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  1. #1
    Dante está desconectado Miembro del foro
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    jul 2005
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    Predeterminado Alguien sabe como funciona el tema del IVA?

    Realizando el proyecto de fin de curso que tengo entre manos sobre instalaciones fotovoltaicas de venta a red, he encontrado problemas ala hora de incluir el IVa en el estudio económico.

    La duda viene al tener en cuenta la devolución del IVA que hacienda realiza tras un año de instalación según tengo entendido. Esta devolución, si no estoy equivocado, supone la totalidad del IVA pagado al instalador y que no hayas recuperado durante ese año por los ingresos generados.

    Si una instalación cuesta 600.000 € sin IVA, pagarás 96.000 € de IVA así que debes partir de una cantidad de 696.000 € que en mi caso se dividirá en: 80% credito ICO-IDAE al EURIBOR semestral+1, 10 % crédito fondo perdido y 10% inversión propia.

    OK... de esta manera, el primer año obtienes pérdidas netas al tener que empezar a pagar el crédito y demás gastos ya que los ingresos por electricidad de unos 50.000 € no alcanzan para hacer balance positivo.

    Entonces...cuanto IVA te devuelven?

    los 96.000 € por no haber tenido ingresos?

    96.000 - 50.000 = 46.000 € al restar lo generado a pesar de no suponer ganancias netas?

    Si alguien tiene alguna idea del tema le agradecería su opinión así como cualquier corrección en el planteamiento que querais hacer por supuesto...

    Muchísimas gracias por leerme...

    Saludos

  2. #2
    simosol está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado

    Bueno, en realidad lo que Hacienda te devuelve es el IVA que se pagó cuando se "compró" la instalación y que no ha podido ser recuperado con el IVA que factura a la cía distribuidora y el que recibe de ésta.

    De todos modos, lo que tú planteas es una diferencia entre el IVA de la instalación y los ingresos por venta de electricidad. Lo correcto es la diferencia entre el IVA de la instalación y el IVA de la factura de la cía distribuidora.

    Además, debes tener en cuenta que si la instalación ha sido financiada en parte con una subvención, existe un límite para la deducción del IVA, consistente en el porcentaje en que dicha instalación está financiada por la subvención.

    Por ejemplo, si la instalación ha sido subvencionada al 75%, sólo se podrá recuperar el 25% del IVA soportado.

  3. #3
    luis está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado referente al IVA

    Hola

    Yo voy ha hacer una inversión en un huerta solar y lo que sucede es que, al superar los beneficios anuales de 3000 € se considera que es una actividad empresarial. Entonces es como una pequeña empresa, en la compra de la placa, te retornan todo el IVA, pero luego estarás toda la vida que tenga la placa haciendo la declaración del IVA trimestral, es decir devolviendo el IVA al estado. Ya que cuando se la facturamos a la compañía eléctrica, también cobramos el IVA

    Espero haberte sido de ayuda

    Luis
    Empresario del Sol.

  4. #4
    Dante está desconectado Miembro del foro
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    jul 2005
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    Predeterminado Muchas gracias, a ver si lo entendí bien

    Gracias por vuestras rápidas respuestas.

    A ver si lo entendí bien...

    Si yo tengo una instalación de 600.000 euros (IVA incluido) de la cual el 10 % es inversión propia (60.000€), debo calcular cuanto IVA estoy pagando en ese 10 % (en este caso 8275 € aprox)

    Por otra parte, si el primer año ingreso 50.000€ por venta de electricidad, calculo el IVA (16% ??? ) que me está pagando la compañía en esa cantidad (6900€ aprox en este caso)

    Así que lo que me devuelve el estado es la resta de ambos conceptos? es decir: 8275 - 6900 = 1378 €  ??

    Y a partir de ahí, independientemente de todo esto, si ganas mas de 3000 €/año tienes que hacer declaración trimestral del IVA... es asi?

    Os agradezco mucho vuestra ayuda... un saludo

  5. #5
    luis está desconectado Miembro del foro
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    ago 2005
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    Predeterminado

    Hola

    Por lo que entiendo yo. Suponemos que tu instalación cuesta 60000€ sin iva.
    El 16% de IVA de 60000€ es 6960 €

    Lo que no tengo claro es si es el 16 % en estos casos.

    Estos 6960 son los que te devuelven al cavo del primer año, de la compra de la instalación fotovoltaica.

    Entonces lo que sucede es que la compañia electrica te paga la energia generada + IVA. Despues en tu declaración trimestral lo tienes que devolver.

    Lanzo una pregunta alguien sabe si realmente se paga el 16% de IVA o es otro valor?

    Espero haberte ayudado.
    Empresario del Sol.

  6. #6
    Dante está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Ok...

