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  1. #1
    ArteSolar está desconectado Forero Junior
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    8

    Predeterminado QUE HAY DE LA NUEVA TRIBUTACIÓN DE LAS SOCIEDADES CIVILES

    Parece ser que a partir de enero de 2016 las Sociedades civiles con objeto mercantil, (es decir muchas de las sociedades que se crearon para las pequeñas fotovoltaicas) tienen que llevar una contabilidad de acuerdo con el Codigo de Comercio tributando por el impuesto de sociedades y dejando de hacerlo por atribución de rentas IRPF.
    ¿Esto es así?, Si tal como parece tenemos que llevar una contabilidad como una gran empresa finalmente tendremos que acudir a un gestor administrativo. Un gasto mas.

  2. #2
    Sol_t está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: QUE HAY DE LA NUEVA TRIBUTACIÓN DE LAS SOCIEDADES CIVILES

    Cita Iniciado por ArteSolar Ver mensaje
    Parece ser que a partir de enero de 2016 las Sociedades civiles con objeto mercantil, (es decir muchas de las sociedades que se crearon para las pequeñas fotovoltaicas) tienen que llevar una contabilidad de acuerdo con el Codigo de Comercio tributando por el impuesto de sociedades y dejando de hacerlo por atribución de rentas IRPF.
    ¿Esto es así?, Si tal como parece tenemos que llevar una contabilidad como una gran empresa finalmente tendremos que acudir a un gestor administrativo. Un gasto mas.

    http://www.solarweb.net/forosolar/as...tml#post300405

    En este post se habla de esta problemática, es reciente.

    Como tu bien has dicho, es un gasto más, pero en función del tamaño de tu instalación, el incremento impositivo puede ser importante... Como ya explico en el post anterior.

  3. #3
    fjgomgil está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: QUE HAY DE LA NUEVA TRIBUTACIÓN DE LAS SOCIEDADES CIVILES

    Hola,
    es cierto que está tratado en otro hilo, "Real Decreto 413/2014: Retribuciones y normativa", pero quizás sería conveniente continuar éste, pues no tiene mucha relación con el hilo en el que se planteó inicialmente.

    Yo estoy en el mismo caso, tengo varias dudas, y resumo brevemente la situación:

    * Sociedades Civiles: en el caso de que tengan una instalación fotovoltaica, como el caso que nos interesa en el foro, cambia la tributación y la contabilidad. Ahora son como si fueran una S.L.

    * Comunidades de Bienes: en el caso de que una comunidad de bienes tenga una instalación fotovoltaica, independientemente de si debiera ser una Comunidad de Bienes o Sociedad Civil, no le cambia nada la contabilidad ni la tributación. A este respecto hay una consulta vinculante a hacienda y lo deja bien claro. Enlace: Visualizando documentos

    Creo que podríamos continuar este hilo quienes tengamos una Sociedad Civil para plantear nuestras dudas y realizar este paso correctamente y de la manera más ventajosa fiscalmente posible.

    Saludos

  4. #4
    Sol_t está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: QUE HAY DE LA NUEVA TRIBUTACIÓN DE LAS SOCIEDADES CIVILES

    Muchas gracias por tu aportación. Ahora queda claro, jurídicamente, que las CB no estan afectadas por este cambio de normativa.

  5. #5
    fjgomgil está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: QUE HAY DE LA NUEVA TRIBUTACIÓN DE LAS SOCIEDADES CIVILES

    Comienzo por una duda:

    INTRODUCCIÓN
    A 1 de enero de 2016 deberemos hacer un balance inicial de al Sociedad Civil (SC). En él se indicarán los bienes que tiene, que en las SC creadas para tener una instalación fotovoltaica, ésta será prácticamente el único bien. Cuanto más valor tenga al inicio, mayores cantidades podremos después repartir sin tributar, pues serán disminuciones del capital en vez de pago de dividendos. La valoración que le demos será pues fundamental para la posterior tributación.

    CUESTIONES / DUDAS
    1) ¿deberá la valoración inicial ser la que continúe con el valor en libros de la contabilidad anterior? Esto es, el valor de compra, menos la deuda pendiente y menos las amortizaciones.
    2) ¿podría el valor inicial ser el de compra menos la deuda, pero sin restarle las amortizaciones?
    3) ¿podría ser el valor inicial diferente del de compra, como por ejemplo hacer un descuento de flujos de caja futuros y justificar una valoración distinta?
    4) si modificamos la Sociedad Civil y la convertimos a SL ¿podremos valorar la instalación de forma diferente para darle más valor inicial y tributar menos posteriormente cuando repartamos dinero en forma de disminución de capital social? ¿Se podrá transformar la SC a SL sin riesgo de perder los ingresos amparados por el RD 661?

    Muchas gracias

  6. #6
    fotovolta está desconectado Forero Junior
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    Predeterminado Re: QUE HAY DE LA NUEVA TRIBUTACIÓN DE LAS SOCIEDADES CIVILES

    Hola amigos:
    Este tema de la fiscalidad de las S.C. esta desarrollado en el hilo de arriba, no obstante, y a modo de resumen, comentar que este combio de fiscalidad va a suponer aproximadamente, para una planta de 100Kw, sobre 5000 euros. Parece ser, aunque no estoy completamente seguro que las C,B. no podrán desarrollar la actividad fotovoltaica y tendrán que cambiar para cotizar po el impuesto de sociedades con el consiguiente prejuicio. Para mi el tema es de mucha importancia y se debería tratar por las asociaciones con el gobierno ya que todas (o casi) las intalaciones pequeñas vamos a estar afectados por este cambio. Saludos

  7. #7
    fjgomgil está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: QUE HAY DE LA NUEVA TRIBUTACIÓN DE LAS SOCIEDADES CIVILES

