Resultados 1 al 8 de 8
  1. #1
    Sirio está desconectado Forero Junior
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    nov 2007
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    Predeterminado ¿Nueva disposición legal en Castilla-La Mancha?

    Hola, buenos días.

    Recientemente, uno de los técnicos de Unión Fenosa en Castilla-La Mancha nos ha comunicado que existe una nueva disposición normativa que exige que para la concesión de puntos de conexión a la red eléctrica de distribución en Baja Tensión, la potencia solicitada para el punto de conexión ha de ser igual o inferior a la potencia contratada con la compañía eléctrica.

    Es decir, que si tú tienes para tu casa una potencia de suministro de 3,3kW, sólo podrás solicitar un punto de conexión para inyectar energía a la red de, como máximo, 3,3kW.

    Esto, para una pequeña instalación fotovoltaica en una vivienda, no tendría mayor inconveniente. El problema surge cuando hablamos de grandes naves industriales, donde pueden solicitarse 100kW.

    Según me comenta el técnico, tiene conocimiento de esta disposición porque se lo notificó la compañía a través del correo electrónico, pero ni sabe el nombre de la ordenanza, ni la fecha de salida. He llamado a Unión Fenosa en Toledo y, al menos quien me ha atendido, no tiene tampoco ni idea de esta normativa.


    ¿Sabéis algo de esta ordenanza? ¿Es esto sólo válido para Castilla-La Mancha o se aplica también a nivel nacional?


    Un saludo y gracias.

  2. #2
    Avatar de Mark
    Mark está desconectado Forero
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    dic 2006
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    Predeterminado

    Hola Sirio,

    Me dejas "flipado" (no tú, evidetemente, sino el tipo de UF). No me consta que CLM hayan "perpetrado" más fechorías ilegales desde lo de las mesas de evacuación, con lo que ya tuvieron suficiente para unos cuantos años.

    Ahora en serio, opero en CLM y Mad, y no me consta nada en esa línea y parecida. De hecho no tiene ningún sentido, salvo.... que sea nuevamente un hecho que las redes de abastecimiento de las viviendas o naves estén en un estado tan precario (no me extrañaría nada) que no admitan más potencia de la que yá vienen transportando y, en este caso, UF (no la CCLM) haya dado instrucciones de no sobrepasar la capacidad de los "hilos" de cada instalación.

    No obstante lo anterior, sigue sin tener ningún sentido técnico, ya que tu FV saldrá a la línea que abastece toda la zona desde el trafo de zona y la única limitación debería ser la capacidad del trafo de zona.

    En CLM y en Mad tengo puntos con contratos de 3,3 kW y vertiendo 50 kW. La última esta misma mañana, acabamos de conectar una derivación para la salida de 25 kW y el cliente sólo tiene 6,6.

    Ahora bién, todo lo anterior es con IB, la verdad es que he oido que UF vive en un "universo paralelo". Yo metería la solicitud sin más y a ver que pasa. Y si te contestan oficialmente con esa "cosa rara", reclamación de oficio a la CNE y en paz.

    Por otro lado, para más de 50 kW te suelen pedir trafo elevador, pero es normal.

    No existe ninguna norma Estatal ni en MAD ni en CLM que diga semejante "chorrada", eso te lo confirmo.

    Saludos Cordiales,

  3. #3
    Sirio está desconectado Forero Junior
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    nov 2007
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    Castilla
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    15

    Predeterminado

    Cita Iniciado por Mark Ver mensaje
    De hecho no tiene ningún sentido, salvo.... que sea nuevamente un hecho que las redes de abastecimiento de las viviendas o naves estén en un estado tan precario (no me extrañaría nada) que no admitan más potencia de la que yá vienen transportando y, en este caso, UF (no la CCLM) haya dado instrucciones de no sobrepasar la capacidad de los "hilos" de cada instalación.
    Hola, Mark. Gracias por tu respuesta.

    La verdad es que no sé si me dejas o no más tranquilo, porque de lo que me estoy dando cuenta, es que con Unión Penosa es verdaderamente difícil tramitar solicitudes.

