Resultados 1 al 10 de 10
  1. #1
    p_perez está desconectado Forero
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    ene 2008
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    46

    Predeterminado Fiscalidad de una instalación fotovoltaica doméstica

    Hola,

    parece que hoy estoy prolijo. Estoy buscando información sobre el tratamiento fiscal que tendría una nueva instalación doméstica fotovoltaica. Tengo dos dudas concretas:

    --fiscalidad a aplicar sobre la subvención recibida;
    --posibles deducciones en el IRPF por el coste de la instalación.

    Saludos ...

  2. #2
    Sol_t está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Fiscalidad de una instalación fotovoltaica doméstica

    Cita Iniciado por p_perez Ver mensaje
    Hola,

    parece que hoy estoy prolijo. Estoy buscando información sobre el tratamiento fiscal que tendría una nueva instalación doméstica fotovoltaica. Tengo dos dudas concretas:

    --fiscalidad a aplicar sobre la subvención recibida;
    --posibles deducciones en el IRPF por el coste de la instalación.

    Saludos ...
    La fiscalidad de la subvención depende de la entidad otorgante. A mi me subvencionan el IBI de mi vivienda y me aparece como rendimiento del trabajo. En el artículo que te pego habla de ganancia patrimonial, que tiene fiscalidad diferente.
    https://www.agenciatributaria.es/AEA...aracion_.shtml

    Desconozco si esto está vigente porque la normativa tributaria va cambiando. IRPF: https://www.agenciatributaria.es/AEA...electrica.html

  3. #3
    p_perez está desconectado Forero
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    ene 2008
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    46

    Predeterminado Re: Fiscalidad de una instalación fotovoltaica doméstica

    Esto es lo que he encontrado, en este caso aplicado al plan PIVE para vehículos:

    Tal como especifica la Agencia Tributaria en su página, “todas las subvenciones o ayudas recibidas por personas que no realizan actividades económicas, tienen la consideración de ganancias patrimoniales, por lo que están sujetas y no exentas en el Impuesto sobre la Renta. Las que reciben las personas que realizan actividades económicas, pueden tener la consideración de rendimiento de la actividad o de ganancia patrimonial, según el destino de la subvención o ayuda.


    O sea, parece que cada uno tendrá que pagar su marginal sobre la cantidad de la ayuda.

    - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

    O esto, que creo es lo mismo (directamente de la página de la AEAT):

    Si los beneficiarios de estas ayudas públicas son personas físicas que no realizan ninguna actividad económica la obtención de las ayudas públicas del plan PIVE para la adquisición de un vehículo constituyen para el beneficiario una ganancia patrimonial, no derivada de transmisión de elemento patrimonial a integrar en la base imponible general.

    Supongo que también es válido para la subvención fotovoltaica.

  4. #4
    roberto33 está desconectado Forero
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    ago 2018
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    Predeterminado Re: Fiscalidad de una instalación fotovoltaica doméstica

    Cita Iniciado por p_perez Ver mensaje
    Esto es lo que he encontrado, en este caso aplicado al plan PIVE para vehículos:

    Tal como especifica la Agencia Tributaria en su página, “todas las subvenciones o ayudas recibidas por personas que no realizan actividades económicas, tienen la consideración de ganancias patrimoniales, por lo que están sujetas y no exentas en el Impuesto sobre la Renta. Las que reciben las personas que realizan actividades económicas, pueden tener la consideración de rendimiento de la actividad o de ganancia patrimonial, según el destino de la subvención o ayuda.


    O sea, parece que cada uno tendrá que pagar su marginal sobre la cantidad de la ayuda.

    - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

    O esto, que creo es lo mismo (directamente de la página de la AEAT):

    Si los beneficiarios de estas ayudas públicas son personas físicas que no realizan ninguna actividad económica la obtención de las ayudas públicas del plan PIVE para la adquisición de un vehículo constituyen para el beneficiario una ganancia patrimonial, no derivada de transmisión de elemento patrimonial a integrar en la base imponible general.

