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  1. #1
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    Predeterminado Quiero una rentabilidad razonable ya

    De todos es conocido lo pertinaces, a veces hasta cansinos, que se muestran Sebastián y sus secuaces con el asunto de la rentabilidad razonable. Un concepto tan vago y subjetivo que es para echarse a temblar y llegar incluso a creerse que, amparándose en esta subjetividad, se pueden efectuar recortes retroactivos de la retribución en el entorno del 25 %.

    Sin embargo esa rentabilidad razonable no es tan vaga y subjetiva como en un primer momento pudiéramos llegar a pensar.

    Para empezar, cuando se redactó el RD 661/2007 la CNE elaboró el informe 3/2007 en el que define y concreta ese concepto. Fruto de esa definición es el régimen económico especificado en el RD. Si observamos el informe de la CNE resulta que el TIR previsto para una instalación fotovoltaica fija de menos de 100 Kw. es del 6.5 %.

    Por otro lado la Ley del Sector Eléctrico establece que la remuneración, además de ser razonable, debe fijarse en función de criterios objetivos, transparentes y no discriminatorios así es que una comparación del régimen económico de la fotovoltaica y, por ejemplo, de la actividad de transporte de energía eléctrica puede ser muy clarificadora.

    El régimen económico de la actividad del transporte de energía eléctrica está regulado mediante el RD 32/2008 en el que se justifica su necesidad por la conveniencia de adaptarse a las prácticas habituales de regulación y a los niveles de rentabilidad de actividades similares en los Estados miembros de la Unión Europea.

    Básicamente el régimen económico de la actividad de transporte de energía eléctrica establece una retribución anual compuesta de una retribución a la inversión más los costes anuales de operación y mantenimiento. La inversión queda retribuida en función de la rentabilidad del bono a 10 años incrementada en 375 pp.bb. A día de hoy sería al 8.33 %.

    Sin embargo esta tasa de rentabilidad no es equivalente o comparable al TIR obtenido en el informe de la CNE por lo que he llevado a cabo una simulación aplicando a la fotovoltaica el régimen retributivo del transporte de energía eléctrica. Para ello he empleado los parámetros establecidos previamente por la CNE.

    El resultado no puede ser más sorprendente ya que arroja un TIR del 10,68 %. Para una instalación de 100 Kw los ingresos de los primeros años exceden los 84.000 € y luego van decreciendo hasta alcanzar los 62.447 € en el año 25.

    Así es que si los regimenes económicos no deben ser discriminatorios yo estaría plenamente conforme con la intención del Ministro de apuntarme al carro de la rentabilidad razonable definida para el transporte y a los criterios europeos de rentabilidad ya que al fin y al cabo, soy tan europeo como cualquier otro hijo de vecino, incluyendo a sociedades como Red Eléctrica Española.
    Última edición por Quinto; 05/06/2010 a las 08:46
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  2. #2
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    Predeterminado Respuesta: Quiero una rentabilidad razonable ya

    Hola Quinto....razonable es que hoy he recibido una maravillosa oferta de BBva para que solicite un préstamo personal "PIDE" de 25.000 euros para gastarlo en lo que quiera....sabes a que tipo??......12.3 %TAE ...mañana si me acuerdo , lo escaneo y lo subo...;hace poco tambien recibí una oferta de CETELEM...para 10.000 euros...al 12%, 14% y 16% en función del tiempo en que lo devolviera......;es decir los bancos compran una cosa llamada dinero al 1% y me lo venden hasta 16 veces más caro¡¡¡¡¡ y nadie dice ni muuu¡¡...sino más bien beeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeé¡¡¡¡

  3. #3
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    Predeterminado Respuesta: Quiero una rentabilidad razonable ya

    Todo parece indicar que las intenciones de Sebastian son ligar la retribución al coste del dinero en el mercado de capitales.

    Pues bien, tambien va pareciendo que este es el peor momento para hacerlo porque las rentabilidades del bono a 10 años alcanzan ahora su maximo desde 1996.

    http://www.invertia.com/noticias/not...oticia=2352103
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  4. #4
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    Predeterminado Respuesta: Quiero una rentabilidad razonable ya

    No veas la tremenda utilidad que tiene el asunto este de la rentabilidad razonable. Es tan util como atravesar un autobus en una porteria de futbol para que no te marquen goles.