    Las líneas de distribución son de un polígono industrial de nueva construcción: hasta hace año y medio todo eran solares donde se cosechaba trigo, cebada y alfalfa, por lo que todo es completamente nuevo, tanto líneas como centros de transformación.

    Yo le pregunté al de UF si la disposición normativa era a nivel particular de UF o de la consejería de industria de la provincia de Toledo, y el técnico me dijo que era cosa provincial, no de la compañía.

    Otra cosa rara es el concepto de provisión de fondos que la compañía exige abonar para tramitar el punto de conexión. ¿A ti cuánto te exigen? Porque a nosotros nos han hecho abonar cerca de 700€ del ala para una instalación sobre cubierta de nave con solicitud de potencia de 30kW.

    Un saludo.

  4. #4
    MIGUELON11 está desconectado Miembro del foro
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    mar 2006
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    1.201

    Predeterminado

    No me atrevo a criticar a Unión Fenosa sin conocer todos los téminos de los que hablas, me parece extraño , (Trabaje en UF. en Valencia durante 4 años), de cualquier forma si a algún inútil de la OTR. de Serrano, se le han cruzado los cables..ni caso, no existe ninguna norma que contemple ese supuesto ni de coña. Eso si, presentate con un abogado en las oficinas, ya que entre solicitudes y contestaciones se te irá el tiempo..

    Un saludo

  5. #5
    kandido está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado

    señores lo de el numero de normativa y demas no se cual es,lo cierto ,y yo si que trabajo habitualmente en u.f. ,es que eso es verdad a dia de hoy ;si en una nave quieres instalar 50 kw la potencia contratada deve ser 50 kw. que este bien o mal no lo discuto pero esto es lo que hay a dia de hoy . tampoco es a nivel provincial de toledo.

    soluciones hay bastantes una es la del abogado............ jajjaja.miguelon no me rio de ti ni mucho menos sino del tiempo que va estar el abogado hablando con unos y con otros .

    tu sabes bien lo que te digo que pasa en uf. y sus normativas internas no?

  6. #6
    Sirio está desconectado Forero Junior
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    nov 2007
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    Predeterminado

    Cita Iniciado por kandido Ver mensaje
    señores lo de el numero de normativa y demas no se cual es,lo cierto ,y yo si que trabajo habitualmente en u.f. ,es que eso es verdad a dia de hoy ;si en una nave quieres instalar 50 kw la potencia contratada deve ser 50 kw. que este bien o mal no lo discuto pero esto es lo que hay a dia de hoy . tampoco es a nivel provincial de toledo.
    Entonces, según tú, es cierto que existe esa normativa. Pero dices que no es a nivel provincial de Toledo, con lo cual, y considerando que no es una Ley gubernamental ¿lo aplica solamente Unión Fenosa y a nivel nacional?

    Cita Iniciado por kandido Ver mensaje
    soluciones hay bastantes una es la del abogado
    ¿Realmente servirá se algo el abogado? Si UF tiene sus propias normas para con respecto a las líneas de distribución y transporte, que son monopolios naturales, no debería ser un abogado particular el que les sacara los colores sobre un posible abuso a sus clientes, sino la propia administración y las múltiples entidades de regulación y control que todos pagamos.

  7. #7
    Avatar de Mark
    Mark está desconectado Forero
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    dic 2006
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    Predeterminado

    Hola Kandido,

    Me dejas de piedra, como coj.. se sacan semejante estupidez de la manga y con qué justificación; no hay por donde razonarlo.

    Si es una "norma" interna de UF, pues reclamación a CNE y punto, no hay más.

    Respecto al "impuesto revolucionario", el último fué de 2.500 E por 100 kW. La proxima semana, tengo que hacer una petición de 500 kW, ya te diré....

    Saludos Cordiales,

  8. #8
    kandido está desconectado Miembro del foro
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    sep 2005
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    592

    Predeterminado

    quien reclama?

    yo no
    lo mio es montar kw, el que tenga tiempo que lo haga.




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