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  1. #1976
    jgil está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5

    Ese creo q es el anexo VIII

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  2. #1977
    Avatar de newinversor
    newinversor está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5

    ESTO ES UNA ESTAFA DE ESTADO Y POR ELLOS -los gobiernos, politicos y Oligopolio- LO PUEDO PERDER TODO"

    Excelente INTERVENCION de Solesitos (Baldo) en el programa de la Sexta, cuando se habla desde la verdad y del sufrimiento como no hace falta mentir se DICEN VERDADES COMO PUÑOS.

    Gracias Baldo, nunca, repito, nunca, debemos de escondernos, LOS DELINCUENTES SON ELLOS.

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    Por cierto, una duda que me "corroe" sobre todo porque significa quizá ingresar dinero.....

    El Gobierno ha tenido en cuenta para el cálculo de las retribuciones de las IT los ingresos anteriores, entonces las preguntas son....

    1.- ¿Habrá tenido en cuenta que del 2011 devolvimos en Febrero-Marzo 2013 el exceso cobrado según el recorte del RDL 14/2010?

    (Importante saberlo porque si no lo ha tenido en cuenta se supone que nos ha considerado más ingresos de los reales)

    2.- La misma pregunta para el exceso del 2012 ¿lo habrá tenido en cuenta como mayor cobro?

    Si es así, y lo ha tenido en cuenta, en teoría NO DEBEMOS DEVOLVER NADA DEL 2012.
    "Gestión y servicios para productores fotovoltaicos"

  3. #1978
    victor9966 está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5

    Magnifico programa de la sexta y coincido con un forero que lo ha expresado anteriormente, me ha dado mas grima el representante del PP que el de Unesa que ya es decir, es irracional lo que estan haciendo y quiero expresar que doy todo mi apopo a las iniciativas que se hagan por las asociaciones, pues reconozco que estan haciendo lo imposible para parar este desproposito y ruego persistan en el trabajo de defender nuestros derechos y la legalidad, particularmente y aun no siendo de los mas afectados voy a tener que poner en venta mi vivienda para poder hace frente a los pagos y no perderlo todo, no he querido nunca el mal a nadie, pero esta vez me gustaria que los que nos han puesto en esta tesitura tan dramatica tuvieran la mitad de la angustia que yo estoy teniendo por este tema estos 3 años atras, con las consecuencias económicas y familiares que eso provoca, esto es desesperante.

    Mi unica esperanza en positivo es que la justicia europea actue lo mas rápido posible , este año a ser posible para parar este desproposito , pues sino lo hace muchas familias trabajadoras que de buena fe confiaron en la invitación que hizo el Estado para impulsar sus intereses comprometidos en laas directivas renovables estaran en la ruina y las nuevas directrices que se marquen no se van a cumplir en España pues aqui no va a invertir ni Dios, pero si lo de aqui se acepta tampoco hay quien invierta en Europa.

    Me solidarizo tambien con los inversores de Biogas.

    ¿Y quién le dice a un padre de cuatro hijos que está arruinado? - Energías Renovables, el periodismo de las energías limpias.

  4. #1979
    Juan Eloy está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5

    Fenomenal ayer la SEXTA y las intervenciones de nuetros compañeros. Igualmente inconmesurable la labor de Ramoncho en este foro alumbrándonos y aclarándonos. Quinto magnífico, como siempre, con sus aportes llenos de reflexión.

    Dejo un enlace donde podemos firmar pidiendo la dimisión de este Gobierno:

    http://www.change.org/es/peticiones/...share_petition

  5. #1980
    Ramoncho1 está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5

    Cita Iniciado por newinversor Ver mensaje
    ESTO ES UNA ESTAFA DE ESTADO Y POR ELLOS -los gobiernos, politicos y Oligopolio- LO PUEDO PERDER TODO"

    Excelente INTERVENCION de Solesitos (Baldo) en el programa de la Sexta, cuando se habla desde la verdad y del sufrimiento como no hace falta mentir se DICEN VERDADES COMO PUÑOS.

    Gracias Baldo, nunca, repito, nunca, debemos de escondernos, LOS DELINCUENTES SON ELLOS.

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    Por cierto, una duda que me "corroe" sobre todo porque significa quizá ingresar dinero.....

    El Gobierno ha tenido en cuenta para el cálculo de las retribuciones de las IT los ingresos anteriores, entonces las preguntas son....

    1.- ¿Habrá tenido en cuenta que del 2011 devolvimos en Febrero-Marzo 2013 el exceso cobrado según el recorte del RDL 14/2010?

    (Importante saberlo porque si no lo ha tenido en cuenta se supone que nos ha considerado más ingresos de los reales)

    2.- La misma pregunta para el exceso del 2012 ¿lo habrá tenido en cuenta como mayor cobro?

    Si es así, y lo ha tenido en cuenta, en teoría NO DEBEMOS DEVOLVER NADA DEL 2012.
    New,

    Respecto a tus dos preguntas (que tambien las hago mias) he visto con detenimiento para varias plantas tipo (en las fichas tecnicas) que los ingresos medios/MWhE de 2012 aumentan una media del 6% con respecto al 2011. La subida de la tarifa en 2012 fue del 2,97%, por tanto es evidente que han metido un incremento del 3% que en teoria no sabemos por qué, y que se podría achacar a que, sobre 2011 si han tenido en cuenta lo que hubo que regularizar o devolver en 2013, pero podria ser que en 2012 no hayan tenido en cuenta lo que habria que regularizar ahora en 2014, porque sino ese 3 % de ingresos medios por MWhE producidos no se explican, porque las horas producidas van a parte de ese calculo.

