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  1. #1
    pacogc está desconectado Miembro del foro
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    ene 2006
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    15

    Predeterminado ¿Hay que darse de alta como autonomo?

    Muy buenas, lo primero felicitaros por este foro.

    Segun tengo entendido hay que darse de alta en el I.A.E. para poder vender energía a la compañia suministradora, este tramite sin coste alguno. A parte hay que realizar los modelos trimestrales 300 del IVA y el 390. También hay que hacer las retenciones del IRPF, ¿esto tiene algún coste?

    ¿Hace falta darse de alta como autonomo para una instalación de 20 kw nominales? esto es por los kwh que vendes y por lo tanto los ingresos que tienes o por la potencia de la instalación? ¿Donde esta esto recogido legalmente?

    Ya profundizando en este tema, ¿Hay que pagar el impuesto especial de la electricidad para una instalacion solar fotovoltaica de 20 kw nominales?

    Saludos y gracias de antemano

  2. #2
    simosol está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado

    Buenas,

    no es necesario darse de alta como autónomo. Ahora mismo no sabría decirte concretamente dónde se recoge este concepto, pero en una consulta realizada en su momento al Ministerio de Trabajo y Asuntos sociales, se matizaba que sólo deberían darse de alta como productores autónomos de electricidad aquellas personas cuya actividad económica principal sea la producción de electricidad.

    Por otro lado, el Impuesto Especial como fábrica de electricidad afecta a todas las instalaciones acogidas al Régimen Especial. Las instalaciones fotovoltaicas no deben pagar impuestos por este concepto, aunque, como siempre, hay que presentar declaraciones trimestrales (Modelo 560, creo), para que Hacienda no se enfade...

    En cuanto al IRPF, obviamente se pagará siempre que el neto resultante de los ingresos menos los gastos de explotación (mantenimiento y amortización) sea positivo. La declaración debe hacerse trimestralmente, aún en el caso de resultar negativa ( modelo 130, si nadie dice lo contrario). También creo que debe entregarse el modelo 347 ( Declaración Anual de Operaciones con Terceros) para ventas de electricidad superiores a 3.000€.
    "Cuando creíamos que teníamos todas las respuestas, de pronto, cambiaron todas las preguntas" (M. Benedetti)

  3. #3
    pacogc está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado

    A que se refieren cuando comentais "personas cuya actividad económica principal sea la producción de electricidad", ya que yo actualmente no tengo trabajo pero si quiero hacer una inversión en Energías Renovables.


    ¿Me podría afectar esto?


    Saludos.

  4. #4
    simosol está desconectado Miembro del foro
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    jun 2005
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    Predeterminado

    Cuando dice actividad principal se refiere, hablando claro, a que tu manera de ganarte la vida es mediante los ingresos obtenidos con tu central FV.

    No es tu caso, ni el de la mayoría.

    Saludos.
    "Cuando creíamos que teníamos todas las respuestas, de pronto, cambiaron todas las preguntas" (M. Benedetti)

  5. #5
    canoa está desconectado Miembro del foro
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    1

    Predeterminado

    Buenas tardes,

    Yo quiero invertir en una instalación de 5 Kw. Un asesor fiscal me indicó que si me daba de alta en el IAE la Seguridad Social, automaticamente, me solicitaría el alta en Autónomos. Yo entendia que no era obligatorio ya que no supone mi actividad principal ni los ingresos obtenidos supondrían mi fuente fundamental de ingresos, por lo que hice la consulta por escrito ante la Direccion Provincia de la Tesorería General de la Seguridad Social de Zaragoza y me contestaron que si estoy obligado a darme de alta al entender que realizo una actividad económica con caracter habitual. ¿Me podrias indicar donde puedo conseguir la resolución del Ministerio de Trabajo donde indica que no existe la obligacion de darme de alta en autónomos?.

    Gracia y un saludo

  6. #6
    IMATION-XXI está desconectado Miembro del foro
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    feb 2006
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    7

    Predeterminado Mejor S.L

    ponerte un sueldo ejemp: 80.000pts
    40.000 de salario y 40.000 como dietas
    40.000 x 12: 480000 no llegas al mínimo por lo tanto no declaras
    40.000x 12: 480000 como no haces declaración no tienes que incluir las dietas.
    como trabajas para una s.l tu salario y dietas entran como gastos de la s.l
    esto es legal.
    Esto es algo asi pero no debe de ser del todo correcto, en el primer contacto con mi gestor, para ver que interesaba más, s.l o autónomo
    me explicó algo parecido para convencerme de que era mejor.
    informate bien.
    Otra cosa una instalación debe de empezar a funcionar en los meses finales de un año. ya que las s.l pagan el I.S al final del año siguiente.

    Creo que buscando un buen gestor se ahorra dinero y te ayudan a sobre llevar mejor esto.




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