El Gobierno estudia la retroactividad en la rebaja de las ayudas a las renovables

    OJO! el interés general es tb evitar que 55000 empresas se arruinen por aplicar una disposición NULA. No solo los gobiernos son los defensores del interés general

  5. #55
    Viasol está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: El Gobierno estudia la retroactividad en la rebaja de las ayudas a las renovables

    Sigo con parte de una interesante sentencia del TC, 315/2006:

    "Entre las garantías expropiatorias esenciales están las relativas a la determinación de la correspondiente indemnización (art. 33.3 CE). La garantía de la correspondiente indemnización «concede el derecho a percibir la contraprestación económica que corresponda al valor real de los bienes y derechos expropiados, cualquiera que sea éste, pues lo que garantiza la Constitución es el razonable equilibrio entre el daño expropiatorio y su reparación» [ STC 166/1986 ( RTC 1986, 166) , F. 13 b)]. La STC 37/1987, de 26 de marzo ( RTC 1987, 37) , FF. 6 y 7, precisa que la indemnización expropiatoria ha de establecerse conforme a los criterios objetivos de valoración fijados en la Ley y a través de un procedimiento en el que, previa declaración de la causa legitimadora de la expropiación, se identifica el objeto a expropiar, se cuantifica el justiprecio y se procede a la toma de posesión de aquél y al pago de éste, suponiendo la igual configuración y aplicación de las mencionadas garantías expropiatorias en todo el territorio del Estado para impedir que los bienes objeto de expropiación puedan ser evaluados con criterios diferentes en unas y otras partes del territorio nacional y que se prive a cualquier ciudadano de alguna de las garantías que comporta el procedimiento expropiatorio"

  6. #56
    Viasol está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: El Gobierno estudia la retroactividad en la rebaja de las ayudas a las renovables

    Además, las leyes de bases no pueden ser retroactivas. ¿Este RD sería de este tipo?

  7. #57
    malfredo está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: El Gobierno estudia la retroactividad en la rebaja de las ayudas a las renovables

    Creo que en vista de la situación lo único que podemos hacer es enviar toda clase de escritos protestando al Presidente del Gobierno y a la dirección que has puesto Jacheca en la pág 4 de este hilo y pedir a nuestros amigos que también lo hagan para juntar un buen número de protestas

  8. #58
    Bonvoyage está desconectado Forero Junior
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    Predeterminado Respuesta: El Gobierno estudia la retroactividad en la rebaja de las ayudas a las renovables

    Yo acabo de enviarse un mensaje al Presidente del Gobierno.
    Pienso que ahora la mejor arma que tenemos para defender nuestros derechos es que cuantos más expresemos nuestra oposición y la razonemos, mejor para todos.

    Ínimo.

  9. #59
    Pepe74 está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: El Gobierno estudia la retroactividad en la rebaja de las ayudas a las renovables

    Cita Iniciado por Bonvoyage Ver mensaje
    Yo acabo de enviarse un mensaje al Presidente del Gobierno.
    Pienso que ahora la mejor arma que tenemos para defender nuestros derechos es que cuantos más expresemos nuestra oposición y la razonemos, mejor para todos.

    Ínimo.
    Ahora es la mejor opción.
    Noticia: El foro de la energía, integrado por las asociaciones del regimen especial exigen publicamente que el ministro desmienta la retroactividad de la nueva norma. Juntos por fin eolicos, fotovoltaicos y solares térmicos.
    Esto es fundamental y una buena noticia para todos

  10. #60
    León Solar está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: El Gobierno estudia la retroactividad en la rebaja de las ayudas a las renovables

    Estoy de acuerdo. Razonemos. La inseguridad jurídica se ha instalado en España, pero hay que recordarle a Zapatero que no puede seguir alimentando a quienes consideran que somos una república bananera. Es una mostruosidad simplemente el plantearse la retroactivdad de las leyes y máxime en este caso.
    Hay que recordarle al Gobierno que fue él, el Gobierno Zapatero y no otro anterior, el que elevó los precios de las placas solares de forma desproporcinada. Fue el Gobierno y no los particulares el que motivo que chinos e intermediarios incrementaran el precio de las placas solares de una forma especulativa sin precedentes. Al dar un año de plazo para cerrar proyectos que ya estaban en gestación (con el consiguiente aval entregado) el precio de las placas lo puso el vendedor atendiendo a un precio previsto en el decreto de primas. Todo el exceso del dinero del que habla ahora el Ministerio de Industria se lo llevaron los vendedores de las placas. Rebajar ahora ese precio es propiar la quiebra de muchos inversores, atrapados por los bancos. Quiero pensar que la información es el clásico globo sonda del Gobierno, pero que solo podemos pinchar con la razón que nos asiste. Sería lamentable que Zapatero pase a la historia como el presidente que más veces se reovocó a sí mismo. Cuando un político desprecia la confianza de los ciudadanos, (revocando leyes propias) debe abandonar no solamente el cargo, sino el país en el que vive. Zapatero no pasará por esta vergüenza que le prepara Sebastián.