    Ese 3% sobre (aparte de la subida del 2,97%) de las primas totales recibidas/MWh son unos 85 M de euros, probablemente la cifra que pagaron demas y que, si asi fuera, ya estaria incluida en nuestros ingresos pasados y que por tanto, no habría que regularizar en 2014. Ojala sea así.

    Un saludo
    Jr.

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    Cita Iniciado por jgil Ver mensaje
    Ese creo q es el anexo VIII

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    Ok.

    De todas formas, el valor standar inicial no será otro que multiplicar el valor inicial de la inversion (que si aparece en las fichas tecnicas o anexo VIII para cada IT) multiplicado por la potencia nominal ..

  6. #1981
    victor9966 está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5


  7. #1982
    Ramoncho1 está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5

    New, sobre esto de las regularizaciones de 2011,2012, te doy mi ejemplo particular, que apoya la teoria de que en 2014 no habria que regularizar el exceso de 2012, porque lo han debido de tener en cuenta ya para el calculo de las retribuciones.

    Mientras que en 2011 mis ingresos tipo (los que han utilizado para los cálculos) fueron de 62.470 en 2012 fueron de 66.995.

    Si descontamos el 2,97% de subida de tarifa, y que hubo un 0,63% más de horas equivalentes tipo, hay una subida INEXPLICABLE en los ingresos tipo de 2012 del 3,5% (unos 95 Millones de euros si lo extrapolamos a todas las primas de 2012) que SOLO SE PUEDE EXPLICAR porque de 2012 han tenido en cuenta todo lo que pagaron INCLUYENDO EL EXCESO DE LOS MESES QUE SE LLEGO A LA LIMITACION .. con estos datos, no encuentro otra forma de explicarlo salvo que, en efecto, la regularizacion que habria que hacer ahora en 2014 sobre el exceso de 2012, ya haya quedado finiquitada en la reforma, es decir, no haya que regularizar esos excesos.

    Saludos
    Jr

  8. #1983
    Avatar de Quinto
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    Predeterminado Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5

    Cita Iniciado por Ramoncho1 Ver mensaje
    No se si esos anexos se refiere a las fichas tecnicas de cada instalacion donde salen los valores de como se ha calculado todo. Es un documento de 1273 paginas. Tu tienes ese documento ?? Sino lo tienes, y es ese al que te refieres lo puedo subir.
    Ese lo tengo. Gracias Ramoncho.

    Creo que el ratio de inversion que indica en ese documento es lo mismo que deberia venir en el Anexo III.3.

    En ese caso teniendo en cuenta el porcentaje de recursos ajenos, los años de amortizacion del prestamo y el tipo interes prestamo, es posible trazar la frontera de quiebra. Estoy en ello pero las primeras conclusiones indican que el GDE ha diseñado un sistema de quiebra programada por deficit de tesorería. Eso, que no es nada nuevo, tiene el aspecto positivo de que es facil de probar.
    "Cuando la compra y la venta está controlada por el legislador, la primera cosa en comprarse y venderse son los legisladores" - P.J. O'Rourke

  9. #1984
    Ramoncho1 está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5

    UNA PEQUEÑA REFLEXION

    Lo primero que quiero decir, es que, coincidiendo con todos vosotros, esto es una estafa de Estado en toda regla y que espero y deseo, si al final se lleva a cabo, tenga las horas contadas. Además es una estafa de Estado chapucera, un aborto de reforma que no tiene pies ni cabeza .. es además indignante como ver que a las renovables les recortan 1750 Millones de euros (o más), y a las electricas, en sus actividades de transporte y distribucion, que representaban solo un poquito menos que el valor de las primas a las renovables, les recortan unos 200 M .. es indignante ver como a las electricas no les aplican en su nueva retribucion lo que han cobrado años atras (y eso si que esta superamortizado) y a nosotros sí. Y es indignante ver como aplican esa supuesta y ficticia rentabilidad razonable a las renovables, y no lo hacen para las energías de origen tradicional ..

    Lo segundo que quiero decir es que con este reforma NO HAY NI UN SOLO GANADOR EN FOTOVOLTAICA .. todos salimos muy perjudicados, a todos se nos recortan nuestros derechos y a todos se nos congela nuestra retribucion para el futuro. Todos llegamos a situación de insolvencia tecnica al no tener fondos para contrarestar las deudas contraidas a corto plazo, y que por tanto, no hay vencedores, sólo vencidos. Es cierto que ademas, esta arbitrariedad aplicada a las retribuciones, en función del rango de potencia nominal en la que tu instalación está incluida, es absurda y no se arregla a la realidad, y que sin duda supone, de aplicarse definitivamente la norma, la mayor de las discriminaciones practicadas hasta ahora, pero ojo, es discriminatoria frente al que tambien ha sido claramente discriminado. Yo entiendo que a uno le ponga los pelos de punta ver como cobra un 15% menos, teniendo la misma huerta que su vecino, y solo por estar en una huerta de gran dimensión, pero que no se olvide que ese vecino tambien ha sido duramente penalizado. Ya pasó algo parecido con el recorte de Sebastian y el tema de las zonas climaticas. Mi caso es un ejemplo de ello, de los 5 rangos de potencia que han hecho estoy en el tercero, me siento menos perjudicado pero aun asi, en situacion realmente complicada y sin liquidez para afrontar las deudas.

