Resultados 1 al 8 de 8
  1. #1
    Ireal está desconectado Miembro del foro
    Fecha de ingreso
    ene 2008
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    Almería
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    29

    Predeterminado Carné instalador

    Hola a todos,

    Tengo una duda con respecto a la obtencion del carné de instalador térmico. Según el nuevo RITE los técnicos titulados competentes reciben el carné directamente si hacer el examen ni el curso. Basta presentar una copia del título académico con la solicitud. ¿Quienes son los titulados competentes? ¿Ingeniero superior o Arquitecto? Es que por otro lado, tengo entendido que un ingeniero superior debe justificar que está cualificado para esto haciendo el examen.

  2. #2
    godo está desconectado Forero
    Fecha de ingreso
    ago 2006
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    343

    Predeterminado

    que yo sepa se lo dan a los ingenieros tecnicos y superiores industriales sin necesidad de examen. Si que hay que hacer examen para algun carné de gas y el de instalador electricista.

  3. #3
    Ireal está desconectado Miembro del foro
    Fecha de ingreso
    ene 2008
    Ubicación
    Almería
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    29

    Predeterminado

    Supongo que entonces no importa de que tipo de ingenieria se trate. Por ejemplo, siendo ingeniero químico...

    Muchas gracias, godo.

  4. #4
    Rami está desconectado Miembro del foro
    Fecha de ingreso
    ago 2005
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    Predeterminado

    Si eres Ingeniero o Ingeniero Técnico Industrial en la Comunidad Valenciana no conozco de ningún problema y en la Generalitat tienen (o por lo menos tenían cuando yo solicité el carné) un listado de los títulos que aceptaban.

    Pero por lo que he leído en este y otros foros, los criterios de aplicación parece que varían algo según comunidad incluso para estas titulaciones y por supuesto que para otras.

    Pienso que en tu caso lo más rápido y fiable sería llamar a la Junta de Andalucía y que te lo explicasen.

  5. #5
    Rami está desconectado Miembro del foro
    Fecha de ingreso
    ago 2005
    Ubicación
    Península Ibérica
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    182

    Predeterminado

    Cita Iniciado por Rami Ver mensaje
    Si eres Ingeniero industrial o Ingeniero Técnico Industrial en la Comunidad Valenciana no conozco de ningún problema y en la Generalitat tienen (o por lo menos tenían cuando yo solicité el carné) un listado de los títulos que aceptaban.

    Pero por lo que he leído en este y otros foros, los criterios de aplicación parece que varían algo según comunidad incluso para estas titulaciones y por supuesto que para otras.

    Pienso que en tu caso lo más rápido y fiable sería llamar a la Junta de Andalucía y que te lo explicasen.

    el comentario no era preciso: ... ingeniero industrial sin problemas. Otros a consultar.

  6. #6
    Ireal está desconectado Miembro del foro
    Fecha de ingreso
    ene 2008
    Ubicación
    Almería
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    29

    Predeterminado

    Muchas gracias, te haré caso y me informaré sobre como está el tema en Andalucía. No obstante si hay alguien de esta comunidad que tenga alguna experiencia con esto (buena o mala) me encantaría que la compartiera conmigo.

    Saludos a todos

  7. #7
    sandhey está desconectado Miembro del foro
    Fecha de ingreso
    mar 2008
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    12

    Predeterminado Requisitos para la obtención del carnet directo

    Hola Ireal
    El RITE que regula las instalaciones en toda España con la publicación,

    15820 REAL DECRETO 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios.

    Publicado el miércoles 29 de agosto de 2007, y que entró en vigor el pasado uno de marzo.

    Buscas en el artículo 42 y te aclarará tus dudas sobre la titulación requerida para conseguir los carnets sin prueba.

    un saludo
    Sndhy

  8. #8
    berobreo está desconectado Miembro del foro
    Fecha de ingreso
    ago 2007
    Ubicación
    Donde la lluvia es arte
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    21

    Predeterminado

    El artículo 42 deja en el aire precisamente la pregunta de Ireal. En el punto 1 cita los títulos de formación profesional concretos, pero en el punto 3 no se moja... o no puede mojarse porque un reglamento no tiene competencia para ello:
    Cita Iniciado por RITE 2007 art. 42
    3. Los técnicos titulados competentes, con atribuciones
    específicas en materias reguladas por este RITE
    , podrán obtener directamente el carné, mediante solicitud ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma y
    sin tener que cumplir los requisitos enumerados en los apartados b) y c), bastando con la presentación de una copia compulsada del título académico.
    Como nunca supe muy bien cómo se define eso y creo que hay bastante batalla, me limitaré a enlazar:
    http://www.solarweb.net/forosolar/sh...53&postcount=5




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