Resultados 1 al 7 de 7
  1. #1
    Indajaus está desconectado Miembro del foro
    Fecha de ingreso
    dic 2008
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    Predeterminado Autorización administrativa

    Hola a todos. Quisiera saber si me podríais echar una mano con lo del tema de la autorización administrativa. Me gustaría saber cuales son sus funciones y en que momento se pide, porque creo que me estoy liando bastante con lo que leo y con lo que me cuentan.
    La duda surge porque unos me dicen que sin la autorización no se puede construir la planta, otros me dicen que si se puede construir pero que sin ella no se puede obtener la inscripción definitiva en el registro, y así tengo ya varias opiniones diferentes. Seguramente sea una pregunta un poco tonta, pero es que estoy aprendiendo por mi cuenta acerca de estos temas y de vez en cuando me surgen bastantes dudas. A ver si me podeis orientar un poco. Muchas gracias. Un saludo

  2. #2
    Inversor está desconectado Miembro del foro
    Fecha de ingreso
    nov 2007
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    Predeterminado Respuesta: Autorización administrativa

    Hola, Indajaus:

    La autorización administrativa -en aquellas instalaciones que sea necesaria- es una autorización que se obtiene practicamente en los inicios del proceso administrativo -en teoría, después de la obtención del reconocimiento de la instalación acogida al régimen especial y del punto de conexión-.

    Su objeto y una visión del trámite aplicable al procedimiento de autorización de cualquier instalación de generación eléctrica -sea o no del régimen especial- lo tienes en los artículos 115 y siguientes del Real Decreto 1955/2000.

    Ten en cuenta que:

    1.- En ese Real Decreto no se incluyen los trámites específicos aplicables a las instalaciones acogidadas al régimen especial, y

    2.- La competencia para la autorización de las instalaciones acogidas al régimen especial corresponde normalmente a las Comunidades Autónomas, que tienen además competencia para establecer su propio procedimiento de autorización (aunque normalmente es una copia del que se establece en el Real Decreto 1955/2000).

    Un saludo.

  3. #3
    Indajaus está desconectado Miembro del foro
    Fecha de ingreso
    dic 2008
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    19

    Predeterminado Respuesta: Autorización administrativa

    Hola otra vez, muchas gracias por responder. Verás en el RD me pone lo siguiente:
    a) Autorización administrativa, que se refiere al anteproyecto de la instalación como documento técnico que se tramitará, en su caso, conjuntamente con el estudio de impacto ambiental. Asimismo, en los casos en los que resulte necesario, permitirá la iniciación de los trámites correspondientes para la ocupación del dominio público marítimo-terrestre.
    b) Aprobación del proyecto de ejecución, que se refiere al proyecto concreto de la instalación y permite a su titular la construcción o establecimiento de la misma.

    Ahora bien, tengo un cliente que esta construyendo una planta solar sin tener la autorización administrativa. Tiene la obra civil terminada, así como las obras de las instalaciones de MT y de enlace con la red de evacuación. ¿Esto esta permitido?. Este cliente me dice que en su Comunidad hay que presentar la capacidad económica de ejecución de la obra para que te la den. Pero claro, a su vez, el banco pide la autorización administrativa para darte la financiación.
    Sabiendo que no tiene esta autorización, ¿podía este cliente haber realizado las obras que ya tiene adelantadas?. Muchas gracias. Un saludo

  4. #4
    Inversor está desconectado Miembro del foro
    Fecha de ingreso
    nov 2007
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    Predeterminado Respuesta: Autorización administrativa

    Sin conocer el proyecto (ni su ubicación) en principio te diría que no, que tu cliente no debería poder haber ejecutado las obras (si como dices hay MT, de hecho antes de iniciarlas debería haber obtenido la aprobación del proyecto de ejecución).

    Y efectivamente, para el otorgamiento de la autorización administrativa se exige la acreditación de la capacidad financiera y técnica -con mayor o menor manga ancha...-

  5. #5
    Indajaus está desconectado Miembro del foro
    Fecha de ingreso
    dic 2008
    Ubicación
    Madrid
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    19

    Predeterminado Respuesta: Autorización administrativa

    La planta pertenece a la Comunidad de Aragón. No se si allí tendrán normas diferentes. Lo que si se es que se está tramitando la autorización pero aun no la tienen y por lo visto ya tienen lo que es la obra civil iniciada. ¿por lo tanto, es seguro entonces que no deberían de haberla iniciado?. Pues anda que como la terminen y no consigan la autorización. Bueno, se me ocurre ahora, podrían venderla a otra empresa y que esta consiga esa autorización administrativa, pero quiza pueda acarrear algún tipo de sanción por el hecho de haber iniciado las obras sin esta autorización ¿no?. Vaya lio

  6. #6
    Avatar de MONIA
    MONIA está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: Autorización administrativa

    Cita Iniciado por Inversor Ver mensaje
    La autorización administrativa -en aquellas instalaciones que sea necesaria- ...
    ¿Que instalaciones requieren autorizacion administrativa?¿En cubiertas solo aquellas mayores de de 100 kw, no?

  7. #7
    Avatar de Asterix
    Asterix está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: Autorización administrativa

    A partir de la 3ª convocatoria, las menores de 100 kW también. Mira el Anexo II del RD 1578.




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