    No quiero que esto sirva como consuelo, pero si al final se aprueba la norma, y como espero y deseo que no dure mucho tiempo, que penseis (sobre todo los más perjudicados ahora) que en la mayoria de los casos vamos a tener una liquidación favorable sobre lo que dejamos de cobrar desde el 13 de julio de 2013 (sobre todo si la limitacion de horas llegó entre julio y septiembre UTILIZAD LA HOJA DE CALCULO QUE HA PREPARADO NEWINVERSOR PARA SABER A CUANTO ASCIENDE ESE AJUSTE), que puede ser una ayuda a la falta de liquidez evidente que se va a producir en 2014. A ver si con eso se puede aguantar 2014, y mientras tanto, se hace todo lo posible a todos los niveles, para intentar que haya un poco de cordura (labor dificil, pero si no se intenta no quedaremos así, y quizas peor si cabe en unos años, el que haya aguantado).

    Tambien pienso que el valor Neto de Activo (valor de nuestra planta a día de hoy) debe de ser una referencia legal para los casos que desgraciadamente se vean avocados al concurso, que ojala sean los menos posibles. es el que ellos mismos nos han dicho que vale la planta, es una referencia legal importante. (tambien hay una hoja de calculo preparada que lo calcula para las distintas instalaciones tipo de 2007 y 2008).

    Por lo demás, no teneis nada que agradecerme, al final sólo he querido que salieras de vuestras dudas y que os hicierais una idea, lo mas rapida posible, de como podian quedar las cosas, recordando que todavia estamos ante una propuesta o borrador que no es definitivo y que puede estar sujeto a cambios. Son ahora las asociaciones las que deben de presionar al maximo para mejorar estas condiciones, empezando por los más afectados, siguiendo por los siguientes, pero con la premisa de que nadie se vea más afectado todavía de lo que la propuesta de Orden Ministerial dice. No se trata de quitarle al vecino fotovoltaico (bastante perjudicado ya) para que te lo de a ti, se trata de mejorar la situación de todos, empezando como es lógico por los más perjudicados.

    Por ultimo deciros que por favor, los que no estais asociados, os asocieis a anpier. Os aseguro que mi vinculo con anpier es NINGUNO, sólo soy un socio más y no tengo ningun otro interés más que esta asociación (que es la que autenticamente representa al pequeño productor fotovoltaico) tenga más fuerza y pueda luchar con más energía contra toda esta gentuza que nos ha puesto contra las cuerdas ..

    La vía legal, será una posibilidad real, aunque lenta y dificil, una vez que podamos llegar a Europa. Aqui en España, está todo el pescado vendido, pero por desgracia, aunque sea para hacer el paripe porque ya sabemos que aqui no nos daran la razon, hay que agotar las vías nacionales.

    Dentro del desanimo, la impotencia que sentireis (y siento) por esta nueva injusticia, os pido la mayor serenidad y lucha, y sobre todo espero, que todos los foreros emergentes (a los que les doy la bienvenida) sigan tan activos en los proximos meses, como lo han estado en la ultima semana, porque sino, en breve otra vez nos sentiremos solos y desamparados y sera mas dificil conseguir nada.

    Un saludo
    Jose Ramón

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    Cita Iniciado por Quinto Ver mensaje
    Ese lo tengo. Gracias Ramoncho.

    Creo que el ratio de inversion que indica en ese documento es lo mismo que deberia venir en el Anexo III.3.

    En ese caso teniendo en cuenta el porcentaje de recursos ajenos, los años de amortizacion del prestamo y el tipo interes prestamo, es posible trazar la frontera de quiebra. Estoy en ello pero las primeras conclusiones indican que el GDE ha diseñado un sistema de quiebra programada por deficit de tesorería. Eso, que no es nada nuevo, tiene el aspecto positivo de que es facil de probar.
    Claro, al fin y al cabo el valor inicial standar (lo que pagamos por nuestra instalación, o mejor dicho, según el ministerio teníamos que haber pagado) no es otra cosa que multiplicar esa ratio por nuestra potencia nominal. Aunque nostros pagamos por la potencia pico, es por la potencia nominal porque esa ratio de inversión, en teoria ya incluye un incremento del 15% sobre la potencia pico (una nueva discriminación pues el que tenia menos del 15% de pico sobre nominal se ve beneficiado y el que tenia mas del 15% se ve perjudicado).

    Efectivamente, quiebra por falta de tesorería. Quizás han pensado los abogados del Estado que el TS pasará eso por alto, y que sólo se fijara en la TIR final del proyecto.

    Un ejemplo claro esta en las instalaciones el 1578, que aumentan su vida util 5 años, y que su tasa interna de retorno se mantiene (incluso en algunos casos aumentar), pero sin embargo, avocan a la insolvencia a corto plazo, al reducir las retribuciones anuales. Esto es Maquiavelico no !!

    Saludos
    Jr

  10. #1985
    oinotna está desconectado Forero Junior
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    Predeterminado Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5

    Cita Iniciado por Quinto Ver mensaje
    Vozpópuli - El 90% de las fotovoltaicas irán a concurso de acreedores tras el nuevo ajuste de las renovables

    Esto es lo que yo llamaria informacion engañosa de la que es responsable la asociación que facilita el dato.

    Yo no me creo que vaya a quebrar el 90 %.

    Luego que nadie se extrañe que cuando de verdad venga el lobo y pidamos ayuda no acuda nadie.

