El nuevo Real Decreto 661, dice que el encargado de lectura de la energía producida es el distribuidor correspondiente.
La pregunta que hago a este foro es: ¿Cuanto puede cobrar la empresa distribuidora: Iberdrola, Viesgo, Endesa, etc... al propietario de la instalación por ese servicio obligado?. Conozco a quien la distribuidora ha presentado un contrato anual por el que cobrará por este servico unos 600 € en instalación de 100 kw. 6 €/kw, ¿no es una pasada?.