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- 26/12/2013, 12:38 #1Forero
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Suministro con autoconsumo en la nueva Ley
Todo el sector eléctrico está revuelto: eléctricas, Gobierno y consumidores. En estas condiciones es muy difícil hacer análisis fríos que permitan tomar decisiones en materia de autoconsumo.
Pendiente de ser publicada en BOE, la ley del Sector Eléctrico puede ser consultada en la web del Senado: http://www.senado.es/legis10/publica...0_287_2140.PDF
En relación con el autoconsumo, la ley le dedica todo su artículo 9 del que a continuación pongo un resumen.
Se pueden distinguir dos modalidades básicas:
a) Modalidades de suministro con autoconsumo: “Cuando se trate de un consumidor que dispusiera de una instalación de generación, destinada al consumo propio, conectada en el interior de la red de su punto de suministro y que no estuviera dada de alta en el correspondiente registro como instalación de producción. En este caso existirá un único sujeto de los previstos en el artículo 6, que será el sujeto consumidor”.
b) Modalidades de producción con autoconsumo: “Cuando se trate de un consumidor asociado a una instalación de producción debidamente inscrita en el registro administrativo de instalaciones de producción de energía eléctrica conectada en el interior de su red. En este caso existirán dos sujetos de los previstos en el artículo 6, el sujeto consumidor y el productor.”
Los consumidores acogidos a las modalidades de autoconsumo de energía eléctrica tendrán la obligación de inscribirse en el registro administrativo de autoconsumo de energía eléctrica, creado a tal efecto en el Ministerio de Industria, Energía y Turismo. (Este registro se creó por Decreto-Ley 9/2013)
Todos los consumidores sujetos a cualquier modalidad de autoconsumo tendrán la obligación de contribuir a los costes y servicios del sistema por la energía autoconsumida, cuando la instalación de generación o de consumo esté conectada total o parcialmente al sistema eléctrico. Para ello estarán obligados a pagar los mismos peajes de acceso a las redes, cargos asociados a los costes del sistema y costes para la provisión de los servicios de respaldo del sistema que correspondan a un consumidor no sujeto a ninguna de las modalidades de autoconsumo descritas en el apartado anterior.
El Gobierno establecerá las condiciones económicas para que las instalaciones de la modalidad b) de producción con autoconsumo vendan al sistema la energía no autoconsumida.
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Por tanto, en el caso de suministro con autoconsumo, donde no se vierte energía a la red, cabe hacer las siguiente consideraciones:
- El consumidor NO tiene consideración de Productor
- NO se requiere registrar como instalación de producción.
- SI se requiere la inscripción en el registro administrativo de autoconsumo del Ministerio, creado por el Decreto-Ley 9/2013)
- NO se menciona expresamente que se tengan que pagar otros peajes y costes que los que correspondan a un consumidor no “autoconsumidor”
Saludos.
-
- 27/12/2013, 15:17 #2Invitado Invitado
- 27/12/2013, 19:34 #3Forero
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Re: Suministro con autoconsumo en la nueva Ley
Hola Oxid.
He leído varias veces el articulo 9. Yo entiendo, a lo mejor quiero entender, que en el caso que no se vierte energía a la red no eres productor. Sin embargo se tendrá que "pagar los mismos peajes" que el resto de consumidores. Es decir lo que ya estamos pagando por ser clientes de una comercializadora.
Además parece lógico, aunque venga un Gobierno. Si no se vierte nada a la red, no tiene sentido hablar de peaje de uso para que pasen los electrones a otro sitio.
Otro cantar será si se quiere verter a la red .....
S2
- 27/12/2013, 20:13 #4
Re: Suministro con autoconsumo en la nueva Ley
No queda nada claro pero según viene redactado entiendo que hay que pagar los mismos peajes de acceso etc. como si el suministro viniera de la red y además el peaje de respaldo ("...y costes para la provisión de los servicios de respaldo del sistema..."). Pero si eso, ¿qué te ahorras con el autoconsumo? Entiendo que quitando peajes "convencionales" ya queda poco más que el precio de mercado y si sobre este cobras peaje de respaldo ya te resulta pagar más por kWh autoconsumido que por consumir de la red... Pero seguro que se me escapa algo, probablemente porque está redactado como el culo sin dejar nada claro...