    Ahora se descuelga Sebastian con la idea de que el recorte no va a venir via tarifas sino por las horas generadas con derecho a retribución.

    ¡Que mal estudiante!. ¿Este era de economicas?

    Bueno pues por la economia le viene el agujero en sus intenciones porque retribuir razonablemente una inversion es un concepto que, en puridad, es independiente de las horas o energia generadas y depende fundamentalmente de parametros economicos como importe de la inversion, retribución financiera, amortizaciones, vida de la inversión, etc.

    De hecho en la actividad del transporte de energia electrica no se genera ninguna energia y tambien tienen su rentabilidad razonable que se calcula sin necesidad de las horas de sol.

    Os adjunto la hoja de calculo para una instalacion tipo de 100 Kw.
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  5. #5
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    Predeterminado Respuesta: Quiero una rentabilidad razonable ya

    Perdonad se me habia cortado la impresion y no sale la columna de los ingresos anuales que es la relevante.
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  6. #6
    rosendo está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: Quiero una rentabilidad razonable ya

    Es evidente que no tienen nada claro como quitarnos ese % que nos quieren estafar y van dando palos de ciego, pero se están dando cuenta que cada palo que dan les caen ostias por todos los lados.

    No saben como salirse con su % de descuento e intentan agarrarse a un clavo ardiendo.

    Parece mentira que no exista nadie en el ministerio o en el gobierno que comprenda la situacion y pare esta aberracion,que sin llevarse a efecto ya está haciendo un daño enerme al sector renovable y a la credibilidad de todo el pais.

    Que interesante demostración de que no saben ni lo que están diciendo.

    Que argumentación más brillante Quinto, eres un monstruo.

    Gracias por tu esfuerzo.

    Un saludo.

  7. #7
    tecnun está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: Quiero una rentabilidad razonable ya

    Cita Iniciado por Quinto Ver mensaje
    No veas la tremenda utilidad que tiene el asunto este de la rentabilidad razonable. Es tan util como atravesar un autobus en una porteria de futbol para que no te marquen goles.

    Ahora se descuelga Sebastian con la idea de que el recorte no va a venir via tarifas sino por las horas generadas con derecho a retribución.

    ¡Que mal estudiante!. ¿Este era de economicas?

    Bueno pues por la economia le viene el agujero en sus intenciones porque retribuir razonablemente una inversion es un concepto que, en puridad, es independiente de las horas o energia generadas y depende fundamentalmente de parametros economicos como importe de la inversion, retribución financiera, amortizaciones, vida de la inversión, etc.

    De hecho en la actividad del transporte de energia electrica no se genera ninguna energia y tambien tienen su rentabilidad razonable que se calcula sin necesidad de las horas de sol.

    Os adjunto la hoja de calculo para una instalacion tipo de 100 Kw.
    Muy agudo Quinto! DIGO YO NO HABRA NADIE CON LA DECIMA PARTE DE SENTIDO COMÚN QUE TU EN EL MINISTERIO?? (por citar a alguien no es por peloteo que últimamente estoy viendo un aluvión de argumentos sólidos en nuestra comunidad)
    De verdad yo alucino si es de retardados..todo lo que está pasando en el sector es como para escribir un libro y si no al tiempo ya veréis en 5-10 años como salen unos cuantos ejemplares en alguna editorial.

  8. #8
    preixens está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: Quiero una rentabilidad razonable ya

    Cita Iniciado por Quinto Ver mensaje
    Perdonad se me habia cortado la impresion y no sale la columna de los ingresos anuales que es la relevante.
    Hola Quinto,

    En la hoja que adjuntas, calculas una producción anual de 122.700 kWh y en la columna de ingresos anuales para el año 1, calculas unos ingresos de 85,746.48 euros.

    Si suponemos que el año 1 es este año, el 2010, con una tarifa regulada de 0,465897 Eur/kWh, los 122.700 kWh suponen si la calculadora no me engaña 57.165,56 Eur, que no se parecen en nada a los 85,746.48 que tu calculas.