    ¡Ya esta bien de inspirar lastima!
    Yo la verdad no veo en este articulo la publicidad engañosa,si tenemos en cuenta que ese 10 por ciento puede corresponder a quien compro con recursos propios me parece bastante exacto.
    En mi caso estoy en una planta de 22MW y voy a cobrar la mitad de lo que necesito para el prestamo y gastos.
    Lo que deberiamos hacer es unirnos y actuar porque ya no tenemos nada que perder.

  11. #1986
    itxabalea está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5

    Cita Iniciado por Ramoncho1 Ver mensaje
    New, sobre esto de las regularizaciones de 2011,2012, te doy mi ejemplo particular, que apoya la teoria de que en 2014 no habria que regularizar el exceso de 2012, porque lo han debido de tener en cuenta ya para el calculo de las retribuciones.

    Mientras que en 2011 mis ingresos tipo (los que han utilizado para los cálculos) fueron de 62.470 en 2012 fueron de 66.995.

    Si descontamos el 2,97% de subida de tarifa, y que hubo un 0,63% más de horas equivalentes tipo, hay una subida INEXPLICABLE en los ingresos tipo de 2012 del 3,5% (unos 95 Millones de euros si lo extrapolamos a todas las primas de 2012) que SOLO SE PUEDE EXPLICAR porque de 2012 han tenido en cuenta todo lo que pagaron INCLUYENDO EL EXCESO DE LOS MESES QUE SE LLEGO A LA LIMITACION .. con estos datos, no encuentro otra forma de explicarlo salvo que, en efecto, la regularizacion que habria que hacer ahora en 2014 sobre el exceso de 2012, ya haya quedado finiquitada en la reforma, es decir, no haya que regularizar esos excesos.

    Saludos
    Jr
    Ramoncho, yo entiendo poco los temas de numeros y leyes, pero veo q igual a unos se les ha pagado 100HORAS demas y a otros 10horas demas.
    Entonces la regulación deberia ser individual y no por grupos como ha quedado esta mierda.
    Ojala sea como dices tu y new, pero por logica creo q cada uno pagara su excedido.
    OJALA NO SEA ASI!!!

  12. #1987
    negreter19 está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5

    bueno, para mayor desgracia, me acaba de llegar una suspensión de la prima de los 4 primeros meses del 2013, nada más y nada menos.
    La CNMC se basa en que la OCA de los huecos de tensión , aun estando pasada y las maquinas homologadas, PEVAFERSA no la presentó dentro de plazo, si bien si que se nos cobró el servicio como realizado dentro del plazo...
    Por lo cual creo que nos van a crujir esos meses, asi que alguno igual cae incluso antes de lo previsto.
    Alguno controla de este tema???
    Saludos!!!

  13. #1988
    Ramoncho1 está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5

    Cita Iniciado por itxabalea Ver mensaje
    Ramoncho, yo entiendo poco los temas de numeros y leyes, pero veo q igual a unos se les ha pagado 100HORAS demas y a otros 10horas demas.
    Entonces la regulación deberia ser individual y no por grupos como ha quedado esta mierda.
    Ojala sea como dices tu y new, pero por logica creo q cada uno pagara su excedido.
    OJALA NO SEA ASI!!!
    Cada vez que lo pienso mas, estoy mas seguro que NO HAY QUE REGULARIZAR LO DE 2012, y que eso ya lo han finiquitado. Antes me he apoyado en las cifras, pero ahora me apoyo en como han calculado este nuevo sistema retributivo.

    Solo desde el 14 de julio de 2013 es cuando estamos cobrando a cuenta, por tanto, solo desde el 14 de julio IMPORTAN LAS CANTIDADES INDIVIDUALES QUE CADA UNO HA COBRADO REALMENTE, y en base a esas, y a lo que realmente nos corresponde con el nuevo sistema desde el 14 de julio de 2013 hasta el 31 de diciembre de 2013, nos ajustaran o compensaran. Con la hoja de New podeis calcularlo. Solo una cosa, en los apartados de la retribucion a la inversion y la operacion PONED LOS DATOS DE LAS IT QUE ESTAN EN LA TABLAS, PERO LAS TABLAS DE 2013, si poneis las de 2014 os saldra una cifra astronomica. Lo comento porque alguno lo ha hecho asi.

    Volviendo al asunto, para obtener el nuevo sistema retributivo, TODO LO QUE SE HA COBRADO ANTES DEL 14 DE JULIO DE 2013, son cobros de instalaciones tipo, no de nuestros cobros reales, por tanto LO QUE SE HA COBRADO EN 2012, que obviamente es anterior al 14 de julio de 2013, NO PUEDE INDIVIDUALIZARSE A CADA UNO, PORQUE ENTONCES TODO EL SISTEMA CARECERIA DE SENTIDO.

    Ahora veo por tanto claro, al 90%, que 2012 ya esta regularizado. Y sino, es que nos la quieren meter doblada, pero eso seria facilmente demostrable.

    Saludos
    Jr

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    Cita Iniciado por negreter19 Ver mensaje
    bueno, para mayor desgracia, me acaba de llegar una suspensión de la prima de los 4 primeros meses del 2013, nada más y nada menos.
    La CNMC se basa en que la OCA de los huecos de tensión , aun estando pasada y las maquinas homologadas, PEVAFERSA no la presentó dentro de plazo, si bien si que se nos cobró el servicio como realizado dentro del plazo...
    Por lo cual creo que nos van a crujir esos meses, asi que alguno igual cae incluso antes de lo previsto.
    Alguno controla de este tema???
    Saludos!!!
    Joder !! Ya lo que faltaba .. Vaya persecucion .. No tengo ni idea del tema pues mi agrupacion no estaba obligada a hacer esto al ser menor de 2Mw ..