En todo caso parece la mejor opción vender el excedente que regalarlo y encima pagar peajes por ello.Última edición por Hlebtomane; 28/12/2013 a las 13:48 Razón: ortografía
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- 28/12/2013, 11:15 #5Invitado Invitado
- 28/12/2013, 11:26 #6Forero
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Re: Suministro con autoconsumo en la nueva Ley
Si, yo también pienso que esa es la esencia de la ley que nos interesa. Pero sigo con la duda si esos peajes son a mayores o si son los que ya estamos pagando por estar dados de alta. Yo es que entiendo eso último, y de ser así, si no viertes a red, no tienes más peajes que los que ya estabas pagando, ¿lo entendeís así también?.
- 28/12/2013, 12:45 #7Forero
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Re: Suministro con autoconsumo en la nueva Ley
No, hay una diferencia y te la marco en rojo.
Todos los consumidores sujetos a cualquier modalidad de autoconsumo tendrán la obligación de contribuir a los costes y servicios del sistema por la energía autoconsumida, cuando la instalación de generación o de consumo esté conectada total o parcialmente al sistema eléctrico obligados a pagar los mismos peajes de acceso a las redes, cargos asociados a los costes del sistema y costes para la provisión de los servicios de respaldo del sistema....
Es decir, que los peajes se pagarán en función de la ENERGÍA AUTOCONSUMIDA. De la que va desde tus placas hasta tu lavadora, sin llegar a salir a la red. Es que precisamente esa es la putada!!
Cuando hablan de peajes no se refiere a términos de potencia, sino a la parte correspondiente del coste del kWh que pagan actualmente, todos los consumidores que no son auto-consumidores, en concepto de peajes de acceso y otras mamandurrias.
Así lo entiendo yo...
- 28/12/2013, 14:04 #8
Re: Suministro con autoconsumo en la nueva Ley
¿Alguien sabe a cuánto suben los distintos peajes por kWh (con las diferencias en cuanto al tipo de contrato que si 2.0A, 2.0DHA etc.)?
Luego a ver si alguien sabe algo en cuanto a:
- peaje de respaldo (se entiende como incluida en los otros peajes - por ejemplo, potencia contratada - o viene aparte; ahora repasando, me parece que no debería ser otro peaje que el que paga cualquier usuario no sujeto a ninguna modalidad de autoconsumo)
- balance neto/excedentes (¿hay balance neto de alguna forma o qué pasa con los excedentes?)
Estoy muy confuso, a ver si encuentro algo clarificador...Biblioteca básica de energía solar
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- 29/12/2013, 11:33 #9Forero
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Re: Suministro con autoconsumo en la nueva Ley
La nueva Ley del sector eléctrico ha sido publicada en el BOE el viernes pasado.
http://www.boe.es/boe/dias/2013/12/2...2013-13645.pdf
Esta en vigor desde el sábado 28 de diciembre, día de los santos inocentes.
Evidentemente es muy improbable que esta ley vaya a ser cambiada en esta legislatura y menos en materia de autoconsumo.
Aunque la redacción del articulo 9 es un tanto confusa, creo que dice claramente:
1) La conexión es en el interior de tu red. Vamos como si se enchufa una nevera.
2) Si no viertes (modalidad a, suministro con autoconsumo) no eres Productor
3) Obligado a registrar como Instalación de Autoconsumo. Pero no se requiere autorización previa.
4) Si no se vierte energía a la red no se pagan peajes que no sean los mismos que el resto de consumidores
Saludos.
- 29/12/2013, 12:20 #10
Re: Suministro con autoconsumo en la nueva Ley
Bueno si es así tal y como lo interpretais....no difiere mucho de la situacion alegal en la que estabamos...personalmente no creo que el tema estea tal y como lo estais planteando,me parece demasiado "sencillo" por así decirlo más aún viendolo desde el punto de vista incial.
Pero si el punto 4 es tal cual..si no viertes no pagas...entonces todo lo que se hablaba de impuestos al sol y blabla bla donde se ha quedado????
- 29/12/2013, 14:03 #11Forero
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Re: Suministro con autoconsumo en la nueva Ley
Hola,hace dos meses con una tormenta se me cascó el inversor y estoy esperando a q. se esclarezca si hay q. pagar peajes o no(los va a pagar su p. madre) para comprar otro inversor a red o aislada para apoyar una bomba de calor(desconectada de la red) y estoy barajado tambien la idea de semiaislada(apoyado por la red)es legal o ilegal?A ver si de una vez alguien clarifica esto.
saludos
- 30/12/2013, 08:30 #12Forero Junior
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Re: Suministro con autoconsumo en la nueva Ley
Ahora digo una cosa. Si mi contador es incapaz de saber si la electricidad entra o sale. ¿Como narices piensan aplicar esta norma? Que yo sepa esta prohibido tirar papeles, chicles,... en los municipios, no he visto una multa jamas y las calles están llenas de porqueria que tira la gente.