  11. #61
    lilabozhi está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: El Gobierno estudia la retroactividad en la rebaja de las ayudas a las renovables

    Sería interesante que todos enviemos un mensaje de queja por la posible retroactividad a Presidencia de Gobierno. A Zapatero parece que le impresiona mucho la opinión popular.
    ¡¡¡ A escribir todos!!!

  12. #62
    andres00 está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: El Gobierno estudia la retroactividad en la rebaja de las ayudas a las renovables


  13. #63
    paco_mateu está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: El Gobierno estudia la retroactividad en la rebaja de las ayudas a las renovables

    Acabo de enviar un mensaje al Presidente del Gobierno, pidiendole que se exprese con claridad, confirmando la ley RD 661/2007 y callando la rumorologia que hay alrrededor de la retroactividad o no de las primas.
    No se si servira de algo, pero por lo menos ruido hay que hacer.
    Si es que me contestan lo colgare en el blog.
    Saludos

  14. #64
    besto está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: El Gobierno estudia la retroactividad en la rebaja de las ayudas a las renovables

    Las cartas al gobierno están bien, pero esta respuesta ya la tenían prevista cuando comenzaron con todo este movimiento.

    Llevan meses preparando el terreno con noticias que desprestigian el sector y posicionando a la opinión pública en contra. A esto sí que hay que hacerle frente.

    Yo llevo meses respondiendo con comentarios estas noticias falsas llenas de datos incorrectos. Foros como el de Cotizalia, Expansión, Burbuja.info, Forocoches... tienen muchísimos lectores y crean opinión. Hay que hacer frente a esta campaña de desprestigio que somos muchos.

    Sin la campaña de desprestigio previa que han orquestado, nunca se hubieran atrevido a plantear algo así. Hay que trabajar mucho en recuperar la buena imagen del sector. Que estamos hablando del único sector económico que goza de cierto prestigio y reconocimiento internacional del país!!!! cóño!!!

  15. #65
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    Moucho está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: El Gobierno estudia la retroactividad en la rebaja de las ayudas a las renovables


  16. #66
    Avatar de Photon
    Photon está desconectado Moderador
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    Predeterminado Respuesta: El Gobierno estudia la retroactividad en la rebaja de las ayudas a las renovables

    Ya lo dijo Jumanji
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  17. #67
    Valkano está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: El Gobierno estudia la retroactividad en la rebaja de las ayudas a las renovables

    A mi lo de retroactividad me da la sensación que SI la pueden aplicar, pero siempre para instalaciones aún no acabadas. Me explico, imaginemos una instalación en el actual RD que tiene todo en regla para montar y dispone del famoso año para hacerlo. A esa planta le correspondería una prima X por lo dictaminado por el RD actual, que sería por ejemplo 0,31. Pues si en ese periodo de 1 año se cambia a un nuevo RD, entonces quizá es ahí donde quieren aplicar esa retroactividad y "quitarle" esa prima de 0.31 por la que se estableciera como nueva.
    Estoy seguro que las que están ya funcionando no les van a cambiar la tarifa, ahora, las que aún no están montadas.... eso ya es harina de otro costal.

  18. #68
    Avatar de Gose
    Gose está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: El Gobierno estudia la retroactividad en la rebaja de las ayudas a las renovables

    Leed esto, merece la pena este articulo.
    Energía fotovoltaica: misoneísmo o inversión - Expansión.com

    es lo unico agradable que he encontrado por ahí...

  19. #69
    luismateo está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: El Gobierno estudia la retroactividad en la rebaja de las ayudas a las renovables

    Hola a Todos.

    Yo no entiendo nada, hace apenas 6 meses se vendia lo siguiente
    El Gobierno asegura el liderazgo español en energías renovables

    ¿cómo quedamos? seguimos siendo líderes, lo paramos todo,... Por favor Sr. Zapatero, si no quiere, no puede o lo mas fácil no sabe, vayase hombre y llevese con usted a toda la tropa de inútiles que le aconsejan.