    Espero que alguien te puede ayudar por aqui ..

    Esto ya es el colmo de las desgracias !

  14. #1989
    luismisolar está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5

    Cita Iniciado por Ramoncho1 Ver mensaje
    UNA PEQUEÑA REFLEXION

    Lo primero que quiero decir, es que, coincidiendo con todos vosotros, esto es una estafa de Estado en toda regla y que espero y deseo, si al final se lleva a cabo, tenga las horas contadas. Además es una estafa de Estado chapucera, un aborto de reforma que no tiene pies ni cabeza .. es además indignante como ver que a las renovables les recortan 1750 Millones de euros (o más), y a las electricas, en sus actividades de transporte y distribucion, que representaban solo un poquito menos que el valor de las primas a las renovables, les recortan unos 200 M .. es indignante ver como a las electricas no les aplican en su nueva retribucion lo que han cobrado años atras (y eso si que esta superamortizado) y a nosotros sí. Y es indignante ver como aplican esa supuesta y ficticia rentabilidad razonable a las renovables, y no lo hacen para las energías de origen tradicional ..

    Lo segundo que quiero decir es que con este reforma NO HAY NI UN SOLO GANADOR EN FOTOVOLTAICA .. todos salimos muy perjudicados, a todos se nos recortan nuestros derechos y a todos se nos congela nuestra retribucion para el futuro. Todos llegamos a situación de insolvencia tecnica al no tener fondos para contrarestar las deudas contraidas a corto plazo, y que por tanto, no hay vencedores, sólo vencidos. Es cierto que ademas, esta arbitrariedad aplicada a las retribuciones, en función del rango de potencia nominal en la que tu instalación está incluida, es absurda y no se arregla a la realidad, y que sin duda supone, de aplicarse definitivamente la norma, la mayor de las discriminaciones practicadas hasta ahora, pero ojo, es discriminatoria frente al que tambien ha sido claramente discriminado. Yo entiendo que a uno le ponga los pelos de punta ver como cobra un 15% menos, teniendo la misma huerta que su vecino, y solo por estar en una huerta de gran dimensión, pero que no se olvide que ese vecino tambien ha sido duramente penalizado. Ya pasó algo parecido con el recorte de Sebastian y el tema de las zonas climaticas. Mi caso es un ejemplo de ello, de los 5 rangos de potencia que han hecho estoy en el tercero, me siento menos perjudicado pero aun asi, en situacion realmente complicada y sin liquidez para afrontar las deudas.

    No quiero que esto sirva como consuelo, pero si al final se aprueba la norma, y como espero y deseo que no dure mucho tiempo, que penseis (sobre todo los más perjudicados ahora) que en la mayoria de los casos vamos a tener una liquidación favorable sobre lo que dejamos de cobrar desde el 13 de julio de 2013 (sobre todo si la limitacion de horas llegó entre julio y septiembre UTILIZAD LA HOJA DE CALCULO QUE HA PREPARADO NEWINVERSOR PARA SABER A CUANTO ASCIENDE ESE AJUSTE), que puede ser una ayuda a la falta de liquidez evidente que se va a producir en 2014. A ver si con eso se puede aguantar 2014, y mientras tanto, se hace todo lo posible a todos los niveles, para intentar que haya un poco de cordura (labor dificil, pero si no se intenta no quedaremos así, y quizas peor si cabe en unos años, el que haya aguantado).

    Tambien pienso que el valor Neto de Activo (valor de nuestra planta a día de hoy) debe de ser una referencia legal para los casos que desgraciadamente se vean avocados al concurso, que ojala sean los menos posibles. es el que ellos mismos nos han dicho que vale la planta, es una referencia legal importante. (tambien hay una hoja de calculo preparada que lo calcula para las distintas instalaciones tipo de 2007 y 2008).

    Por lo demás, no teneis nada que agradecerme, al final sólo he querido que salieras de vuestras dudas y que os hicierais una idea, lo mas rapida posible, de como podian quedar las cosas, recordando que todavia estamos ante una propuesta o borrador que no es definitivo y que puede estar sujeto a cambios. Son ahora las asociaciones las que deben de presionar al maximo para mejorar estas condiciones, empezando por los más afectados, siguiendo por los siguientes, pero con la premisa de que nadie se vea más afectado todavía de lo que la propuesta de Orden Ministerial dice. No se trata de quitarle al vecino fotovoltaico (bastante perjudicado ya) para que te lo de a ti, se trata de mejorar la situación de todos, empezando como es lógico por los más perjudicados.

    Por ultimo deciros que por favor, los que no estais asociados, os asocieis a anpier. Os aseguro que mi vinculo con anpier es NINGUNO, sólo soy un socio más y no tengo ningun otro interés más que esta asociación (que es la que autenticamente representa al pequeño productor fotovoltaico) tenga más fuerza y pueda luchar con más energía contra toda esta gentuza que nos ha puesto contra las cuerdas ..

    La vía legal, será una posibilidad real, aunque lenta y dificil, una vez que podamos llegar a Europa. Aqui en España, está todo el pescado vendido, pero por desgracia, aunque sea para hacer el paripe porque ya sabemos que aqui no nos daran la razon, hay que agotar las vías nacionales.

    Dentro del desanimo, la impotencia que sentireis (y siento) por esta nueva injusticia, os pido la mayor serenidad y lucha, y sobre todo espero, que todos los foreros emergentes (a los que les doy la bienvenida) sigan tan activos en los proximos meses, como lo han estado en la ultima semana, porque sino, en breve otra vez nos sentiremos solos y desamparados y sera mas dificil conseguir nada.

