Hola todos y enhorabuena por el foro, realmente es una herramienta muy buena de intercambio de conocimientos entre profesionales, estudiantes e interesados en el mundo de la energia solar.
Bueno, al grano...
Hace unos días leí un post en el que se hablaba de si era correcta segun el rite un tipo de instalacion centralizada de energia solar para acs. Esta se constituía de un circuïto primario (colectores y acumulacion centralizada) y un circuito secundario (desde el acumulador centralizado hasta los interacumulador con resistencia situados en cada vivienda). Lo que quiero comentar con vosotros es que una instalacion de este tipo donde ni el liquido caloportador del circuïto primario ni el del secundario son agua de consumo, creo que no deberia ser correcta (si es que lo es). Este tipo de instalacion pienso que no deberia estar legalizada (si es que lo esta) porque para mi viola los criterios de eficiencia del sistema solar.
Es cierto que tenemos un acumulador solar y unos acumuladores para la energia convencional de apoyo, pero el agua de consumo entra directamente al acumulador de apoyo sin pasar por el acumulador solar, con lo cúal lo que tenemos es algo parecido a un acumulador con dos serpentines. De hecho el acumulador solar no hace otra funcion que la de intercambiador entre primario y secundario (segun mi nomenclatura), pero realmente no hay una acumulacion solar de acs, sino de liquido caloportador.
En mi trabajo me he encontrado con muchas instalaciones diseñadas por ingenieros (yo tambien lo soy) con esta estructura.
¿¿no se que pensaís??
Igual me equivoco en algo, tengo poca experiencia...por eso espero vuestras aportaciones
(y perdonad por el tocho...)