Resultados 1 al 5 de 5
  1. #1
    promo está desconectado Miembro del foro
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    feb 2006
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    Predeterminado CONTRATO DE MANTENIMIENTO

    Como instalador, alguien ha realizado un contrato de mantenimiento. Cuáles son los puntos básicos que se detallan en este tipo de contratos?. Debido a la complejidad de asegurar un minimo la producción y el elevado periodo , ed, 30 años, es para mi muy dificil ,no el valorarlo ,sino dar ese compromiso. Si alguno me pudiera indicar que puntos se deben de barajar en este tipo de contratos se lo agradecería muchisimo. Un Saludo.

  2. #2
    sercal está desconectado Miembro del foro
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    ene 2006
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    Predeterminado

    Hay instrucciones de las operaciones bastante detalladas en el libro "SISTEMAS DE ENERGÍA FOTOVOLTAICA / Manual del instalador" de ASIF, publicado por PROGENSA. Son muy útiles para dar una buena idea de partida.

    Con estas instrucciones y los requerimientos legales determinados por el REBT y el de centros de transformación, en caso de que aplique, entiendo que estaría cubierto el mantenimiento en cuanto a inspecciones y revisiones por usuario e instalador autorizado.

    No obstante, seguro que hay opiniones más autorizadas y gente con experiencia en el foro que te ayudarán. No tengo información de cómo funciona un contrato de mantenimiento en términos de garantía de potencia y rendimiento, pero entiendo que estas garantías debe proporcionarlas el proyectista-instalador (si se cumplen los requisitos de mantenimiento que deje indicados en el manual de instrucciones y documentación de la instalación).

    Saludos.

  3. #3
    Avatar de molo_mil
    molo_mil está desconectado Miembro del foro
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    feb 2006
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    242

    Predeterminado

    Os dejo lo que he puesto yo en el Pliego de Condiciones sobre Mantenimiento. Es un poco largo pero creo que merece la pena.

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    En los siguientes apartados se detallan las labores y condiciones de mantenimiento a cumplir.

    En todos los casos, y a pesar de que se recalque más adelante, no entra dentro del alcance del mantenimiento el suministro de piezas, aunque sí el de pequeño material eléctrico y el de las herramientas necesarias para realizar dichas labores. Aún así, si será por cuenta del Contratista el gestionar la compra de las mismas con cargo a la Propiedad.

    Se definen dos escalones de actuación para englobar todas las operaciones necesarias durante la vida útil de la instalación para asegurar el funcionamiento, la producción y la vida útil de la misma:

    · Mantenimiento preventivo.

    · Mantenimiento correctivo.

    1 MANTENIMIENTO PREVENTIVO

    El Contratista se compromete a mantener los diferentes componentes del parque fotovoltaico adecuadamente en intervalos regulares o cuando se prevea un fallo de algún componente de la instalación. Los trabajos se realizarán en consonancia con el estado actual de la tecnología, tal y como estipulan las disposiciones reglamentarias y estándares relevantes, en concreto:

    · Inspección para garantizar la operatividad de los generadores fotovoltaicos, seguidores e inversores de acuerdo con la especificaciones aplicables a la planta, sobre todo inspección visual y comprobación de rendimiento de los equipos.

    · Inspección y corrección de conexiones y anclajes.

    · Limpieza de los generadores fotovoltaicos.

    · Inspección y cambio de los materiales de funcionamiento sometidos a desgaste.

    · Recogida de los residuos resultantes, incluida su adecuada eliminación.

    · Examen de los elementos de protección de la instalación.

    El Contratista se compromete a llevar a cabo todas las tareas de mantenimiento de forma tal que cualquier limitación a la generación de energía derivada de ellas sea mínima. Concretamente, el Contratista conducirá preferiblemente el mantenimiento durante periodos de bajo recurso solar. El Contratista se reserva el derecho a posponer o anticipar las citas de mantenimiento preventivo en un máximo de seis semanas. Además, cuando un parque fotovoltaico disponga de varios elementos con distintas fechas de mantenimiento, el Contratista puede organizar de forma colectiva todos los trabajos de revisión. En dicho caso, el Contratista se compromete a proporcionar a la Propiedad un aviso programado y puntual de dicha cita de revisión, en el que se aplicará como norma una semana de antelación.

    1.1 SUPERVISIÓN DEL PARQUE FOTOVOLTAICO

    El Contratista proporcionará una supervisión del parque fotovoltaico las 24 horas del día, mediante un sistema de vigilancia por control remoto que abarcará los 365 días del año. Además, la Propiedad podrá realizar consultas al Servicio de Monitorización los 265 días del año.

    En el caso de que un generador fotovoltaico indique un fallo, el Contratista se compromete a llevar a cabo un diagnóstico de errores sin demora.