    ¿A que se debe la discrepancia? ¿ Como calculas los 85,746.48 citados?

  9. #9
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    Quinto está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: Quiero una rentabilidad razonable ya

    Cita Iniciado por preixens Ver mensaje
    Hola Quinto,

    En la hoja que adjuntas, calculas una producción anual de 122.700 kWh y en la columna de ingresos anuales para el año 1, calculas unos ingresos de 85,746.48 euros.

    Si suponemos que el año 1 es este año, el 2010, con una tarifa regulada de 0,465897 Eur/kWh, los 122.700 kWh suponen si la calculadora no me engaña 57.165,56 Eur, que no se parecen en nada a los 85,746.48 que tu calculas.


    ¿A que se debe la discrepancia? ¿ Como calculas los 85,746.48 citados?
    En realidad Preixens los KWH no se emplean para determinar los ingresos sino solo para determinar los costes de Operación y mantenimiento según el criterio de la CNE. En calculo meticuloso y real serian facturas de gastos de operacion y mantenimiento.

    Ingresos anuales = Amortización anual + Retribucion financiera + Coste OM

    Es el sistema establecido en ese RD que, como puedes ver, no requiere datos de producción.
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  10. #10
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    Predeterminado Ha llegado la hora de los abogados… y de los economistas… y de los desfavorecidos.

    Una de las acusaciones de las que resulta más difícil defenderse es de aquella tan reiterada que divulga que nos estamos forrando y que esto de la fotovoltaica es un chollo. Eso cala fácil y profundamente en la sociedad convirtiéndose en un prejuicio o estribillo contra nosotros que luego viene a justificar cuantos recortes se les parezca convenientes.

    El problema radica no solo en que esto sea falso sino que además resulta muy difícil demostrarlo porque simplemente ni el Gobierno ni la gente están dispuestos a prestar la atención necesaria como para llegar a entender las explicaciones que se les pudieran dar. En términos generales podría aplicarse aquella expresión de que existe un gran desequilibrio entre la complejidad de los problemas y las mentes.

    Sin embargo un juez no puede abstraerse de este problema porque, una vez presentada la demanda, esta cuestión pasa a ser su problema. Claro que un juez es un jurista y el problema es económico. El fondo del asunto pasa a ser la definición y concreción del concepto de rentabilidad razonable, algo a lo que sin la menor duda tenemos derecho y a lo que ningún jurista tendría objeción alguna que hacer aunque su concreción esté claramente fuera del campo de conocimientos de esos mismos juristas.

    En definitiva nos encontramos ante lo que suele denominarse como un juicio técnico, aquel en el que los conocimientos técnicos son los que determinan su sentencia y los peritos son sus protagonistas. Existen muchos argumentos jurídicos posibles en este pleito a los que aún se les pueden dar más vueltas y combinaciones, pero la realidad nos muestra que son argumentos poco fiables que, en la mayoría de los casos, ya han sido desestimados en sentencias anteriores. Esa es la baza de Sebastián.

    Sin embargo existe un argumento irrefutable y es que todos y cada uno de nosotros, digamos de los 50.000, tiene derecho a una rentabilidad razonable. Es mas, a lo que tiene derecho es a su propia y personal rentabilidad razonable. No a una rentabilidad obtenida de datos económicos medios o genéricos y tampoco a una rentabilidad considerada como media del sector, sino a la de su propia y particular instalación que tenga en cuenta lo que le costó, donde está ubicada, la tecnología que emplea y un largo etcétera de parámetros económicos que sitúan de lleno el problema en el campo de actividad de un economista.

    Por eso cuando se habla de forrarse y de chollos a veces uno tiene que callar porque tiene constancia de rentabilidades francamente buenas. En realidad lo que sucede es que no existe una rentabilidad del sector sino 50.000 rentabilidades diferentes correspondientes a otras tantas instalaciones y que ese conjunto de rentabilidades se ajustará probablemente a una distribución normal o campana de Gauss por lo que la mayoría obtienen una rentabilidad media y una minoría obtienen rentabilidades mucho más altas y mucho más bajas que esa media.