    Supongo que también es válido para la subvención fotovoltaica.
    Descontad de la subvención aproximadamente un 30%, si tienes una muy buena nómina será más.
    Un saludo

  5. #5
    p_perez está desconectado Forero
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    ene 2008
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    Sevilla
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    46

    Predeterminado Re: Fiscalidad de una instalación fotovoltaica doméstica

    Pues teniendo en cuenta que hay que devolver buena parte de la subvención con la declaración de la renta, que el presupuesto suele ser más elevado si se pide con ella, y que la instalación se retrasaría hasta que se apruebe (a no ser que se quiera adelantar el dinero), es para pensarse muy mucho el pedir la dichosa subvención.

  6. #6
    Sol_t está desconectado Forero
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    dic 2013
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    Predeterminado Re: Fiscalidad de una instalación fotovoltaica doméstica

    Cita Iniciado por p_perez Ver mensaje
    Pues teniendo en cuenta que hay que devolver buena parte de la subvención con la declaración de la renta, que el presupuesto suele ser más elevado si se pide con ella, y que la instalación se retrasaría hasta que se apruebe (a no ser que se quiera adelantar el dinero), es para pensarse muy mucho el pedir la dichosa subvención.
    La mayoría de las subvenciones (por no decir todas) son un quebradero de cabeza y un engañabobos porque al final no es tal.

    Con el PIVE de los coches lo mismo, te dan un dinero y luego tienes que tributar por él. Al final el dinero que te han dado no es el mismo neto.

    Con el IBI subvencionado de los ayuntamientos, es incluso más sangrante, porque en mi caso tiene consideración de rendimiento del trabajo y aquellos ciudadanos que por escasos ingresos no estan obligados a declarar el IRPF, al tener dos pagadores (en la renta aparece como tu pagador el ayuntamiento y el importe de la subvención como si lo hubieras cobrado), ya les obliga. Es un sinsentido.

    En fin, que el tema de las subvenciones hay que analizarlo muy mucho porque la mayoría de las veces no es tan interesante como anuncian las administraciones. A las administraciones solo les importa "la noticia", no el trasfondo.

  7. #7
    Avatar de Ventorrillo
    Ventorrillo está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Fiscalidad de una instalación fotovoltaica doméstica

    Efectivamente el sistema de subvenciones en éste país es absurdo. Yo ni me lo planteé el pedirla.
    Curiosamente hay una cosa que nos beneficia pero que precisamente por ello no se le da publicidad por parte de Hacienda.
    El día que vendas la casa donde está la instalación podrás deducir de la plusvalía el importe que empleaste para mejorar la eficiencia energética de la misma, así que guardad las facturas que algo es algo.
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    Inversor SolarEdge SE5000-HD Wave, Interface, Meter y Pinza 100A
    15xAxitec 270W+4x280W+7xJA345W + 26 optimizadores P300/401
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  8. #8
    Miquel1975 está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Fiscalidad de una instalación fotovoltaica doméstica

    Estoy deacuerdo en todo lo que decís, me creía que había poca gente que sabía esto, pero veo que aquí hay bastantes.

    Son un poco engañosas las subvenciones que nos dan. Tendrían que ser del 100%.

  9. #9
    p_perez está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Fiscalidad de una instalación fotovoltaica doméstica

    Cita Iniciado por Ventorrillo Ver mensaje
    Efectivamente el sistema de subvenciones en éste país es absurdo. Yo ni me lo planteé el pedirla.
    Curiosamente hay una cosa que nos beneficia pero que precisamente por ello no se le da publicidad por parte de Hacienda.
    El día que vendas la casa donde está la instalación podrás deducir de la plusvalía el importe que empleaste para mejorar la eficiencia energética de la misma, así que guardad las facturas que algo es algo.
    Buena información, Ventorrillo, no sabía lo de la plusvalía. Guardaré con cuidado las facturas!

  10. #10
    Sol_t está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Fiscalidad de una instalación fotovoltaica doméstica

    Cita Iniciado por p_perez Ver mensaje
    Buena información, Ventorrillo, no sabía lo de la plusvalía. Guardaré con cuidado las facturas!
    Plusvalía en el IRPF, no confundir con la plusvalía municipal, que por ahora en esta última no te dejan deducir nada.
    Igualmente en el IRPF hay deducción por reinversión en vivienda habitual si compras otra vivienda (y es habitual) en los 2 años siguientes a la venta.




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