    Perdonad a quien haya ofendido pero todo lo que esta pasando es joder por joder, en este país vamos como casi siempre en contra de la lógica.

    Saludos

  20. #70
    CENTO está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: El Gobierno estudia la retroactividad en la rebaja de las ayudas a las renovables

    Bueno después de leer todos los mensajes creo que hay que mantener la calma. Si este gobierno no nos apoya, tranquilos que la otra opción nos mandará a pastar seguro. Tener en cuenta los apoyos que reciben los neocons de toda la industria petrolera, enemigos nuestros en esto de los negocios.

    Respecto a la sentencia del Supremo, leerla, el motivo de desestimar la demanda no tiene nada que ver con la retroactividad. El tema es que siendo una central antigua de mayor potencia de 100 querían que les dieran también prima. Esta claro que hay campaña orquestada internacional (políticos, medios etc) en contra de todo lo que signifique CAMBIO en el modelo energético, y si además este cambio hace que la energía de un país o mejor dicho en todo el mundo, no pueda ser controlada por unos pocos (que a la vez hacen y dehacen en los gobiernos de países productores y consumidores), se les acaba el chollo.

    En todo esto (y en muchos otras cosas) no he visto que el gobierno lo haya hecho tan mal, aunque es muy fácil encabronar a la gente con comentarios peridísticos que caldean el ambiente.

    En otro post hay un proyecto del nuevo RD y no se habla nada de retroactividad de las primas. No se exactemante de donde ha salido.

    Sólo espero que en las próximas elecciones ni aquí ni en EEUU no ganen los neocon porque el dinero que les están dando todos estos petrojetas para desprestigiar las renovables se lo tendrán que devolver con beneficios, y ya sabeis de donde saldrán estos beneficios.

    Respecto a los globos sonda, los únicos que veo son los producidos por la prensa afín a los petrojetas.

    En fin os deseo un fin de semana SOLEADO a todos.

  21. #71
    andres00 está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: El Gobierno estudia la retroactividad en la rebaja de las ayudas a las renovables

    Cita Iniciado por CENTO Ver mensaje
    En todo esto (y en muchos otras cosas) no he visto que el gobierno lo haya hecho tan mal, aunque es muy fácil encabronar a la gente con comentarios peridísticos que caldean el ambiente.
    Hola CENTO:

    El Gobierno que tanto defiendes lo tiene muy fácil: que saque un Comunicado de Prensa desmintiendo categoricamente y sin paliativos esos rumores de bajada de tarifas con efecto retroactivo.

    Te pregunto: ¿Porqué no lo hace?

  22. #72
    Ramoncho1 está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: El Gobierno estudia la retroactividad en la rebaja de las ayudas a las renovables

    Yo creo que no lo hace, ni lo va a hacer de momento, porque supone uan posición e fuerza para ellos a la hora de negociar otros aspectos. Saben que lo de la retroactividad es en estos momentos lo más importante y quieren coger la sartén por el mango .. espero que luego suelten la sarté, u haya que ceder en otros aspectos ..
    Si no lo hacen me sentiré engañado y estafado por este gobierno y trataré de estafarlos a ellos .. que no les quepa la menor duda..

  23. #73
    andres00 está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: El Gobierno estudia la retroactividad en la rebaja de las ayudas a las renovables

    Cita Iniciado por Ramoncho1 Ver mensaje
    Yo creo que no lo hace, ni lo va a hacer de momento, porque supone uan posición e fuerza para ellos a la hora de negociar otros aspectos. Saben que lo de la retroactividad es en estos momentos lo más importante y quieren coger la sartén por el mango
    Yo puedo coincidir contigo en eso, aunque no deja de ser una opinión optimista de quienes confiamos en que esto no llegue a peor destino, pero la pregunta sigue siendo para CENTO:

    ¿Ha esa falta de claridad le llamas no hacerlo tan mal?

  24. #74
    CENTO está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: El Gobierno estudia la retroactividad en la rebaja de las ayudas a las renovables

    Claridad son los decretos que hay aprobados. No me hace falta más.
    Lo que veo una desvergüenza son los titulares a toda página de la prensa afín a los neocon tachándonos poco menos que de delincuentes. Es cuestión de confiar en unos o en otros.
    Ten en cuenta que hay mucha gente con gran interés en desbancar a este gobierno y no dudan en utilizarnos y enfrentarnos con él aunque sean con suposiciones o inventivas sin ningún tipo de pudor.

  25. #75
    Pakorro está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Para que tome nota el Gobierno...