    Un saludo
    Jose Ramón

    - - - - - - - - - - - - - - - - - - -



    Claro, al fin y al cabo el valor inicial standar (lo que pagamos por nuestra instalación, o mejor dicho, según el ministerio teníamos que haber pagado) no es otra cosa que multiplicar esa ratio por nuestra potencia nominal. Aunque nostros pagamos por la potencia pico, es por la potencia nominal porque esa ratio de inversión, en teoria ya incluye un incremento del 15% sobre la potencia pico (una nueva discriminación pues el que tenia menos del 15% de pico sobre nominal se ve beneficiado y el que tenia mas del 15% se ve perjudicado).

    Efectivamente, quiebra por falta de tesorería. Quizás han pensado los abogados del Estado que el TS pasará eso por alto, y que sólo se fijara en la TIR final del proyecto.

    Un ejemplo claro esta en las instalaciones el 1578, que aumentan su vida util 5 años, y que su tasa interna de retorno se mantiene (incluso en algunos casos aumentar), pero sin embargo, avocan a la insolvencia a corto plazo, al reducir las retribuciones anuales. Esto es Maquiavelico no !!

    Saludos
    Jr

    Por favor, Ramoncho, donde esta la hoja de calcula esta de Newinversor que mencionas, donde me la puedo descargar ??

    Gracias

  15. #1990
    Ramoncho1 está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5

    Cita Iniciado por luismisolar Ver mensaje
    Por favor, Ramoncho, donde esta la hoja de calcula esta de Newinversor que mencionas, donde me la puedo descargar ??

    Gracias
    La tienes aquí, en el primer post ..

    http://www.solarweb.net/forosolar/as...61-1578-a.html

  16. #1991
    alceal está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5

    A ver, entonces mientras se aprueba esta nueva normativa, en que situación estamos? Cuál es la norma por la que nos regimos? Enero cero €, febrero cero €, marzo?

  17. #1992
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    Predeterminado Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5

    Entiendo que había un plazo de 2 semanas para efectuar alegaciones ante la CNMC. ¿Presentamos cada uno las nuestras? ¿Nos coordinamos de alguna manera? Igual podemos abrir un hilo nuevo sobre el asunto, de manera que aportemos cada uno las mejores ideas que tengamos: discriminación, quiebra por tesoreria, Irregularidades, etcétera ..

  18. #1993
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    Predeterminado Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5

    Ya he terminado mi estudio sobre los efectos del nuevo sistema retributivo sobre la tesorería de las plantas y queda claro que lo que el mafioso GDE pretende es una quiebra programada por un déficit de tesorería.

    Lo curioso es que eso no solo es perfectamente demostrable utilizando sus propios métodos y cifras sino que además surgen unos resultados muy interesantes sobre el grado de insolvencia de cada tipo de instalación y sobre la evidente discriminación que existe entre distintos tipos.

    El estudio se centra en 24 tipos de plantas de los años 2007 y 2008 teniendo en cuenta como referencia inicial que las plantas de financiaron con un 25 % de recursos propios.

    La insolvencia es una situación en la que los flujos de caja son negativos, o lo que es lo mismo, los ingresos por retribución financiera no alcanzan para pagar la cuota del banco.

    La puntuación de insolvencia se obtiene en una rango de 10-14 años de amortización del préstamo y 2-2,5 % de tipo de interés. Un puntuación de 10 significa insolvencia incluso en lo mejor de este rango. Evidentemente quien tiene más recursos propios, más años de amortización y menos intereses, escapa mejor librado.

    En esta lotería los agraciados, es decir, los menos perjudicados, son los afortunados poseedores del boleto con el número IT-00471. Mis felicitaciones a los afortunados.


    Grado insolvencia plantas fotovoltaicas.pdf
    "Cuando la compra y la venta está controlada por el legislador, la primera cosa en comprarse y venderse son los legisladores" - P.J. O'Rourke

  19. #1994
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    Predeterminado Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5

    Cita Iniciado por alceal Ver mensaje
    A ver, entonces mientras se aprueba esta nueva normativa, en que situación estamos? Cuál es la norma por la que nos regimos? Enero cero €, febrero cero €, marzo?
    Sigues cobrando a la tarifa de 2013, que creo recordar que era de 0,4886. Asi al menos las producciones de enero y febrero.

    Saludos
    Jr

  20. #1995
    itxabalea está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5

    Cita Iniciado por Ramoncho1 Ver mensaje
    Sigues cobrando a la tarifa de 2013, que creo recordar que era de 0,4886. Asi al menos las producciones de enero y febrero.

    Saludos
    Jr
    Yo pienso q una vez aprobada en 15 dias, aplicarán la nueva renumeracion.
    Porque si no tendran q regularizar enero y febrero?
    No creo, pq los estandares son para todo 2014.

  21. #1996
    Ramoncho1 está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5

    Cita Iniciado por Quinto Ver mensaje
    Ya he terminado mi estudio sobre los efectos del nuevo sistema retributivo sobre la tesorería de las plantas y queda claro que lo que el mafioso GDE pretende es una quiebra programada por un déficit de tesorería.

    Lo curioso es que eso no solo es perfectamente demostrable utilizando sus propios métodos y cifras sino que además surgen unos resultados muy interesantes sobre el grado de insolvencia de cada tipo de instalación y sobre la evidente discriminación que existe entre distintos tipos.