    Ok, entonces hacienda te devuelve todo el IVA que pagaste en la instalación (siempre de la parte que salió de tu bolsillo y no de la parte de las subvenciones) y a partir de ahi se hacen declaraciones trimestrales del IVA.

    Supongo que las declaraciones trimestrales supondrán ir devolviendo todo el IVA que te paga la compañía eléctrica en la factura... aunque yo tampoco sé cual es el porcentaje exacto...

    Alguien nos puede aclarar si todo esto es correcto y el tema de los porcentajes del IVA? ....

    Muchísimas gracias a todos... creedme si os digo que la ayuda que prestais es muy valiosa.

  7. #7
    simosol está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado

    Es el 16%.

    El IVA no se considera un rendimiento económico de la instalación y, al emitir o recibir facturas, hay que considerarlo como un dinero que recaudamos para Hacienda. Después del primer año se puede solicitar la devolución del IVA que aún no se haya compensado. Es decir, si con la instalación hemos pagado cierta cantidad de dinero de IVA(por ejemplo, 1000 €) y durante el primer año hemos cobrado menos dinero del recaudado por este concepto a la compañía eléctrica (por ejemplo, 200 €), tendremos un saldo a nuestro favor (800 €). Se puede solicitar a Hacienda la devolución de esta cantidad, de forma que en ese momento habremos compensado todo el IVA y habrá que ir pagando de forma trimestral lo que vayamos facturando a la compañía.

    Entonces, que quede claro, lo que te devuelve hacienda no son los 6960 € del ejemplo anterior, sino esa cantidad menos lo que hayas recibido en concepto de IVA de la cía distribuidora.

    Por otro lado, el IVA procedente de todas las facturas asociadas a la instalación también puede computarse, como por ejemplo, las de mantenimientos, reparaciones, etc.

    De todas maneras, si sigues teniendo dudas al respecto, en la Delegación de Hacienda de tu Comunidad Autónoma te pueden explicar el funcionamiento exacto de la facturación y declaración del IVA, así como los modelos que hay que rellenar para realizar este trámite

  8. #8
    Dante está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Muchas gracias

    Ok... muchas gracias, creo que ya lo entendí con vuestros comentarios...

    Hacienda me devuelve despues del primer año todo el IVA que no haya recuperado con el IVA de lo que me paga la compañía electrica por la venta de mi electridad...

    Y tras esto, todos los trimestres voy "devolviendo" el IVA que me paga la compañía por lo que en realidad los 0.42 € por kilowatio que te da la compañía no es muy "real" desde el punto de vista de el estudio económico puesto que parte se lo "queda" hacienda...

    Con todo esto Simosol, el estudio que tan amablemente te ofreciste a revisarme queda bastante modificado, pues el IVA y hacienda bajan el TIR de 15% a 8.6% para el ejemplo de Madrid... Menos rentable, pero rentable al fin y al cabo con una tasa de retorno del 6%...

    Muchas gracias a todos por vuestra ayuda...

    Muy agradecido

  9. #9
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    solarweb está desconectado Administrador
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    Predeterminado

    Buenas Dante, tu razonamiento no es correcto, el precio de venta de la energía es 0.42 €.

    Luego, en tu factura tendrás que sumar el 16% de IVA.

    Por ejemplo, si vendes 2000 kwh el precio de venta sería de 2000 x 0.42 = 840 € pero la factura ascendería a 840 € + 16% IVA = 974 € de los que 134 € no son tuyos, son para hacienda.

    Cualquier gasto relacionado con la actividad soporta a su vez un IVA que puedes deducir en tu declaración.

    Una cosa es el precio y otra el IVA que, como dice Simosol, es un impuesto que recaudas como empresa.

    Yo entiendo el IVA de la siguiente manera: es un impuesto que paga el consumidor final y las empresas son las recaudadoras. Las empresas trimestralmente hacen un balance (Modelo 300) de IVA ingresado (devengado) y por otro lado IVA pagado (deducible), al final del ejercicio se hace un resumen anual (Modelo 390) y, si el saldo es a favor del empresario (ha pagado mas IVA del recaudado) se le devuelve la diferencia.

    Saludos,

  10. #10
    Dante está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Ok Solarweb

    Muchísimas gracias por la aclaración solarweb.

    Ok. Entendido. Realmente se cobra 0.42 € por Kw y el 16% de IVA que se añade a ese precio lo recibes para pagarselo a hacienda trimestralmente.

    Me habeis sido de mucha ayuda todos. Ya le expliqué en su día a Simosolo que andaba algo perdido en este mundillo pero que quería sacar adelante este proyecto por mis inquietudes medioambientales (Soy Lic. en CC.Ambientales) y cuando no se cómo continuar he estado recibiendo ayuda rápida y útil en este foro. Muchas gracias a todos.




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