    El Ministerio, de manera totalmente interesada, emplea a esa minoría más favorecida, que obtiene unas rentabilidades elevadas, para caracterizar y demonizar al conjunto del sector.

    Lo que pasa es que a ese juego pueden jugar dos. Sobre todo cuando el juego empieza a tener unas reglas y un árbitro como el juez.

    De este modo y al igual que existen instalaciones favorecidas en sus rentabilidades existen otras claramente desfavorecidas en las que los riesgos empresariales que se asumieron inicialmente han jugado una mala pasada. A unos les robaron, a otros se les inundó la parcela o el viento se llevó sus seguidores, a otros les vendieron unos paneles de pena y otros apostaron por una tecnología que no funciona.

    Estos son los verdaderos perdedores de un recorte de los años de percepción de la tarifa y son los que de verdad tienen una ocasión para transformar una vileza en una oportunidad. Al fin y al cabo sólo deben exigir aquello a lo que tienen derecho: una rentabilidad razonable, no en términos generales sino la suya, la de su instalación.

    No hace falta tener un buen abogado para demandar esto porque lo esencial es un estudio económico que un economista puede hacer como churros y, con ello, Sebastián se encontrará con un buen montón de demandas en los tribunales en las que los jueces se van a ver obligados a aprender nuevos conceptos como TIR, VAN, plazos de amortización, etc. Estarán muy claros los conceptos jurídicos y habrá que bajar a la arena de la economía.

    Claro que recorriendo este camino cada particular aporta su grano de arena a la seguridad del conjunto del sector porque la rentabilidad razonable dejaría de ser un concepto abstracto y manipulable y pasaría a ser lo que realmente es: un concepto económico y matemático que, para desgracia de los que gobiernan, no se presta a manipulación.

    Así cada demanda es única y especial, no acumulable con el resto y debe ser resuelta de manera particular. Eso es una judicialización del sector a la que Miguel Sebastián debe hacer frente además de otros “problemillas” colaterales. Y es que una rentabilidad razonable para diferentes instalaciones significa asimismo remuneraciones diferentes ¿Qué hará? ¿Poner una tarifa diferente a cada uno? Si todos tenemos derecho a la misma rentabilidad es de cajón que un gallego, con la insolación de su tierra, no debe cobrar lo mismo que un extremeño, andaluz o murciano.

    En esta coyuntura ¿Qué pasaría con la segunda fase de su plan? ¿Qué pasaría con el recorte de las horas?

    ¿Os acordáis de la campana de Gauss? Si recorta las horas ha trazado una nueva línea vertical en esa campana de Gauss más desplazada hacia su centro por lo que muchas más instalaciones se verían afectadas con rentabilidades por debajo de lo razonable y, por lo tanto, plenamente legitimadas para pleitear y exigirla, es decir, la judicialización más grande que posiblemente se haya visto en cualquier sector y un problema muy, muy gordo para su directo responsable: Sebastián.

    Lo peor para este individuo es que en la primera fase de su plan ya ha recibido el mensaje de lo que puede esperar si decide poner en marcha la segunda fase.
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  11. #11
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    Predeterminado Respuesta: Quiero una rentabilidad razonable ya

    Este documento puede dar una idea de como se desmenuza el concepto de rentabilidad razonable.

    Y del tratamiento que le dan a otros.
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  12. #12
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    Predeterminado Respuesta: Quiero una rentabilidad razonable ya

    Cita Iniciado por Quinto Ver mensaje
    En realidad Preixens los KWH no se emplean para determinar los ingresos sino solo para determinar los costes de Operación y mantenimiento según el criterio de la CNE. En calculo meticuloso y real serian facturas de gastos de operacion y mantenimiento.

    Ingresos anuales = Amortización anual + Retribucion financiera + Coste OM

    Es el sistema establecido en ese RD que, como puedes ver, no requiere datos de producción.
    Si entiendo bien tu explicación, estas diciendo que la "columna ingresos anuales" indica lo que se debería ingresar para cubrir los tres conceptos que citas.

    En mi opinión, los ingresos anuales que indicas no los tienen la mayoría de las instalaciones FV, con lo que cortar la tarifa regulada a los 25 años, deja la rentabilidad de la mayoría de las instalaciones FV por debajo de lo razonable, según criterios de la CNE.