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Re: Suministro con autoconsumo en la nueva Ley
La ley, en si, no significa nada
A lo que hay que esperar es al reglamento de aplicacion, que creo que aun no esta redactado, y es en lo que se basara el funcionario de turno para decidir si hay infraccion (y denuncia, aunque luego no prospere), o no
Salvo que tengamos algun forero funcionario y con acceso a estos temas, dudo que nos enteremos de como ha quedado redactado el reglamento de aplicacion. Simplemente nos enteraremos de que multas se ponen, y de como se resuelven
En principio, y salvo que el reglamento se redacte de otra manera, lo que generes, aunque no lo viertas a red, pagara peajes si legalizas la instalacion
Y los pagara por que te obligaran a poner un segundo contador que mida lo generado. Cada hora haran un balance entre consumido y generado y pagaras el peaje actual por lo consumido y el nuevo por todo lo generado. Aparte tambien pagaras lo consumido que no hayas generado tu
- 30/12/2013, 09:16 #14
Re: Suministro con autoconsumo en la nueva Ley
Pues lo del peaje de respaldo parece haber desaparecido y sustituido por los peajes de acceso. Digo "parece" porque no lo tengo muy claro, pero la ley dice que los peajes son los mismos que de cualquier consumidor normal sin autoconsumo (textualmente dice: "Para ello estarán obligados a pagar los mismos peajes de acceso a las redes, cargos asociados a los costes del sistema y costes para la provisión de los servicios de respaldo del sistema que correspondan a un consumidor no sujeto a ninguna de las modalidades de autoconsumo descritas en el apartado anterior.
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- 30/12/2013, 09:54 #15Forero
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Re: Suministro con autoconsumo en la nueva Ley
Menuda chapuza de ley:
Alguien sabe donde se puede uno inscribir en el "registro administrativo de autoconsumo de energía eléctrica" pues yo he estado en la web de los del ministerio de industria y no encuentro nada.
Te dicen que te tienes que inscribir pero no dicen nada de la regulazión ni de los costes ni de lo del segundo contador ni de los 3 meses de plazo, en definitiva nada de lo del famoso borrador de mediados de este año.
Saludos
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En cuanto a las multas:
Artículo 67. Sanciones.
1. Las infracciones establecidas en el capítulo I de este título serán sancionadas del modo siguiente:
a) Por la comisión de las infracciones muy graves se impondrá al infractor multa por importe no inferior a 6.000.001 euros ni superior a 60.000.000 de euros.
b) Por la comisión de infracciones graves se impondrá al infractor multa por importe no inferior a 600.001 euros ni superior a 6.000.000 euros.
c) Por la comisión de infracciones leves se impondrá al infractor una multa por importe de hasta 600.000 euros.
2. En cualquier caso la cuantía de la sanción no podrá superar el 10 por ciento del importe neto anual de la cifra de negocios del sujeto infractor, o el 10 por ciento del importe neto anual de la cifra de negocios consolidada de la sociedad matriz del grupo al que pertenezca dicha empresa, según los casos.
Si yo conecto mis 2 paneles con microinversores como los tenia antes de la salida de esta ley en horizontal, los cuales los tenía sin inclinación, pues no compre los herrajes.
El rendimiento de estos en los meses de invierno en hora punta no llegan a 50 w.
¿Cual es mi cifra de negocios? pues lo que genero no alcanza ni a un euro mes en los meses de invierno. que me ¿van a multar con 10 centimos mes?
Esta claro que para mi instalación mejor seguir con los paneles desconectados hasta que se aclare esto. Total mil euros de inversión perdida temporalmente hasta la llegada del proximo gobierno, pues esta claro que no van a ganar la elecciones ni PSOE ni PP la proxima legislatura.