    Gracias Sol_t.
    Hola fotovolta, indicar que por el momento no hay ningún cambio para las Comunidades de Bienes (CB). Indico esto para no inquietar a quienes tengan una CB.
    Bien es cierto que en foros de contabilidad hay gente que OPINA que quizás en un FUTURO obliguen a las CB que tengan actividad mercantil, como lo es la fotovoltaica, a transformar la CB en una Sociedad Civil.
    Pero de momento a las CB no les afecta en nada.
    Coincido contigo que esta modificación fiscal es muy, muy importante para la rentabilidad de las instalaciones fotovoltaicas. Es por ello que estaría bien que tuviéramos este hilo propio para tratar este asunto.
    Saludos
    Javier

  8. #8
    franm está desconectado Forero Junior
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    Predeterminado Re: QUE HAY DE LA NUEVA TRIBUTACIÓN DE LAS SOCIEDADES CIVILES

    Es seguro que las sociedades civiles deben hacer un balance inicial a 1 de Enero,cambien o no su soc¡edad civil?
    Alguien podría informarme del tema .Soy una Sociedad Civil y no sé como tengo que actuar.
    gracias

  9. #9
    ArteSolar está desconectado Forero Junior
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    Predeterminado Re: QUE HAY DE LA NUEVA TRIBUTACIÓN DE LAS SOCIEDADES CIVILES

    Gracias a todos, resumiendo entiendo que si se trata de una comunidad de bienes mejor esperar pues hay una consulta a hacienda y si se trata de una Sociedad Civil habrá que adaptarse como si fuera una SL.
    Hasta ahora todos los papeles me los realizaba yo mismo pero creo que tendré que llevarlo a un Gestor Administrativo para no dejar nada por hacer.

  10. #10
    fotovolta está desconectado Forero Junior
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    Predeterminado Re: QUE HAY DE LA NUEVA TRIBUTACIÓN DE LAS SOCIEDADES CIVILES

    Si las comunidades de bienes continúan con el mismo sistema impositivo. ¿las sociedades civiles, las podemos cambiar a comunidades de bienes?

  11. #11
    ArteSolar está desconectado Forero Junior
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    Predeterminado Re: QUE HAY DE LA NUEVA TRIBUTACIÓN DE LAS SOCIEDADES CIVILES

    Creo que tendrías que dar de baja la sociedad civil y de alta la nueva comunidad de bienes.

  12. #12
    MUS
    MUS está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: QUE HAY DE LA NUEVA TRIBUTACIÓN DE LAS SOCIEDADES CIVILES

    yo,de momento la planta solar;la tengo como persona física; y se paga un 20% en declaraciones trimestrales de las ganancias.......Dentro de varios años,cuando tenga amortizado el prestamo,consultaré con mi asesor para ver si constituir una sociedad o que se puede hacer....

    Pero de momento,a este ritmo llevo pagando desde agosto 2008 ,y aun me quedan otros seis o siete años para pagar prestamo.

    Gracias por vuestras aportaciones.

  13. #13
    fjgomgil está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: QUE HAY DE LA NUEVA TRIBUTACIÓN DE LAS SOCIEDADES CIVILES

    Hola Fotovolta y ArteSolar,
    eso es lo primero que se me ocurre a mí también, cambiar la SC por una CB, pero dudo mucho que ese cambio lo permitan desde hacienda en este momento. En rigor, la actividad fotovoltaica no debiera figurar como una CB, según tengo entendido.
    Habrá que comenzar con la contabilidad de empresas, y realizar los pagos a cuenta en abril, julio y octubre. En nuestro caso entiendo que los pagos a cuenta tendrán como referencia los beneficios del año 2015, y no se considerará como nueva actividad.
    (Parece que estas navidades vamos a tener entretenimiento aprendiendo la nueva contabilidad...)
    Saludos

  14. #14
    fotovolta está desconectado Forero Junior
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    Predeterminado Re: QUE HAY DE LA NUEVA TRIBUTACIÓN DE LAS SOCIEDADES CIVILES

    Gracias por vuestros comentarios.
    De momento yo he constituido una CB a la que intentare traspasar el negocio fotovoltaico, mi asesor duda que nos dejen pero por intentarlo.....de todas formas entiendo, que si muchas cb están operando el negocio fotovoltaico ¿ con que argumentos me lo van a denegar? a no ser que se oblige a todas las CB a cambiar y cotizar por el impuesto de sociedades.

  15. #15
    SITEC está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: QUE HAY DE LA NUEVA TRIBUTACIÓN DE LAS SOCIEDADES CIVILES

    Pues si no te importa te agradecería que nos tuvieras informados de si te dejan hacerlo por si es interesante para hacerlo también los demás.

  16. #16
    Avatar de Sampedro
    Sampedro está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: QUE HAY DE LA NUEVA TRIBUTACIÓN DE LAS SOCIEDADES CIVILES

    Hola.

    Por supuesto que se podrá traspasar de una SC a una CB. El problema surge que abra que realizar todos los trámites como si de una compraventa se tratase, es decir, Pago de Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, esto puede ser al orden del 8% al 10% del valor de la instalación según en qué Comunidad Autónoma este la instalación y todos los cambios de titularidad en Industria, la distribuidora y otros.

    No es fácil ni rápido.

  17. #17
    fotovolta está desconectado Forero Junior
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    Predeterminado Re: QUE HAY DE LA NUEVA TRIBUTACIÓN DE LAS SOCIEDADES CIVILES

    Hola:
    Parece ser que hasta el 30 de junio esta exento de pagar este impuesto. Para el tramite con industria y distribuidora hacen falta cinco o seis meses




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