    Cuando un diagnóstico de error indique que se ha producido un fallo, el Contratista se compromete a iniciar las acciones que sean necesarias para repararlo sin demora injustificada. Los errores que puedan ser corregidos en línea se corregirán en línea. Respecto a cualquier otro error, el Contratista enviará a la planta el equipo de mantenimiento que tenga disponible en el menor plazo de tiempo posible.

    2 MANTENIMIENTO CORRECTIVO

    Operaciones destinadas a la subsanación de fallos una vez producidos éstos.

    Durante el período contractual, el Contratista realizará los trabajos requeridos para las acciones correctivas necesarias para la marcha adecuada del parque fotovoltaico. El Contratista se compromete a garantizar la ejecución profesional de todas las obras de reparación que sean relevantes y necesarias para este fin.




    La propiedad se compromete a almacenar una reserva de piezas de repuesto normales y proporcionar en un breve plazo de tiempo grandes componentes (inversores y transformadores). El Contratista tendrá derecho a usar piezas de repuesto que estén en buenas condiciones o que previamente hayan sido objeto de una puesta a punto, con la condición de que esto mejora la condición general de los componentes en cuestión y el parque fotovoltaico en sí. Los elementos instalados pasan a pertenecer a la Propiedad, los elementos intercambiados pasan a pertenecer al Contratista.

    Durante el período de garantía, los materiales consumidos será repuestos a expensas de la Propiedad. Una vez finalizado dicho período, la Propiedad adquirirá el stock de repuestos. La reposición de materiales será realizada a expensas de la Propiedad.

    Cuando haya que llevar a cabo un trabajo completo de puesta a punto, el Contratista se compromete a atender a la Propiedad con la mayor antelación posible. Siempre que sea posible, las obras se notificarán 36 horas antes de su comienzo, y 72 horas cuando sea preciso emplear grúas. Sin embargo, en los casos que impliquen trabajos de reparación que no sean globales y el retraso suponga un riesgo, el Contratista tendrá derecho a llevarlos a cabo sin informar previamente a la Propiedad.

    La condición que estipula la obligación de prestar servicios de mantenimiento por parte de el Contratista no será aplicable cuando se haya producido un fallo por las siguientes circunstancias:

    · Fuerza mayor, es decir, circunstancias externas que la Propiedad no pueda impedir a pesar de guardar el máximo cuidado. Incluye circunstancias tales como terremotos, radiación y fuerza del viento que supere la velocidad de supervivencia especificada para la realización de los trabajos.

    · Guerra o desórdenes civiles, huelgas o disturbios.

    · Terrorismo y vandalismo.

    · Intencionalidad o negligencia por parte del operario.

    · Actuaciones llevadas a cabo por terceros sin la autorización de la Propiedad.

    En dichos casos, el Contratista ofrecerá a la Propiedad obras de reparación a cambio de una remuneración acorde con los precios habituales para estos trabajos o según una oferta individual.




    En la medida en que los trabajos de reparación se hayan llevado a acabo, el Contratista proporcionará a la Propiedad un informe mensual de los mismos antes de transcurridas tres semanas desde el final del mes en el que se hayan hecho. Dicho informe deberá incluir detalles referentes a los fallos, la naturaleza de las tareas de reparación, el material empleado y las horas trabajadas.

    Centrándose en cada uno de los componentes principales de la instalación caben destacar operaciones en:

    · Paneles solares.

    · Inversores.

    · Seguidores solares.

    · Protecciones eléctricas.

    · Centros de Transformación y Línea de Media Tensión de interconexión entre trafos.

    2.1 PANELES SOLARES

    No será por cuenta del Contratista el suministro de paneles pero si fijar, conectar y desconectar los mismos.

    Será por cuenta del responsable del mantenimiento disponer de todas las herramientas y recursos necesarios para llevar a cabo las tares asociadas a dicha operación, incluyendo pequeño material eléctrico.

    2.2 INVERSORES

    Será por cuenta del contratista avisar del fallo de los equipos a la empresa suministradora asó como ayudar a la conexión y desconexión de los equipos.

    Será por cuenta del Contratista disponer de todas las herramientas y recursos necesarios para llevar a cabo las tares asociadas a dicha operación, incluyendo pequeño material eléctrico.






    2.3 SEGUIDORES SOLARES

    Será por cuenta del Contratista la gestión de la consecución de las piezas y materiales utilizados para posible actuaciones, estando fuera de alcance del mantenimiento su suministro y siendo facturadas a parte a la Propiedad.

    Será por cuenta del Contratista disponer de todas las herramientas y recursos necesarios para llevar a cabo las tares asociadas a dicha operación, incluyendo pequeño material eléctrico.

