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  1. #1
    albertovk46 está desconectado Forero Junior
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    Predeterminado Duda sobre normativa a aplicar

    Hola a todos.

    Estoy realizando 2 instalaciones de ACS, una en Begur (localidad de Girona) y otra en Azagra (localidad de Navarra) y mi duda es sobre la normativa para la contribución mínima, ¿existe alguna normativa local o provincial?, ¿se aplica sólo el CTE al ser poblaciones pequeñas?

    Muchas gracias de antemano

  2. #2
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    Predeterminado Respuesta: Duda sobre normativa a aplicar

    Hola Albertok46, como minimo debes cumplir el C.T.E. y el R.I.T.E. en lo que se complementan, pero tambien es cierto que hay ciudades que disponen de sus propias Ordenanzas Municipales que tambien son de obligado cumplimiento sobre todo en cuanto a la estetica en cascos urbanos antigüos. Deberias consulta en el correspondiente Ayuntamiento si disponen de Ordenanza al efecto. Un saludo.

  3. #3
    albertovk46 está desconectado Forero Junior
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    mar 2012
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    2

    Predeterminado Re: Respuesta: Duda sobre normativa a aplicar

    Muchas gracias Lobo Solitario. Busqué Ordenanzas, pero no encontré nada y por eso pregunté, para ver si no había buscado bien.

  4. #4
    Avatar de E.Lajara
    E.Lajara está desconectado Forero Junior
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    Predeterminado Re: Respuesta: Duda sobre normativa a aplicar

    Cita Iniciado por LOBO SOLITARIO Ver mensaje
    Hola Albertok46, como minimo debes cumplir el C.T.E. y el R.I.T.E. en lo que se complementan, pero tambien es cierto que hay ciudades que disponen de sus propias Ordenanzas Municipales que tambien son de obligado cumplimiento sobre todo en cuanto a la estetica en cascos urbanos antigüos. Deberias consulta en el correspondiente Ayuntamiento si disponen de Ordenanza al efecto. Un saludo.
    Tiene toda la razon Lobo Solitario.

    Lo primero, es mirar en los ayuntamientos, si existe alguna "norma" sobre este tema. Normalmente, hacen referencia a la disposicion de captadores (en algunas poblaciones, "literalmente" prohiben la colocacion en tejado, como en Cadaques, por ejemplo...).

    Y si no hay nada especificado, se ha de hacer el calculo por CTE, por RITE ( y en la provincia de Cataluña, por el Decreto de Ecoeficiencia), y aplicar el mas desfavorable de todos. Es decir...el que tenga mas superficie de captacion a colocar... normalmente.

    Saludos.




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