Hola, me surgen duduas respecto a la compatibilidad de la pensión de jubilación y la propiedad de un huerto solar (100 kW), en alguna parte del foro dicen que hay que darse de alta en la Seg Social por estar dados de alta en el IAE con el epígrafe 151.4.
A continuación cito lo que dice la SS respecto a la pensión de jubilación el tema:

LA PENSIÓN DE JUBILACIÓN ES INCOMPATIBLE :
• Con la realización de cualquier trabajo o actividad que determine su inclusión en el campo de aplicación de algún régimen del Sistema de la Seguridad Social (suspensión de la pensión y de la asistencia sanitaria como pensionista).

Yo creo que la clave está en saber qué trabajo o actividad determina su inclusión en el régimen de la Seg Social.
Si alguien puede aportar luz sobre este tema lo agradecería.
Saludos