    2.4 PROTECCIONES ELÉCTRICAS

    Será por cuenta del Contratista el suministro de las protecciones eléctricas derivadas de defectos o cambios y disponer de todas las herramientas y recursos necesarios para llevar a cabo las tareas asociadas a dicha operación, incluyendo pequeño material eléctrico.

    2.5 CENTROS DE TRANSFORMACIÓN E INFRAESTRUCTURA DE INTERCONEXIÓN DE MEDIA TENSIÓN ENTRE ELLOS

    Según normativa.

    Será por cuenta del Contratista la gestión de adquisición de equipos estando éstos fuera del alcance de la propuesta de mantenimiento.

    Será por cuenta del Contratista disponer de todas las herramientas y recursos necesarios para llevar a cabo las tares asociadas a dicha operación, incluyendo pequeño material eléctrico.

    3 GARANTÍA DE DISPONIBLIDAD

    El Contratista garantiza que las tareas de mantenimiento a realizar en el parque fotovoltaico cumplen con las especificaciones de equipamiento y que las piezas de repuesto son originales.

    Las reparaciones efectuadas y las piezas sustituidas tendrán una garantía de un año. Si durante el período de garantía su sustituyera o reparara algún equipo, la garantía nunca será menor que el período restante de garantía de suministro.





    El Contratista proporcionará a la Propiedad una disponibilidad del 97 % de todas las instalaciones fotovoltaicas incluidas en el Objeto Contractual, a partir del primer mes de la entrada en operación de cada una de las instalaciones. La garantía se reducirá en un uno por ciento cuando finalice el quinto año de funcionamiento.

    El Contratista compensará económicamente a la Propiedad según la siguiente fórmula: la compensación por indisponibilidad es el producto de la producción total de electricidad generada por la instalación fotovoltaica en el año en kWh multiplicada por la diferencia entre la disponibilidad garantizada y la real multiplicada por 0,44 €/kWh.

    La instalación fotovoltaica está disponible si tiene la capacidad de inyectar energía a la red bajo condiciones ambientales normales (velocidad del viento adecuada, red operativa, etc.). los períodos de interrupción del servicio derivados de las siguientes circunstancias no reducen la disponibilidad de las instalaciones fotovoltaicas:

    · Condiciones meteorológicas no adecuadas (como una velocidad del viento superior a 15 m/s, o acumulación de nieve).

    · Período de interrupción mecánica debido a un fallo en la red, perturbaciones o reducciones de capacidad relacionadas con la red, en la medida en que las instalaciones fotovoltaicas no puedan verter energía a la red según especificaciones técnicas.

    · Interrupción o perturbación de la línea telefónica u otros dispositivos de control proporcionados por la Propiedad.

    · Exámenes llevados a cabo por las autoridades de vigilancia técnicas u otros realizados a petición de la Propiedad.

    · Factores externos.

    · Trabajos de mantenimiento preventivo conforme al punto 1, hasta un máximo de 60 horas anuales, o trabajos de puesta a punto según el tiempo empleado, hasta un máximo de 60 horas anuales.

    · Trabajos de mantenimiento correctivo de hasta 12 horas tras la ocurrencia de un fallo, o hasta 48 horas tras la ocurrencia de un fallo en el inversor.

    · Períodos de interrupción causados por la Propiedad.

    · Períodos de interrupción a la omisión de la Propiedad en su deber de cooperar.

    El Contratista dará pruebas de la disponibilidad alcanzada a través del sistema de control de planta.

    El período para calcular la disponibilidad es de un año natural cada uno.

    A la hora de determinar el pago de la compensación por parte de el Contratista disponibilidad de un año se compensará con posibles excesos de disponibilidad durante otros años del período de contrato. De esta forma, al finalizar cada año se realizará un balance de las disponibilidades obtenidas hasta esa fecha, determinando en ese momento la compensación.
    50 millones de años despues ...

  4. #4
    promo está desconectado Miembro del foro
    Fecha de ingreso
    feb 2006
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    17

    Predeterminado GRACIAS

    Muchas gracias Sercal y Molo_mil por vuestra rápida respuesta. Un Saludo.

  5. #5
    sercal está desconectado Miembro del foro
    Fecha de ingreso
    ene 2006
    Mensajes
    128

    Predeterminado

    No hay de qué Promo,

    Se me olvidó decirte que en el "Pliego de Condiciones Técnicas de Instalaciones Conectadas a Red" (PCT-C Rev.-octubre 2002) de "Instalaciones de Energía Solar Fotovoltaica" del IDAE, encontrarás un capítulo, el nº 8, con los siguientes apartados:

    8 Requerimientos técnicos del contrato de mantenimiento
    8.1 Generalidades
    8.2 Programa de mantenimiento
    8.3 Garantías

    Como supondrás, lo puedes encontrar en la pág web del idae.

    Saludos.




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