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  1. #1
    Avatar de jor-sol
    jor-sol está desconectado Forero
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    Predeterminado Aval en terreno industrial

    Hace tiempo que envié un email a la CNE con una duda respecto al Aval, pero como no me contestan la expongo aquí para escuchar opiniones:

    "Tengo una duda respecto a la presentación del aval de 500€/Kw si la instalación fotovoltaica se hiciese en terreno industrial.

    El RD en su disposición final segunda, concretamente en el “artículo 66 bis” dice:

    “Para las nuevas instalaciones de producción en
    régimen especial, el solicitante, antes de realizar la
    solicitud de acceso a la red de distribución deberá
    haber presentado un aval por una cuantía equivalente
    a 500 €/kW instalado para las instalaciones
    fotovoltaicas o 20 €/kW para el resto de instalaciones.
    La presentación de este resguardo será requisito
    imprescindible para la iniciación de los procedimientos
    de acceso y conexión a la red de distribución
    por parte del gestor de la red de distribución.
    Quedarán excluidas de la presentación de este
    aval las instalaciones fotovoltaicas colocadas sobre
    cubiertas o paramentos de edificaciones destinadas
    a vivienda, oficinas o locales comerciales o industriales.”




    Mi pregunta es: si yo tengo un terreno industrial con su nave y su parking y con terreno disponible y quiero acometer una instalación solar fotovoltaica, por ejemplo, para la sombra del parking o en el terreno disponible, ¿tengo que presentar el aval?

    Lo dudo porque, si no lo tenía mal entendido, el origen de este aval era detener la especulación sobre terrenos rústicos con punto de conexión y así desinflar la burbuja especulativa que se creó. No tiene mucho sentido que en una parcela de un polígono industrial (o un terreno urbano o industrial) se tenga que tratar de igual manera, ya que dicha especulación no existe."


    O no la han leído o pasan de responderme .

    ¿Alguna opinión?
    "Cuando teníamos las respuestas, nos cambiaron las preguntas"

    Mario Benedetti

  2. #2
    renova2 está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado

    La logica te da la razón, pero como ya sabemos como se las gastan nuestros amigos de industria... No se que decirte...
    Renovarse o morir...

  3. #3
    renova2 está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado

    La logica te da la razón, pero como ya sabemos como se las gastan nuestros amigos de industria... No se que decirte...
    Renovarse o morir...

  4. #4
    Avatar de Jumanji
    Jumanji está desconectado Forero
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    Predeterminado

    Interesante pregunta.

    En mi opinión, y esto es una interpretación (algo por desgracia bastante común en este sector, las interpretaciones...), y según la frase "Quedarán excluidas de la presentación de este aval las instalaciones fotovoltaicas colocadas sobre cubiertas o paramentos de edificaciones destinadas a vivienda, oficinas o locales comerciales o industriales" entiendo que si la instalación es sobre terreno => AVAL, independendientemente de su calificación.

    Ahora bien, no es lo mismo que hacer una pérgola en el párking, en cuyo caso entiendo que se puede considerar construcción.

    En principio, lo del aval era para la especulación y blablabla. Pero no nos engañemos Jor-Sol, todos sabemos qué hay detrás...
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  5. #5
    malenna está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado

    Totalmente de acuerdo con Jumanji, la misma interpretación:

    "entiendo que si la instalación es sobre terreno => AVAL, independendientemente de su calificación."

    Creo que el punto 3 de la Disp. final segunda da lugar a esa interpretación, sólo habla de edificaciones, podría encajar en este punto el tema de una pérgola o algo así. Pero todo lo que sea suelo, entiendo deberá pasar por el aval.

  6. #6
    MIGUELON11 está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado

    Desde ASIF tras consulta al despacho Garrigues Asesores la interpretación esta clara....

    -Sobre suelo "no urbanizable o industrial" SI AVAL

    -Sobre tejado = "suelo urbano o industrial" NO AVAL

    Por lo menos, ahora los aventureros y especuladores saben a lo que se enfrentan y los pequeños inversores saben que les dificulta mas su proyecto... A quien beneficia esta situación????? :shock: :shock: :shock:

    En fin, todos lo sabemos....




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