    Uno de los principios mas elementales que rigen la aplicación de la ley es su irretroactividad, que significa que esta no debe tener efectos hacia atrás en el tiempo; sus efectos solo operan después de la fecha de su promulgación.

    Sobre es respecto, la Corte constitucional en Sentencia No. C-549/93 ha expresado los siguiente:
    (…)
    3 Naturaleza jurídica del principio de irretroactividad de la ley
    Desde los canonistas antiguos -V.gr. Pedro Lombardo-, se consideraba que, para que una ley fuese retroactiva, debía tener unas razones muy especiales que ameritaran tal efecto extraordinario. Los estudiosos del derecho canónico estimaban la irretroactividad como derecho divino, al paso que la retroactividad era de derecho humano.
    La irretroactividad nace en el derecho romano y se extiende luego por el mundo, convirtiéndose en un principio de aplicación de la ley aceptado universalmente; es decir, válido en todos los tiempos y en todos los lugares.
    Hay que plantearse tres interrogantes acerca de la irretroactividad de la ley: en primer lugar, cuál es su fundamento; en segundo lugar, cuál es su esencia y, en tercer lugar, cuál es su finalidad. Así puede darse un concepto nítido sobre la naturaleza jurídica del principio de irretroactividad.
    3.1 Fundamento de la irretroactividad
    El fundamento es la base sobre la cual se asienta o estriba una realidad, y cuando se pregunta cuál es la base que funda la realidad jurídica del principio de irretroactividad, se observa que es la necesidad de dar estabilidad al ordenamiento jurídico. Porque sin el mencionado principio se presentan confusiones sobre la oportunidad de regulación, de suerte que en muchas ocasiones con una conveniencia presente se regulaba una situación pasada, que resultaba exorbitante al sentido de la justicia, por falta de adecuación entre el supuesto de hecho y la consecuencia jurídica.
    “En general -escribe Valencia Zea-, el efecto retroactivo está prohibido por razones de orden público. Las personas tienen confianza en la ley vigente, y conforme a ella celebran sus transacciones y cumplen sus deberes jurídicos. Dar efecto retroactivo a una ley equivale a destruir la confianza y seguridad que se tiene en las normas jurídicas. Además especialmente cuando se trata de la reglamentación de toda una institución jurídica, existe verdadera imposibilidad para regular el efecto retroactivo”.A. VALENCIA ZEA. Derecho Civil. Tomo I. Bogotá, Temis, 1989. p. 184.
    El orden público exige, en materia tributaria, la existencia del principio de irretroactividad. Y lo tiene que exigir, porque la noción de orden es la armonía de las partes entre sí y de éstas con el todo. Y no puede haber armonía si no existe adecuación jurídica y sentido de oportunidad de la ley en su aplicación en el tiempo. Si la eficacia de una norma es fuera de oportunidad, es inadecuada, y al serlo se torna en inconveniente; y lo que es contrario al principio de conveniencia regulativa es también contrario, por lógica coherencia, al orden público, pues éste riñe con toda falta de armonía.
    El tiempo, dimensión necesaria para el entendimiento humano, determina siempre, directa o indirectamente, el sentido de la oportunidad normativa. Es evidente que la ley tributaria debe tener una eficacia tempora; de ahí que, sobre todo cuando se impone una obligación de hacer, el aspecto temporal es substancial, y entonces el acto de retrotraer abstractamente los efectos reales a situaciones de hecho, que en su momento generaron consecuencias jurídicas proporcionadas a las circunstancias de tiempo, modo y lugar, equivale a otorgar un efecto no adecuado a la verdadera causa.
    Igualmente, la seguridad jurídica es requisito para la configuración del orden público. Si no hay una estabilidad en cuanto a la consecuencia jurídica, obviamente no pueden los destinatarios de la ley estar gozando del derecho a la seguridad. La incertidumbre ante la actuación del Estado impide la seguridad debida a cada uno de los asociados. Si la ley tributaria modifica situaciones jurídicas definidas por el mismo legislador, sin una finalidad de favorabilidad en cuanto a las cargas tributarias, por ejemplo, incurre, no sólo en una contradicción, sino en el desconocimiento del derecho adquirido y legítimamente constituído. La consecuencia, entonces, es que la actividad del legislador estatal deja de cumplir con una finalidad esencial a su razón de ser: la seguridad y tranquilidad de los asociados.
    3.2 La esencia de la irretroactividad