    Me reitero en mi idea de que en la demanda que se prepara, se debería hacer hincapié en los beneficios razonables, indicando que beneficios razonables por debajo de los que obtiene por ejemplo Red Eléctrica, son...........y aquí que los abogados pongan los adjetivos adecuados.

    Los abogados no tienen porque conocer la realidad de los números, pero las asociaciones si los conocen y deben insistir en que se busque el modo de incluirlos en los motivos de la demanda.

  13. #13
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    Predeterminado Respuesta: Quiero una rentabilidad razonable ya

    Así es Preixens. Y ahora voy a continuar un poco mas con el desarrollo de la idea.


    Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
    Ley 29/1998, de 13 julio 1998.

    Artículo 31. [Nulidad de disposiciones de carácter general]
    El demandante … también podrá pretender el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y la adopción de las medidas adecuadas para el pleno restablecimiento de la misma, entre ellas la indemnización de los daños y perjuicios, cuando proceda.

    Artículo 37. [Acumulación de oficio]
    2. Cuando ante un Juez o Tribunal estuviera pendiente una pluralidad de recursos con idéntico objeto, el órgano jurisdiccional podrá no acumularlos y tramitar uno o varios con carácter preferente, previa audiencia de las partes por plazo común de cinco días,
    suspendiendo el curso de los demás hasta que se dicte sentencia en los primeros.


    Esa indemnización por daños y perjuicios indicada anteriormente ¿Es cuantificable económicamente?

    Pues me parece que si puesto que está claro que no es lo mismo una amortización a 40 años por ejemplo que otra a 25 años. Cuando hacemos nuestra declaración de la renta y declaramos amortizaciones de bienes de inversión tenemos diferentes opciones y, entre ellas, en algunos casos, podemos aplicar una amortización acelerada que evidentemente, aumenta el importe correspondiente.

    Y como no podía ser de otro modo en ese RD que regula la retribución de la actividad de transporte están recogidos de manera clara y objetiva los criterios y fórmulas aplicables para calcular esa amortización. De este modo el importe de la indemnización por daños y perjuicios sería igual a la diferencia de los importes resultantes entre las amortizaciones a 40 y 25 años.

    Para llegar a esta conclusión es necesario aceptar la simplificación de que la amputación de la tarifa en el año 25 afecta solo a las amortizaciones ya que en teoría sería posible que la instalación siguiera generando y vendiendo energía y destinando estos ingresos a la retribución financiera, otro de los términos de los que se componen los ingresos totales.

    Ampliando un concepto expuesto anteriormente ahora resulta que absolutamente todos estamos afectados por el recorte, a todos se nos ha quitado algo y estamos legitimados para reclamarlo siempre y cuando nuestra rentabilidad se situe por debajo de la referencia.

    ¿Que le sucede entonces al que no reclame?
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  14. #14
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    Predeterminado Respuesta: Quiero una rentabilidad razonable ya

    Para calcular de manera individualizada la referencia de rentabilidad se puede emplear el archivo excel adjunto.
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  15. #15
    preixens está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: Quiero una rentabilidad razonable ya

    Cita Iniciado por Quinto Ver mensaje
    Así es Preixens. Y ahora voy a continuar un poco mas con el desarrollo de la idea.


    Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
    Ley 29/1998, de 13 julio 1998.

    Artículo 31. [Nulidad de disposiciones de carácter general]
    El demandante … también podrá pretender el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y la adopción de las medidas adecuadas para el pleno restablecimiento de la misma, entre ellas la indemnización de los daños y perjuicios, cuando proceda.

    Artículo 37. [Acumulación de oficio]
    2. Cuando ante un Juez o Tribunal estuviera pendiente una pluralidad de recursos con idéntico objeto, el órgano jurisdiccional podrá no acumularlos y tramitar uno o varios con carácter preferente, previa audiencia de las partes por plazo común de cinco días,
    suspendiendo el curso de los demás hasta que se dicte sentencia en los primeros.


    Esa indemnización por daños y perjuicios indicada anteriormente ¿Es cuantificable económicamente?

