Supongamos una pequeña cooperativa que suministra a una serie de clientes, ¿se podría dar el caso de solicitarle un punto de conexión para inyectar nuestra producción?
Se considera la citada cooperativa una empresa de distribución o sólo de comercialización y por lo tanto no procede que le solicitemos punto de conexión?
¿ o podríamos inyectarle hasta el 50% de su capacidad? En tal caso ¿quien paga esa prima?