    La esencia del principio de irretroactividad de la ley tributaria es la imposibilidad de señalar consecuencias jurídicas a actos, hechos o situaciones jurídicas que ya están formalizados jurídicamente, salvo que se prescriba un efecto más perfecto tanto para el sujeto de derecho, como para el bien común, de manera concurrente, caso en el cual la retroactividad tiene un principio de razón suficiente para operar. Pues lo imperfecto siempre se sujeta a lo más perfecto, dada la naturaleza perfectible de la legalidad.
    3.3 La finalidad de la irretroactividad
    Es el sentido teleológico del principio, es decir, el para qué existe. La respuesta es para dar seguridad al ordenamiento jurídico. Al respecto son pertinentes las anotaciones que trae Juan José Soler en la Enciclopedia Jurídica Omeba:
    “La irretroactividad de la ley es una medida técnica escogida para dar seguridad al ordenamiento jurídico. Su zona ontológica no está, pues, en la filosofía jurídica sino en la jurisprudencia o ciencia del derecho (…). La irretroactividad es dentro de la técnica jurídica, un principio de aplicación más que de interpretación previa. La interpretación y la aplicación son operaciones de tracto sucesivo (…). Un error corriente que conviene disipar, es el de considerar a la irretroactividad como un principio que solo sirve al interés privado. Esto explica su inclusión en casi todas las constituciones del mundo entre las garantías y derechos individuales. Pero sin negar su importancia en el Derecho Privado, resalta su trascendencia en el derecho público. Sirve al individuo pero también a la colectividad, acaso en mayor grado, porque tiende a dar firmeza al ordenamiento jurídico, que es de carácter social.
    “La irretroactividad es un principio que reza con la relación jurídica, la cual es siempre intersubjetiva. De donde resulta un pleonasmo, decir que a la ley no hay que darle efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna, como se lee en el derecho mexicano, porque los beneficios o perjuicios de una retroacción, recaen exclusivamente sobre las personas, que son los sujetos activos y pasivos en todo negocio jurídico, y nunca sobre las cosas.
    “La irretroactividad puede estar consignada en la ley fundamental o en las leyes ordinarias. En el primer caso se dice que es constitucional, y, en el segundo, meramente legislativa. la diferencia salta a la vista. En la irretroactividad constitucional, las restricciones, si las hay, son permanentes -dura lo que dura la ley fundamental- en tanto que en la irretroactividad legislativa, las condiciones son variables y quedan sometidas al libre criterio del legislador”.ENCICLOPEDIA JURIDICA OMEBA. Voz Irretroactividad. Tomo XVI. buenos Aires. Editorial Bibliográfica Argentina, 1962. p. 881.
    La naturaleza jurídica del principio de irretroactividad es la premisa según la cual, en la generalidad de las circunstancias se prohibe, con base en la preservación del orden público y con la finalidad de plasmar la seguridad y estabilidad jurídicas, que una ley tenga efectos con anterioridad a su vigencia, salvo circunstancias especiales que favorezcan, tanto al destinatario de la norma como a la consecución del bien común, de manera concurrente.
    Lo anterior indica que no se trata de un principio absoluto, pues el universo jurídico no admite posiciones de tal carácter, por ser una coordinación de posibilidades racionales. La racionalidad exige, pues, antes que formas únicas e inflexibles, una sana adecuación de la forma jurídica al contenido material que se ha de ordenar.
    Es por ello que el principio de irretroactividad no riñe con la necesidad de mutaciones normativas, que impiden la petrificación de un orden jurídico que ha de ser dinámico, y que en materia tributaria debe amoldarse a las exigencias de la equidad tributaria, en el sentido de ajustar a las condiciones y circunstancias actuales tanto el valor de las deudas, como otros factores determinables por la realidad fiscal del momento, sin que esto implique el desconocimiento de situaciones jurídicas definidas de acuerdo con la ley, ni la vulneración de los derechos adquiridos. Al respecto, la jurisprudencia de esta Corporación es clara. En efecto en la Sentencia C-511 de 1992, con ponencia del Magistrado Dr. Eduardo Cifuentes Muñoz, la Corte señaló:
    “En principio la Constitución no establece una proscripción de los perjuicios que puedan atribuirse a las mutaciones legislativas, de otra parte necesarias y permanentes. Si bien el ordenamiento constitucional garantiza los derechos adquiridos con arreglo a las leyes civiles, los cuales no pueden ser desconocidos ni vulnerados por leyes posteriores (Constitución Política, artículo 58), ellos se circunscriben a las situaciones jurídicas individuales, subjetivas o concretas, creadas o consolidadas bajo el imperio de la ley (Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Magistrado Ponente Dr. Jacobo Pérez Escobar)”.

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