    El estudio se centra en 24 tipos de plantas de los años 2007 y 2008 teniendo en cuenta como referencia inicial que las plantas de financiaron con un 25 % de recursos propios.

    La insolvencia es una situación en la que los flujos de caja son negativos, o lo que es lo mismo, los ingresos por retribución financiera no alcanzan para pagar la cuota del banco.

    La puntuación de insolvencia se obtiene en una rango de 10-14 años de amortización del préstamo y 2-2,5 % de tipo de interés. Un puntuación de 10 significa insolvencia incluso en lo mejor de este rango. Evidentemente quien tiene más recursos propios, más años de amortización y menos intereses, escapa mejor librado.

    En esta lotería los agraciados, es decir, los menos perjudicados, son los afortunados poseedores del boleto con el número IT-00471. Mis felicitaciones a los afortunados.


    Grado insolvencia plantas fotovoltaicas.pdf
    Muchas gracias por el estudio Quinto. Es ciertamente interesante y como bien dices, al final, una inversion garantizada por el BOE se ha convertido en una mezcla de un bono basura con una apuesta en la empresa LAE (Loterias y Apuestas del Estado). Esta es la reforma del trio Soria, Nadal, Galan.

    En primer lugar se observa que todas las instalaciones son insolventes, sin excepcion, es decir, sin aportar recursos propios adicionales la quiebra estaria garantizada.

    Despues observamos la desigualdad en los grados de quiebra, en funcion de que boleto hubieras comprado, donde las plantas situadas en huertos solares de mas de 10 Mw son las mas perjudicadas.

    Los motivos por los cuales se han centrado en intentar quebrar primero estas de mas de 10 Mw (luego vendran el resto por inanición o con nuevos recortes, porque su objetivo final es sacarnos del mercado) son dos: el primero, porque son huertos interesantes para que pasen a ser gestionados por las electricas, y el segundo es que tampoco se les escapa que como un buen numero de estos huertos son mayoritariamente pequeñas instalaciones de 5kw o 10kw, estan menos apalancados, por tener una inversion menor, y logicamente, tienen una deuda menor, y el ministerio habra supuesto que estos inversores ya se las apañaran para sacar liquidez de donde sea, porque por deudas relativamente pequeñas, ni van a dejarse quebrar ni van a perder su casa (eso es lo que esta en mente del Gobierno). Indirectamente hacen un favor al otro gran beneficiado de la reforma, que son los bancos (por eso han estado tan callados últimamente) que multiplicaran su margen con las posibles refinanciaciones. Y sino ya estara iberdrola detras para comprarlas.

    Por tanto, partiendo de la base que nos han jodido a todos, el que esta verdaderamente jodido a mas no poder es el que se encuentra en una agrupacion mayor de 10 Mw y tiene una potencia de 50, 75, 100 kw (o mas) y por tanto una deuda viva con el banco de unos 200.000, 300.000 o 400.000 euros respectivamente, que son irrefinanciables por un lado, e inasumibles con recursos propios por el volumen de la deuda. Supongo que el Ministerio tendrá datos de que numero de instalaciones se encuentra en esa situacion, y le parecerá que no es significante.

    En definitiva, hacer una ley para ayudar a las electricas y los bancos y siendo consciente de que vas a provicar quiebras inmefiatas inevitables (los casos que he expuesto antes) y muerte mas lenta por inaninacion al resto, me oarece que es un comportamiento que deberia estar penado con la carcel.

    Saludos
    Jr

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    Cita Iniciado por itxabalea Ver mensaje
    Yo pienso q una vez aprobada en 15 dias, aplicarán la nueva renumeracion.
    Porque si no tendran q regularizar enero y febrero?
    No creo, pq los estandares son para todo 2014.
    Hasta marzo no creo que quede todo aprobado (ya sea como esta ahora o con modificaciones) por tanto enero y seguramente febrero seran pagos a cuenta, que luego tendrian que regularizar.

  22. #1997
    Pepe Diez está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5

    Quiero agradecer las aportaciones tan generosas y de tan alto nivel de Ramoncho, Newinversor y Quinto. Muchas gracias.
    He trasteado con la hoja de cálculo de Newinversor y efectivamente sale igual que me daba a mí. Estoy en el RD 1578 y en este momento tengo un recorte respecto al RD marco base de un 27%. Como ya he explicado, la perversión con los del 1578 ha sido ampliar 5 años el derecho a cobro. De este modo, han reducido los ingresos anuales y al mismo tiempo han puesto una valoración de la inversión de un 20% ( para cuadrar vamos ). Os comento que en este momento voy a sacar justo para cubrir todos los gastos, por lo que soy un privilegiado frente a otros compañeros que van a la quiebra de forma irremediable. Claro que tengo para pagar, porque puse un 30% de la inversión, mi deuda es a 15 años, tengo un tipo de interés variable y me pignoraron una anualidad para hacer frente a cualquier eventualidad. Algún amigo de mi agrupación, ya va a palmar dinero; bien porque tienen interés fijo, el crédito a 12 años y/o apalancados en un 80%....por lo que pringarán durante 8 años calculo una media de 7.000 a 10.000€.

