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  1. #1
    alma72 está desconectado Forero Junior
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    Predeterminado Requerimiento de Hacienda

    Buenos días,

    tengo una SL dedicada a explotar una instalación fotovoltaica, comenzó en el 2007.

    Esta semana he recibido un requerimiento de hacienda para que justifique mi derecho a aplicarme la Deducción Medioambiental. Para ello me piden

    "Acreditación, mediante las aportaciones de las correspondientes facturas o documentos justificativos, de las inversiones realizadas en bienes del activo material destinadas a la protección del medio ambiente que han motivado la aplicación de la correspondiente deducción en la autoliquidación, así como aportación de certificaciones de convalidación de las inversiones medioambientales emitidas por las Administraciones correspondientes."

    ¿Alguien más ha recibido este requerimiento?
    ¿A qué se refiere Hacienda con certificaciones de convalidación de las inversiones medioambientales emitidas por las Administraciones correspondientes?

    He llamado ha Hacienda para que me expliquen cuál es este documento pero se limitan a decierme que me estudie la Ley donde aparece la Deducción Medioambiental, y se queda la señorita tan pancha.

    Espero que alguien sepa algo porque me temo que no soy ni seré la única a quién requieran esta documentación.

    Gracias.

  2. #2
    Tico68 está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: Requerimiento de Hacienda

    Hola, el articulo del Impuesto sobre sociedades que regula la deducción medioambiental es meridianamente claro, en nuestro caso el punto 3.a). Entiendo que con aportar justificantes de la inversión realizada (facturas, contrato de leasing, memoria técnica) es más que suficiente.

    Artículo 39. Deducciones por inversiones medioambientales.

    1. Las inversiones realizadas en bienes del activo material destinadas a la protección del medio ambiente consistentes en instalaciones que eviten la contaminación atmosférica procedente de instalaciones industriales, contra la contaminación de aguas superficiales, subterráneas y marinas para la reducción, recuperación o tratamiento de residuos industriales para el cumplimiento o, en su caso, mejora de la normativa vigente en dichos ámbitos de actuación, darán derecho a practicar una deducción en la cuota íntegra del 10 % de las inversiones que estén incluidas en programas, convenios o acuerdos con la Administración competente en materia medioambiental, quien deberá expedir la certificación de la convalidación de la inversión.
    2. La deducción prevista en el apartado anterior será del 12 % en el supuesto de adquisición de nuevos vehículos industriales o comerciales de transporte por carretera, sólo para aquella parte de la inversión que reglamentariamente se determine que contribuye de manera efectiva a la reducción de la contaminación atmosférica.
    3. Asimismo, podrá deducirse de la cuota íntegra el 10 % de las inversiones realizadas en bienes de activo material nuevos destinadas al aprovechamiento de fuentes de energías renovables consistentes en instalaciones y equipos con cualquiera de las finalidades que se citan a continuación:
    a) Aprovechamiento de la energía proveniente del sol para su transformación en calor o electricidad.
    b) Aprovechamiento, como combustible, de residuos sólidos urbanos o de biomasa procedente de residuos de industrias agrícolas y forestales, de residuos agrícolas y forestales y de cultivos energéticos para su transformación en calor o electricidad.
    c) Tratamiento de residuos biodegradables procedentes de explotaciones ganaderas, de estaciones depuradoras de aguas residuales, de efluentes industriales o de residuos sólidos urbanos para su transformación en biogás.
    d) Tratamiento de productos agrícolas, forestales o aceites usados para su transformación en biocarburantes (bioetanol o biodiésel).
    4. La parte de la inversión financiada con subvenciones no dará derecho a deducción.

  3. #3
    alma72 está desconectado Forero Junior
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    feb 2008
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    Predeterminado Respuesta: Requerimiento de Hacienda

    Hola Tico68,

    Al requerimiento de Hda. aporté todo lo que me dicías y más, (facturas de compra, solicitud de impacto ambiental, REPE, etc...) pero me han contestado que no es suficiente, quieren el "Certificado de Convalidación de la Inversión" sólo porque así lo dice la Ley. De no aportarlo no podré practicarme dicha Deducción.

    Soy la única a la que han requerido?

    Pra la deducción se tiene en cuenta el precio "llave en mano" o hay que restar lo que corresponde a obra civil por no ser un inmovilizado? lo digo porque he encontrado un modelo de solicitud del dichoso Certificado y me piden que detalle la parte del coste total que se puede acoger a la Deducción.

    según la Ley no es deducible la parte subvencionada, en mi caso no hay subvención.