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Re: Suministro con autoconsumo en la nueva Ley
Te pueden poner una multa de hasta el triple del importe bruto que te estes ahorrando
Si generas 500 vatios hora diarios, 365 dias al año, y la multa te la ponen dentro de 5 años = 0.5 x 365 x 5 x 0.2 x 3 = 547 euritos que te pueden caer
Y si generas solo 50 vatios diarios, por que te preocupas? Haz lo que te de la gana; esta ley puedes incumplirla totalmente, nadie se va a ocupar de ti Pero si generas 5, 10, 20 kwh diarios.....la cosa cambia
- 30/12/2013, 10:12 #17Forero
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Re: Suministro con autoconsumo en la nueva Ley
¿De donde sacas lo del triple? ¿donde dice lo del triple en el texto del boe? y las cuentas que me haces no son correctas pues lo del los 50 watios es en hora punta de 2 a 4 por lo que dudo que llegue a producir 2 kw al mes en invierno que no llegan ni a 50 cms mes de ahorro, y lo de desconectarlo es para evitar que me molesten con los papeleos de la denuncia, pues el ahorro es tan despreciable que puedo prescindir de el hasta que se regule correctamente la normativa.
- 30/12/2013, 12:21 #18Forero
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Re: Suministro con autoconsumo en la nueva Ley
"no podrá superar el 10 por ciento del importe neto anual de la cifra de negocios del sujeto infractor", Yo creo que aqui se puede interpretar como todo lo recaudado por el infractor sea sueldo o cualquier otro ingreso.
Es que la verdad no me extraña que en este pais las gestorias,asesorias etc. se esten forrando por que no hay Dios que entienda
algo que salga del Desgovierno, no lo podrian escribir algo mas entendible, adecuado al nivel medio del personal del pais?
- 30/12/2013, 23:08 #19Forero
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Re: Suministro con autoconsumo en la nueva Ley
La Ley 24/2013 fija un marco general que limita las posibilidades del posterior desarrollo reglamentario. El articulo 9 está redactado para cubrir cualquier modalidad de generación para autoconsumo y a cualquier escala, la fotovoltaica doméstica de unos pocas decenas de vatios es solo un caso particular.
Esta ley dice claramente que si tu modalidad de autoconsumo es de tipo 1, es decir suministro con autoconsumo, únicamente tienes consideración de consumidor, no de productor. Si no eres productor no te pueden aplicar "peajes" por la energía autoconsumida, es decir ahorrada.
Por tanto el "contador" será únicamente obligado en el caso de que se vierta energía. Creo que se ha especulado mucho sobre las malas intenciones de la ley y ahora cuesta trabajo entender que, por una vez, el sentido común se vaya abriendo paso.
Por cierto, para "legalizar" una instalación simplemente se tiene que cumplir con el requisito de registrarla. Y ese es, el problema ya que, como apunta RAFSUR, este registro es "invisible" y ya lleva unos meses creado por un Real Decreto. Y lo curioso es que la no inscripción en el invisible registro de autoconsumo es considerado en la ley una falta muy grave (punto 43 del artículo 64).
El jueves intentaré hacer una gestión telefónica/telemática en la Secretaria de Estado de Energía pero mucho me malicio que, después del parto de la subasta de la semana pasada, estarán de vacaciones.
- 31/12/2013, 08:56 #20Forero
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Re: Suministro con autoconsumo en la nueva Ley
Entonces estaré yo equivocado, pero sigo pensando lo mismo:
Todos los consumidores sujetos a cualquier modalidad de autoconsumo (la de tipo 1, también), tendrán la obligación de contribuir a los costes y servicios del sistema por la energía autoconsumida, cuando la instalación de generación o de consumo esté conectada total o parcialmente al sistema eléctrico, estando obligados a pagar los mismos peajes de acceso a las redes, cargos asociados a los costes del sistema y costes para la provisión de los servicios de respaldo del sistema....
Es decir, que los peajes se pagarán en función de la ENERGÍA AUTOCONSUMIDA. De la que va desde tus placas hasta tu lavadora, sin llegar a salir a la red. Es que precisamente esa es la putada!!
- 31/12/2013, 09:02 #21Forero
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Re: Suministro con autoconsumo en la nueva Ley
Algebra pura!! muchas incognitas y pocos datos para trabajar.
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Re: Suministro con autoconsumo en la nueva Ley
Me da igual, no me pienso registrar en ningún sitio...
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- 01/01/2014, 09:19 #24Forero
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Re: Suministro con autoconsumo en la nueva Ley
Yo tampoco me voy a registrar. A ver como acaba esto.....ya solo quedan unos meses hasta las próximas elecciones generales. Hay que resistir.
- 01/01/2014, 11:58 #25Forero
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Re: Suministro con autoconsumo en la nueva Ley
conmigo que tampoco cuenten.........