    Pues me parece que si puesto que está claro que no es lo mismo una amortización a 40 años por ejemplo que otra a 25 años. Cuando hacemos nuestra declaración de la renta y declaramos amortizaciones de bienes de inversión tenemos diferentes opciones y, entre ellas, en algunos casos, podemos aplicar una amortización acelerada que evidentemente, aumenta el importe correspondiente.

    Y como no podía ser de otro modo en ese RD que regula la retribución de la actividad de transporte están recogidos de manera clara y objetiva los criterios y fórmulas aplicables para calcular esa amortización. De este modo el importe de la indemnización por daños y perjuicios sería igual a la diferencia de los importes resultantes entre las amortizaciones a 40 y 25 años.

    Para llegar a esta conclusión es necesario aceptar la simplificación de que la amputación de la tarifa en el año 25 afecta solo a las amortizaciones ya que en teoría sería posible que la instalación siguiera generando y vendiendo energía y destinando estos ingresos a la retribución financiera, otro de los términos de los que se componen los ingresos totales.

    Ampliando un concepto expuesto anteriormente ahora resulta que absolutamente todos estamos afectados por el recorte, a todos se nos ha quitado algo y estamos legitimados para reclamarlo siempre y cuando nuestra rentabilidad se situe por debajo de la referencia.

    ¿Que le sucede entonces al que no reclame?
    A la vista de lo que comentas en el penúltimo párrafo, parece que sería suficiente con, una reclamación en nombre de todas las instalaciones que no alcancen la rentabilidad de referencia o ¿habría que identificarlas una a una? o ¿habría que presentar reclamaciones individualizadas?

  16. #16
    preixens está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: Quiero una rentabilidad razonable ya

    Cita Iniciado por Quinto Ver mensaje
    Para calcular de manera individualizada la referencia de rentabilidad se puede emplear el archivo excel adjunto.
    Acabo de leer que el bono a 10 años se ha puesto hoy al 5.18%.

    Poniendo este valor en la hoja, la instalación de referencia necesita unos ingresos anuales de 87,384.48 Euros, si la instalación se amortiza a los 25 años.

    Cada vez tengo mas claro que si los abogados saben utilizar adecuadamente el asunto de la "rentabilidad razonable" el Ministerio lo tendrá muy dificil en los tribunales.

    Lo que sigo sin entender es porqué las asociaciones no han sido capaces de explicar estas conclusiones a los medios y a la prensa.

  17. #17
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    Predeterminado Respuesta: Quiero una rentabilidad razonable ya

    Cita Iniciado por preixens Ver mensaje
    Acabo de leer que el bono a 10 años se ha puesto hoy al 5.18%.

    Poniendo este valor en la hoja, la instalación de referencia necesita unos ingresos anuales de 87,384.48 Euros, si la instalación se amortiza a los 25 años.

    Cada vez tengo mas claro que si los abogados saben utilizar adecuadamente el asunto de la "rentabilidad razonable" el Ministerio lo tendrá muy dificil en los tribunales.

    Lo que sigo sin entender es porqué las asociaciones no han sido capaces de explicar estas conclusiones a los medios y a la prensa.
    Muy buena la observacion del bono Preixens. En realidad he estado buscando cual seria la referencia correcta y creo que lo mas adecuado seria la del 23 de noviembre, es decir, el dia que se publica el Rd 1565. Ese dia el bono estaba en plena escalada y ya habia alcanzado el 4,891 %.

    Tambien he estado revisando mi contabilidad:

    Inversion inicial: 574.252,09 €
    Gastos OM 2009: 5.623,36 €
    Potencia pico: 90,3 Kw

    Con esto deberia obtener unos ingresos el primer año de 78.382,53 € que no llegué a alcanzar a pesar de tratarse de un año excepcionalmente bueno y tratandose de una instalacion con muy buenas prestaciones y caracteristicas tecnicas, creo que por encima de la media. Claro que a mi me robaron y eso va en el coste.

    Me parece que es normal Preixens que no se haya podido explicar. Incluso aunque se conociera el argumento no creo que nadie esté dispuesto a prestar tanta atención como la que hace falta para entenderlo.

