Yo también tengo una instalación y no soy autónomo. Ahora me he ido a vivir al extranjero, y al preguntar a los funcionarios de Hacienda si debía declarar aquí o en el país de residencia, uno me contesta que debo rellenar el modelo 210 (IRPF no residentes) en vez del 130, y otro que me tengo que constituir en sociedad, de lo que deduzco que ninguno tiene ni idea. ¿Alguien podría aclararme algo al respecto? Estaría muy agradecido, pues en mi nuevo lugar de residencia, en Rusia a 1000 km de Moscú lo tengo complicado para preguntar a un abogado o gestor español.
Saludos y ánimos a todos los sufridores, esta pesadilla algún año debe terminar.