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  1. #1
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    Predeterminado Viva la division de poderes. Un asunto del ICIO

    Un enlace interesante que afecta a todos:

    El blog de esPublico - Aerogeneradores, Parques Solares e ICIO

    Que alegrón que me ha dado. No me refiero a la consulta que ya conocia y no compartia sino al comprobar que mi criterio discrepante es el que sostiene el poder judicial que, gracias a Dios, tiene entre otras la mision de supervisar las decisiones administrativas.

    Buen provecho colegas
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  2. #2
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    Predeterminado Re: Viva la division de poderes. Un asunto del ICIO

    No es objetiva la autora del criterio sostenido en la consulta porque, teniendo en su mano la amplia jurisprudencia disponible sobre la cuestión la interpreta obviando una serie de circunstancias. Es posible que la cuestión se limite a un desconocimiento técnico sobre las instalaciones fotovoltaicas, como funcionan, como se construyen y como evoluciona el sector.

    Ha pasado por alto en primer lugar que las instalaciones fotovoltaicas no son instalaciones permanentes o inamovibles. Decir permanente es tanto como decir inmutables y las instalaciones FV son mutables. Muchas de las que ahora mismo se están construyendo deberán ser modificadas en plazos más o menos cortos por cuestiones de obsolescencia. En un futuro próximo existirán paneles e inversores más eficientes y es muy probable que resulte rentable sustituir equipos mutando la instalación.

    Por otro lado la instalación que hoy está en un lugar puede ser movida a otro. En mi caso por ejemplo, no tendría nada de extraño que en el entorno de mi instalación se construyera un polígono industrial y esa circunstancia aconsejara su traslado a otro sitio. A mi no me interesa moverla pero si los edificios colindantes arrojaran sombras inaceptables sobre los paneles, probablemente no tendría otra opción.

    La autora ha pasado asimismo por alto que las sentencias, cuando se refieren a elementos incluidos en el ICIO, se refieren a ellos como “elementos técnicos inseparables”. Es el caso por ejemplo de un ascensor que está integrado en la obra. Pero no es el caso de una instalación fotovoltaica que no se integra en la obra sino que se adosa a ella, por lo general, mediante tornillería. Esto hace que estos elementos sean desmontables y movibles.

    Respecto a la cuestión de la permanencia es interesante por ejemplo el caso de la legislación andaluza en la que el promotor de una instalación FV instalada en suelo rústico asume el compromiso de desmantelarla una vez amortizada para restituir los terrenos a su estado primitivo. Este compromiso queda garantizado mediante la aportación de un aval por tal concepto al ayuntamiento. Las instalaciones no son provisionales pero, ni mucho menos, son permanentes ya que se construyen con la vocación de ser desmontadas.

    Al final de la lectura de la consulta vinculante, mi impresión es que se trata de un caso más de voracidad administrativa. No es que los elementos de una decisión justa no estuvieran ahí, estaban, pero no resultaban convenientes. La administración consume ingentes cantidades de recursos y su presupuesto siempre es escaso por lo que a veces les resulta conveniente sobrepasar la frontera de la legalidad si con ello se mejora su capacidad recaudatoria. Cuando me informaron de esta consulta y me dijeron que era de la Dirección General de Tributos, antes de leerla ya lo tenía claro. Son juez y parte ¿Qué se puede esperar de ellos?

    La justicia no comparte el criterio de la Dirección General de Tributos, así que una vez mas tendré que dar las gracias al poder judicial. Un juez justo es un héroe, un caballero que recorre el mundo deshaciendo entuertos.
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  3. #3
    Coque está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Re: Viva la division de poderes. Un asunto del ICIO

    Muchas de las que ahora mismo se están construyendo deberán ser modificadas en plazos más o menos cortos por cuestiones de obsolescencia

    Quinto, eso que dices es una de las cosas que no están definidas por ahora y que yo veo bastante claro. No creo que ninguna eléctrica esté dispuesta a que le cambies los paneles y les inyectes más energía así como así. En mi opinión las eléctricas detectarán en seguida el aumento de energía inyectada y no lo permitirán. Otra cosa sería que tuvieras módulos que no producen y los cambies para volver al rendimiento inicial, pero disparar lo que inyectas a la red no lo veo muy claro.
    No he visto muchos comentarios sobre este tema en el foro, pero a mí me parece que las ayudas que se dan desde el Gobierno están muy controladas y estas actuaciones no se permitirán en el futuro.
    Aunque escribo sin mucho conocimiento de causa, es una opinión personal.
    ¿Alguien sabe algo más en este sentido?

  4. #4
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    Quinto está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Viva la division de poderes. Un asunto del ICIO

    Tienes razon Coque en que esa frase es un juicio de valor bastante subjetivo porque se refiere a una prevision de futuro y este siempre es incierto. No obstante soy un creyente de la FV y creo que realmente asi será. He visto incluso programas de analisis economico de instalaciones que tienen en cuenta el cambio a un cierto plazo de determinados equipos como los inversores.

    Todos los esfuerzos actuales estan orientados a convertir la fotovoltaica en una energia relevente en el futuro para lo que se anda un camino de mejoras tecnicas continuas. ¿Debemos resignarnos a que esas mejoras tecnicas solo afecten a las nuevas instalaciones?. A mi me pareceria absurdo aunque no olvido que mi opinion no pinta nada en todo este asunto.

    Existe otro argumento a favor de la mutabilidad de las instalaciones fotovoltaicas. Cuando se alcance el objetivo de la paridad entre tarifas electricas y costes de generacion fotovoltaica el regimen especial deja de tener sentido y, en ese momento, desaparacerian todos los corses administrativos. A partir de ahí lo que cuenta es la eficiencia de la instalación.
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