    De todos modos me parece muy interesante constatar que tanto Amper como APPA mencionan con frecuencia la circunstancia de que la normativa es discriminatoria.
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  18. #18
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    Predeterminado Respuesta: Quiero una rentabilidad razonable ya

    Cita Iniciado por preixens Ver mensaje
    Acabo de leer que el bono a 10 años se ha puesto hoy al 5.18%.

    Poniendo este valor en la hoja, la instalación de referencia necesita unos ingresos anuales de 87,384.48 Euros, si la instalación se amortiza a los 25 años.

    Cada vez tengo mas claro que si los abogados saben utilizar adecuadamente el asunto de la "rentabilidad razonable" el Ministerio lo tendrá muy dificil en los tribunales.

    Lo que sigo sin entender es porqué las asociaciones no han sido capaces de explicar estas conclusiones a los medios y a la prensa.

    Para explicar es condición necesaria que haya alguien que quiera escuchar y entender. Los medios viven de la publicidad de los oligopolios, y no muerden la mano que les da de comer aunque eso signifique renunciar a informar de manera objetiva y profesional.

    Eso cuando los medios o periodistas no actuan pagados para que informen tendenciosamente o falsamente, que tambien los hay.

  19. #19
    preixens está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: Quiero una rentabilidad razonable ya

    Cita Iniciado por agrosolar Ver mensaje
    Para explicar es condición necesaria que haya alguien que quiera escuchar y entender. Los medios viven de la publicidad de los oligopolios, y no muerden la mano que les da de comer aunque eso signifique renunciar a informar de manera objetiva y profesional.

    Eso cuando los medios o periodistas no actuan pagados para que informen tendenciosamente o falsamente, que tambien los hay.
    Totalmente de acuerdo con tus puntos de vista agrosolar.

    Pero yo no he leido ningún comunicado de prensa o declaración de ninguna asociación, exigiendo al Ministerio que cuantifique, en % del total de la inversión realizada, el valor de la rentabilidad razonable de una instalación FV acogida al RD 661.

    Me pregunto si los productores FV que obtenemos rentabilidades inferiores de las que calcula la hoja que presenta quinto, no deberíamos realizar una reclamación colectiva, reclamando como dice Quinto, las diferencias de las amortizaciones resultantes de 40 a 25 años.

  20. #20
    Avatar de agrosolar
    agrosolar está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: Quiero una rentabilidad razonable ya

    Cita Iniciado por preixens Ver mensaje
    Totalmente de acuerdo con tus puntos de vista agrosolar.

    Pero yo no he leido ningún comunicado de prensa o declaración de ninguna asociación, exigiendo al Ministerio que cuantifique, en % del total de la inversión realizada, el valor de la rentabilidad razonable de una instalación FV acogida al RD 661.

    Me pregunto si los productores FV que obtenemos rentabilidades inferiores de las que calcula la hoja que presenta quinto, no deberíamos realizar una reclamación colectiva, reclamando como dice Quinto, las diferencias de las amortizaciones resultantes de 40 a 25 años.

    Anper es una asociación todavía muy nueva y que se creó sobre la marcha. Hay mucho trabajo por hacer y pienso que lo tienen (tenemos) claro.

    Las otras asociaciones hay que recordar los coqueteos que tuvieron con el ministerio, amagos de negociaciones...como para ir exigiendo al ministerio.

    Debemos tomar conciencia todos los ciudadanos de que el ministerio, ministro incluido, estan para servir al interés general (aunque nos parezca de risa en estos momentos), y no debe darnos ningun reparo exigir que sirvan al interés general. Como escribí hace tiempo, el político que no lo haga debería rendir cuentas ante la justicia.

  21. #21
    Pepe74 está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: Quiero una rentabilidad razonable ya

    Cita Iniciado por preixens Ver mensaje
    Totalmente de acuerdo con tus puntos de vista agrosolar.

    Pero yo no he leido ningún comunicado de prensa o declaración de ninguna asociación, exigiendo al Ministerio que cuantifique, en % del total de la inversión realizada, el valor de la rentabilidad razonable de una instalación FV acogida al RD 661.

