Resultados 1 al 10 de 10
  1. #1
    jose maria está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado importar colectores de agua caliente

    Buenos días,

    somos una empresa de importación y exportación y recientemente un cliente nos ha encargado que le busquemos colectores de agua caliente y quisiéramos saber qué certificaciones u homologaciones tienen que tener para que se puedan vender y utilizar en España y en la unión Europea.

    Muchas gracias

  2. #2
    layda está desconectado Miembro del foro
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    sep 2006
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    Predeterminado

    Solicitan el marcado "ce" y que estén certificados por laboratorios acreditados, en el pliego de condiciones técnicas del IDAE te lo indica.
    layda

  3. #3
    Rami está desconectado Miembro del foro
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    ago 2005
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    Predeterminado

    La normativa de aparatos a presión y por tanto el marcado CE no aplica en general a los captadores solares.

    El CTE y la mayor parte de las ordenanzas solares especifican homologación por el Ministerio de Industria o, en Cataluña, la Generalitat.

    Son las únicas instancias que pueden homologar en España.

    Un saludo

  4. #4
    layda está desconectado Miembro del foro
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    sep 2006
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    Predeterminado

    como bien has dicho, industria es la que certifica (no homologa) los captadores y dicen que no aceptan nada sin el marcado ce, también dicen que la palabra homologación ha sido sustituida por certificación.
    layda

  5. #5
    brunomiranda está desconectado Forero
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    ago 2006
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    Predeterminado

    Hola amigos:

    Industria ni certifica ni homologa, exige las certificaciones o las homologaciones o el cumplimiento de los reglamentos de seguridad industrial que procedan.

    Para obtener certificaciones u homologaciones hay que dirigirse a una entidad acreditada (pública o privada), que nos indicará el procedimiento a seguir, os invito a visitar:

    http://www.cener.com/
    http://www.inta.es/

    Muchos saludos.
    Bruno
    http://www.ingenierosindustriales.com
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  6. #6
    elektroSOL está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado

    en principio para q industria homologue un captador se exige un ensayo por instituto acreditado ( si no me equivoco hoy entra en vigor la ley q acredita a algunods institutos eurepos.... franhofer, SPF,....) y tb la certificacion ISO 9000 de la planta por un organismo acreditado en espana

  7. #7
    edipolopide está desconectado Miembro del foro
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    oct 2006
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    Predeterminado

    Perdona brunomiranda, pero en este caso layda tiene razón: el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio si "certifica" y emite una "Contraseña de Certificación".

    Para emitir este certificado se basa en otros certificados, incluso en certificados de certificados (es curioso leerlo con detalle) y en el "Dictamen Técnico" emitido por INTA y/o CENER.

    Por cierto, lo que se certifica por el Ministerio es que "cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por la Orden de 28 de julio de 1980 sobre exigencias técnicas de los paneles solares."
    Las Normativas son tan perfectas como quienes las dictan.

  8. #8
    Rami está desconectado Miembro del foro
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    ago 2005
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    Predeterminado

    Hola,

    perdón si no he sido exacto con los terminos "homologación" y "certificación" que he usado poco diferenciadamente.

    El hecho es que en España los captadores según CTE y otras regulaciones: locales, IDAE, etc "... deberán poseer la certificación emitida por el organismo competente en la materia según lo regulado en el RD 891/1980 de 14 de Abril, sobre homologación de los captadores solares y en la Orden de 28 de Julio de 1980 por la que se aprueban las normas e instrucciones técnicas complementarias para la homologación de los captadores solares, o la certificación o condiciones que considere la reglamentación que lo sustituya."

    En estos momentos tan solo el Ministerio de Industria y la Generalitat de Catalunya emiten certificaciones (Contraseñas de Certificación) válidas en España.

    En lo referente a marcado CE y a menos que se trate de algún desarrollo reciente y que yo desconozca, la normativa de aparatos a presión no aplica a los captadores solares en general y desconozco bajo que otra directiva se podrían marcar los equipos. Si son termosifones con apoyo eléctrico, los apoyos necesitan el marcado CE aplicable a las directivas eléctricas que correspondan.

    Un saludo

  9. #9
    Rami está desconectado Miembro del foro
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    ago 2005
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    Predeterminado

    Cita Iniciado por Rami
    Hola,

    perdón si no he sido exacto con los terminos "homologación" y "certificación" que he usado poco diferenciadamente.

    El hecho es que en España los captadores según CTE y otras regulaciones: locales, IDAE, etc "... deberán poseer la certificación emitida por el organismo competente en la materia según lo regulado en el RD 891/1980 de 14 de Abril, sobre homologación de los captadores solares y en la Orden de 28 de Julio de 1980 por la que se aprueban las normas e instrucciones técnicas complementarias para la homologación de los captadores solares, o la certificación o condiciones que considere la reglamentación que lo sustituya."

    En estos momentos tan solo el Ministerio de Industria y la Generalitat de Catalunya emiten certificaciones (Contraseñas de Certificación) válidas en España.

    En lo referente a marcado CE y a menos que se trate de algún desarrollo reciente y que yo desconozca, la normativa de aparatos a presión no aplica a los captadores solares en general y desconozco bajo que otra directiva se podrían marcar los equipos. Si son termosifones con apoyo eléctrico, los apoyos necesitan el marcado CE aplicable a las directivas eléctricas que correspondan.

    Un saludo
    lo olvidé... las contraseñas de homologación se basan, a dia de hoy y entre otros documentos, en los informes de ensayo exclusivamente de INTA, CENER o LABSOL y son válidas solo para ese producto con las características ensayadas y que a menudo difieren de forma considerable de las publicadas por los fabricantes en su publicidad.

  10. #10
    brunomiranda está desconectado Forero
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    Predeterminado

    Mis buenos amigos, si por "certificar" u "homologar" entiendes el hecho consistente en asignar una "Contraseña de Homologación" y emitir un documento acreditativo, obviamente Industria certifica (y mucho por cierto).

    Si por certificar u homologar entiendes el procedimiento de elaborar una documentación técnica, realizar una serie de ensayos, y abonar honorarios y tasas (creo que en este sentido se encaminaba la pregunta), que concluye con la presentación de una documentación ante Industria y la emisión de la correspondiente aprobación de tipo por parte de la administración, este es un papel que corresponde a entidades acreditadas.

    Puede ser cuestión de semántica, pero mi intención fue orientar al amigo que hizó la pregunta, y mantengo la respuesta, con los matices lingüisticos indicados.

    Saludos despues de tanto tiempo, y feliz navidad.

    P.S. Imagina que un amigo de 18 recién cumplidos pregunta "¿como me saco el carné de conducir?". ¿Tu le contestarías?, "Vete a la DGT". (Como en el chiste del tio en globo y el ingeniero de Microsoft).
    Bruno
    http://www.ingenierosindustriales.com
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