    Por otro lado, con lo que se ha debatido en este foro, a parte que todos consideramos el actual régimen vomitivo y ojalá no nos confundamos y tenga los días contados, hay un tema de importancia capital si este engendro no lo podemos derribar antes; se trata de la revisión cada 6 años de lo que se considera rentabilidad razonable, si todo es ilegal, este se lleva la palma y es lo que a largo plazo nos hace más daño. Claro, no cabría en un país serio, que una vez definido lo que es rentabilidad razonable, además con parámetros variables ; bonos a 10 años + 3 puntos, tenga que ser redefinido de nuevo cada 6 años, además por el que paga....una vez aceptado pulpo...luego no es calamar. Creo que en las alegaciones, deberíamos considerar este punto como capital digo, al mismo nivel....o después ( por los perjuicios inmediatos ) de la discriminación por potencia. Los demás parámetros se pueden compensar, son menos relevantes cuantitativamente, pero el de la rentabilidad razonable hay que dejarlo BIEN ATADO ( bueno ya me entendéis después de lo que llevamos ), además creo que no es su prioridad, dado que hablamos para dentro de 6 años, pero sí para nosotros....siempre que sigamos vivos.
    Un saludo...y quedo a la espera de las acciones que determinen las asociaciones para participar en ellas.

  23. #1998
    Avatar de charlie
    charlie está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5

    Hola
    Viendo como está el patio quería pedir vuestra opinión para aquellos pobres que renunciamos al 661 para pasar a la 1ª convocatoria del 2009 (no vertido de luz en el mes de septiembre, que por lo que se ve ahora da lo mismo), con la mala pata que ahora pasamos de valorar la planta de 567.272€ según el tipo 484 a 320.609 de acuerdo a la tipologia 680. Como el valor de retorno de planta es el principal debate para la rentabilidad razonable creeis que se puede intentar impugnar al ministerio o se debe pasar a un contencioso directamente ya que no me sale ni para pipas y aún menos con la rentabilidad anunciada.
    Eso si a mi me costó más de 567000€
    SÓLO HAY DOS COSAS INFINITAS: EL UNIVERSO Y LAS MENTIRAS DE LOS POLÍTICOS
    Actualmente hay un estudio que confirma que el 70% de los políticos tienen una enfermedad mental (Exministro de sanidad de Gran Bretaña)

  24. #1999
    Ramoncho1 está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5

    Cita Iniciado por charlie Ver mensaje
    Hola
    Viendo como está el patio quería pedir vuestra opinión para aquellos pobres que renunciamos al 661 para pasar a la 1ª convocatoria del 2009 (no vertido de luz en el mes de septiembre, que por lo que se ve ahora da lo mismo), con la mala pata que ahora pasamos de valorar la planta de 567.272€ según el tipo 484 a 320.609 de acuerdo a la tipologia 680. Como el valor de retorno de planta es el principal debate para la rentabilidad razonable creeis que se puede intentar impugnar al ministerio o se debe pasar a un contencioso directamente ya que no me sale ni para pipas y aún menos con la rentabilidad anunciada.
    Eso si a mi me costó más de 567000€
    Pues si que es una autentica mala pata que hayais tenido que renunciar al RD 661, sobre todo, despues de ver estos estandares, porque precisamente la IT-484 ha sido de las menos perjudicadas.

    En este caso el que os ha crujido bien ha sido el promotor, que supongo os prometio que os quedariais dentro del RD 661, porque la planta estaria evacuando en septiembre y al final no ha sido así. Es este tu caso ? Si es así, que responsabilidad ha asumido el promotor al final ? Lo habeis demandado ? Es que el chanchullo es gordo porque como bien dices, para una planta de 100 Kwh la retribucion a la inversion pasa de 56.700 a 32.600 (un 40% de descuento) la ratio de inversion inicial dada por el Ministerio pasa de 6133 e/kwp a 3910 e/kwp (un 35% de descuento) y el Valor Neto del Activo (VAN) pasa de 638.500 a 360.800(un 40% de descuento). Fíjate que más o menos coincide (un poco más alto ahora) con el recorte de la tarifa de los de las primeras convocatorias del 1578 respecto al 661, que si no recuerdo mal fue de un 35%

    Esos datos son las consecuencia de pasar de un régimen a otro, bajo el prisma de la reforma.

    Respecto a las alegaciones y temas legales, no puedo darte ningún consejo y dado el volumen del chanchullo lo mejor es ponerte en manos de expertos en temas legales. A ver si alguno por el foro te puede ayudar.

    Saludos
    Jr

  25. #2000
    Joseaner está desconectado Forero
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    Predeterminado Re: Recorte de horas de sol para instalaciones fotovoltaicas (Real Decreto Ley 14/2010) Parte 5

    Pues fijaos en el caso de la Huerta donde estoy, para que veais la locura de esta Ley. Nos juntamos al principio unas 30 personas que a finales de 2005 cerramos con el promotor en una huerta de 1,5 MW, pagamos todos a final de ese año. La verdad es que la implantación fue lenta, pero cuando ya estaba bien avanzada, en Octubre de 2006, vemos que el promotor compró primero un terreno al lado y a los dos meses otro terreno más. Nuestra sorpresa fue ver que estaba ampliando la huerta como una nueva promoción, a la que se apuntaron más de 20 propietarios más. Total que la Huerta llegó a los 3 MW. Los que compramos al pricinpio comenzamos a verter en Marzo de 2007 y los de la ampliación en el 2008. ¿Cómo se va a interpretar eso con esta nueva ley? Pues que estamos en efecto en un huerta de 3 MW, una parte del 2007 y otra parte del 2008. Nosotros compramos en una de 1,5 y vertemos en el 2007, la otra parte de la huerta pertenece a otro IT del 2008. Manda salero. En la misma huerta unos son de un IT y los otros de otro IT diferente del 2008, los dos constamos como > 2 MW y cada promoción fue sin embargo de 1,5 MW .....

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