    Me pregunto si los productores FV que obtenemos rentabilidades inferiores de las que calcula la hoja que presenta quinto, no deberíamos realizar una reclamación colectiva, reclamando como dice Quinto, las diferencias de las amortizaciones resultantes de 40 a 25 años.
    Yo creo q para este primer envite con las demandas de las asociaciones es suficiente. En el caso, casi seguro, de recorte de horas yo acudiría con una demanda individual cueste lo que cueste ya que con seguridad si se confirman los números que se manejaban daré en quiebra, así que 3000 euros arriba o abajo me da igual.
    La posible suspensión cautelar tb debería ser estudiada caso a caso.

  22. #22
    preixens está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: Quiero una rentabilidad razonable ya

    Cita Iniciado por Pepe74 Ver mensaje
    Yo creo q para este primer envite con las demandas de las asociaciones es suficiente. En el caso, casi seguro, de recorte de horas yo acudiría con una demanda individual cueste lo que cueste ya que con seguridad si se confirman los números que se manejaban daré en quiebra, así que 3000 euros arriba o abajo me da igual.
    La posible suspensión cautelar tb debería ser estudiada caso a caso.
    Si al final se impone tu criterio, espero que al menos en la demanda de ANPER, en la que yo tambien estoy, se solicite una compensación para las instalaciones que vean reducida su rentabilidad por debajo de la de Red Eléctrica, tal como calcula Quinto en su hoja.

    Además en este supuesto, veríamos los argumentos del Ministerio, en el caso probable de que se opongan.

  23. #23
    Avatar de newinversor
    newinversor está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: Quiero una rentabilidad razonable ya

    Los cálculo de Quinto me parecen correctos, pero sólo dos observaciones:

    1º Se deberían de deducir los impuestos que se pagarían anualmente

    2º Se ha tomado como referencia el tipo de la obligación a 10 años más un diferencial, quizá sea porque según la comunicación de Red Eléctrica, el periodo de las inversiones en infraestructuras abarcan de 2008-2016 o sea 8 años, quizá para nuestros cálculos deberia de tomarse la obligación a 30 años (última subasta en noviembre, antes de estos lios de estos dias, tipo medio de interés de 5,498%)

  24. #24
    preixens está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: Quiero una rentabilidad razonable ya

    Cita Iniciado por Quinto Ver mensaje
    Perdonad se me habia cortado la impresion y no sale la columna de los ingresos anuales que es la relevante.
    Hola quinto,

    Perdona mi ignorancia, pero me puedes explicar porqué el total de la columna amortización anual, es muy superior a la inversión total?

  25. #25
    Avatar de Quinto
    Quinto está desconectado Forero
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    Predeterminado ¿Demanda colectiva o individual?

    En realidad Preixens es que hay que hacerlo para entenderlo.

    Lo que sucede es que, según se determina en el RD, la amortizacion se va actualizando anualmente con un coeficiente que se obtiene de una tasa de actualizacion del 2,5 % anual. Ese coeficiente aparece en la columna anterior. Por eso las cuotas de amortizacion no son constantes sino crecientes. Economicamente está plenamente justificado porque no vale lo mismo el dinero de hoy que el del año que viene.

    En lo que respecta al tema de las demandas individuales o colectivas tengo la impresion de que lo mejor seria una demanda colectiva para los argumentos juridicos y una individual para los argumentos economicos. Me parece un poco peligroso argumentar economicamente con datos generales o medios porque siempre podrán ser discutidos y puestos en duda. Creo que ahora mismo nadie sabe cual es la realidad de esos datos medios o genericos. Precisamente por eso y amparandose en esa laguna de información se creen que pueden cometer la tropelia. Es como si pensaran que se trata simplemente de su opinion contra la nuestra y claro, ellos son el Estado, y nuestra opinion no es imparcial.

    La cosa cambia radicalmente cuando, empleando mi contabilidad oficial y justificando cada dato de mi instalación mediante facturas les desmonto su argumentacion. Ahi ya no estamos hablando de ningún supuesto sino de hechos concretos y demostrables y en donde cada una de esas sentencias individuales apuntala la posicion del conjunto restando credibilidad al argumento de la rentabilidad excesiva.
    "Cuando la compra y la venta está controlada por el legislador, la primera cosa en comprarse y venderse son los legisladores" - P.J. O'Rourke

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