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  1. #1
    luisja está desconectado Miembro del foro
    Fecha de ingreso
    may 2006
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    2

    Predeterminado respuesta de presidencia de gobierno

    Buenas foreros os translado la respuesta de Presidencia de Gobierno al mail de queja por el RD 7/2006.

    Buenas intenciones se observan veremos ....



    Contesto al correo electrónico que ha dirigido al Presidente del
    Gobierno, en el que se refiere a la situación planteada en el sector de
    las
    energías renovables como consecuencia de lo establecido en el Real
    Decreto-Ley 7/2006, de 23 de junio, por el que se establece la
    metodología
    para la actualización y sistematización del régimen jurídico y
    económico de
    la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial.

    Quiero agradecerle los comentarios y reflexiones que expone en su
    escrito acerca de la confusión e incertidumbre que parece haber
    suscitado
    dicha norma en los productores de energía solar fotovoltaica.

    A ese respecto, le resumo el contenido del informe que el Ministerio de
    Industria, Turismo y Comercio ha elaborado sobre este asunto:

    Después de la entrada en vigor del Real Decreto 436/2004, de 12 de
    marzo,
    por el que se establece la metodología para la actualización y
    sistematización del régimen jurídico y económico de la actividad de
    producción de energía eléctrica en régimen especial, se constató la
    necesidad de su modificación, en base a la disconformidad con algunos
    aspectos de su contenido manifestada por diferentes colectivos ligados
    a
    fuentes de producción energéticas renovables.

    Por ejemplo, se han planteado diversos problemas, como en el caso de
    las
    cogeneraciones, que veían limitadas las cantidades a las que podían
    acogerse, y que creaban situaciones de falta de homogeneidad en el
    trato a
    las empresas. Así, en las cogeneraciones de entre 10 y 20 MW desaparece
    la
    prima asociada a los costes de transición a la competencia (CTC), toda
    vez
    que desaparecen estos costes, aunque con la nueva situación se deberán
    compensar estas situaciones para que la retribución no se dispare.

    Otro de los puntos importantes de la nueva regulación es la
    desaparición de
    la llamada banda porcentual, que consiste en ligar la retribución en
    función de unos porcentajes de la llamada tarifa media de referencia.
    Esto
    desaparece porque su evolución es errática y los incrementos se basan
    en
    los aumentos de los costes de los combustibles de otras tecnologías
    (como
    en el caso de las energías renovables el coste del combustible es cero,
    no
    tiene justificación que se les pague más por el aumento de unos costes
    inexistentes). También se detectó que el sistema de primas no estaba
    favoreciendo el desarrollo de algunas tecnologías, especialmente la
    fotovoltaica, que debería ser, por la situación geográfica de España,
    eje
    de las estrategia de promoción de las energías renovables.

    Como consecuencia de estas y otras situaciones, era necesario reformar
    el
    Real Decreto 436/2004, para lo cual se han seguido todos los pasos y
    procedimientos establecidos en la legislación vigente, incluido el
    trámite
    de audiencia pública.

    En relación con la Disposición transitoria segunda del Real Decreto
    7/2006,
    la interpretación que cabe hacer de los párrafos primero y tercero
    incluidos en la misma viene indicada en el siguiente párrafo del
    preámbulo
    del Real Decreto 809/2006, de 30 de junio, por el que se revisa la
    tarifa
    eléctrica a partir del 1 de julio de 2006, es decir: la revisión de la
    tarifa media o de referencia que efectúe el Gobierno no será de
    aplicación
    a los precios, primas, incentivos y tarifas establecidos en el Real
    Decreto
    436/2004, de 12 de marzo, hasta que se produzca la revisión del régimen
    retributivo de las instalaciones de régimen especial.

    En cuanto a la fecha establecida para efectuar la revisión, la
    Disposición
    final segunda del citado Real Decreto-Ley dispone que el Gobierno
    deberá
    desarrollar, antes del 24 de diciembre de 2006, el régimen retributivo
    de
    las instalaciones de régimen especial. Esta Disposición concuerda con
    lo
    establecido en el artículo 40 de Real Decreto 436/2004, que indica que
    durante 2006 se procederá a la revisión de las tarifas, primas,
    incentivos
    y complementos que se definen en el mismo.

    Por ello, en la práctica, en tanto no se revise el régimen retributivo
    de
    las instalaciones de régimen especial, la remuneración de la energía
    eléctrica producida por las instalaciones acogidas a este régimen
    permanecerá en los mismos valores que se establecieron el pasado día 1
    de
    enero, es decir, basada en una cuantía de la TMR de 7,6588 céntimos de
    euro
    por KWh.

    Precisamente, uno de los objetivos del Gobierno en esta materia,
    es
    quintuplicar la superficie instalada de energía solar, por lo que se
    considera que la reforma servirá a este propósito y, por lo tanto, no
    perjudicará a los agentes interesados que han apostado por un
    desarrollo
    energético sostenible, de acuerdo con los planes del Ejecutivo de
    fomentar
    la eficiencia energética necesaria, para cumplir con el compromiso de
    Kyoto
    y con los objetivos de reducción de emisiones.

    En la confianza de que esta información pueda resultarle de
    utilidad,
    reciba un cordial saludo. José Enrique Serrano Martínez. Director del
    Gabinete de la Presidencia del Gobierno.

  2. #2
    besto está desconectado Miembro del foro
    Fecha de ingreso
    jun 2006
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    340

    Predeterminado

    Está claro que el objetivo se ha conseguido y que los políticos de arriba se habrán dado cuenta de que algo no estaban haciendo bien los responsables de industria. Eso seguro que ayuda.

  3. #3
    MITXI está desconectado Miembro del foro
    Fecha de ingreso
    sep 2006
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    4

    Predeterminado

    Hola , soy nuevo en esto , pero es un tema que me interesa mucho. Por todo lo que estoy viendo , sigo sin ver claro el futuro de la fotovoltaica . En el e-mail de respuesta de la presidencia del gobierno se comenta "el Gobierno deberá desarrollar, antes del 24 de diciembre de 2006, el régimen retributivo de las instalaciones de régimen especial" . Lo cual quiere decir que seguimos con la incertidumbre hasta entonces . ¿ Qué pasa , se podrá llegar a pagar el 0% sobre la TMR? ... No entiendo nada




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