Hola a todos:

bueno segunda duda:

En RITE ITE 10.1.3.2 se especifica que el volumen de acumulación para instalaciones solares térmicas de consumo constante durante el año debe estar entre:
                                             
                           0,8 M <= V <= M

donde M es el consumo medio diario en l/h
y V el volumen de acumulación.

Pero puede surgir el caso en el que exista un desfase entre consumo y captación de más de 24 horas que justifique como se dice en los manuales de CENSOLAR que el volumen de acumulación alcance los 150 l /m2 de superficie colectora. Esto entra en contradicción con la condición del RITE ya que aun habiendo este desfase el consumo es constante durante el año pero el volumen de acumulación está sobredimensionado.

¿Qué opinais?  ¿Se puede considerar un consumo constante, aquel que tiene más de un día de desfase con su captación? Yo supongo que sí

Muchas gracias