    Espero noticias

  4. #4
    Tico68 está desconectado Miembro del foro
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    nov 2008
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    Predeterminado Respuesta: Requerimiento de Hacienda

    Hola:
    A mi entender, de la lectura del artículo se desprende que solo es necesaria la obtención del certificado de convalidación de las inversiones descritas en el apartado 1 del artículo 39 del RDL 4/2004.
    Así lo establece, por otro lado el Reglamento del IS RD 1777/04:
    Articulo.33.Ímbito de aplicación: instalaciones destinadas a la protección del medio ambiente. De acuerdo con lo establecido en el articulo 39 de la LIS, los sujetos pasivos podrán deducir de la cuota íntegra el 10 % del importe de las inversiones realizadas en elementos patrimoniales del inmovilizado material destinados a la protección del medio ambiente, consistentes en:

    1. Instalaciones que tengan por objeto alguna de las siguientes finalidades:

      1. Evitar o reducir la contaminación atmosférica procedente de las instalaciones industriales.
      2. Evitar o reducir la carga contaminante que se vierta a las aguas superficiales, subterráneas y marinas.
      3. Favorecer la reducción, recuperación o tratamiento correctos desde el punto de vista medioambiental de residuos industriales.
    2. Activos materiales nuevos destinados al aprovechamiento de fuentes de energías renovables consistentes en instalaciones y equipos con cualquiera de las finalidades definidas a continuación:

      1. Aprovechamiento de la energía proveniente del sol para su transformación en calor o electricidad.

    ......

    Artículo 38. Requisitos de la deducción por instalaciones destinadas a la protección del medio ambiente. Certificación de convalidación de la inversión medioambiental. 1. Para practicar la deducción en los supuestos a que se refiere el artículo 33.a deberán cumplirse los siguientes requisitos:

    1. Que la inversión se realice para dar cumplimiento a la normativa vigente en materia del medio ambiente sobre emisiones a la atmósfera, vertidos a las aguas, así como producción, recuperación y tratamiento de residuos industriales o para mejorar las exigencias establecidas en dicha normativa.
      Se entenderá que la inversión cumple este requisito siempre que se efectúe dentro de los plazos y en las condiciones previstas en la citada normativa.
    2. Que la inversión se lleve a cabo en ejecución de planes, programas, convenios o acuerdos aprobados o celebrados con la Administración competente en materia medioambiental.

    La prueba del cumplimiento de este requisito se realizará mediante la certificación de convalidación de la inversión expedida por la referida Administración.
    2. La certificación de convalidación de la inversión medioambiental deberá indicar a estos efectos que concurren las siguientes circunstancias:

    1. Que las inversiones se han realizado en ejecución de los planes, programas, convenios o acuerdos aprobados o celebrados por la Administración competente señalando la normativa a que se refiere el párrafo b del apartado anterior y expresando la idoneidad de las inversiones para la función protectora del medio ambiente que las mismas persigan.
    2. Que las inversiones realizadas permitan alcanzar los niveles de protección previstos en los planes, programas, convenios o acuerdos establecidos.

    3. Si al tiempo de presentar la declaración del Impuesto sobre Sociedades no se hubiera emitido por la Administración competente la certificación regulada en este artículo por causa no imputable al sujeto pasivo, éste podrá aplicar con carácter provisional la deducción siempre que haya solicitado la expedición de la referida certificación de convalidación con anterioridad al primer día del plazo de presentación de aquella declaración.
    En el caso de que la Administración competente no convalide la inversión, el sujeto pasivo deberá ingresar, juntamente con la cuota correspondiente al período impositivo en el que se notifique dicho acto administrativo, el importe de la deducción aplicada con sus intereses de demora.
    4. A los efectos de esta deducción se considerará Administración competente aquella que, siéndolo por razón de la materia objeto de protección, lo sea igualmente respecto del territorio donde radiquen las inversiones objeto de la deducción.


    Respecto a la obra civil, es mayor valor del inmovilizado.


    Creo que quien te requiere ese certificado está, como mínimo, despistad@, por no decir algo más fuerte. Vuelve a hablar con ellos, y si no te lo admiten tienes dos opciónes: presenta alegaciones por tu cuenta basándote en la normativa citada o búscate un asesor fiscal para que se haga cargo del tema.
    Saludos.

  5. #5
    Avatar de Quinto
    Quinto está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: Requerimiento de Hacienda

    Acabo de leer el texto y me parece que la interpretacion dada a la norma ha sido arbitraria. Huele a intento de atraco administrativo. Mucho cuidado con esos.

    Un saludo
    "Cuando la compra y la venta está controlada por el legislador, la primera cosa en comprarse y venderse son los legisladores" - P.J. O'Rourke

  6. #6
    alma72 está desconectado Forero Junior
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    Predeterminado Respuesta: Requerimiento de Hacienda

    Gracias Tico68 has acertado de lleno, con razón en la Consejería de Medio ambiente esto les sonaba a chino.

    Mil gracias.

    Sólo queda hacer las alegaciones y que la Señora de IS de Hacienda que lleva el asunto lo vea tan claro como nosotros.

  7. #7
    Tico68 está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: Requerimiento de Hacienda

    Adelante, pues. Ya nos cuentas como acaba el asunto.
    Saludos.

  8. #8
    alma72 está desconectado Forero Junior
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    Predeterminado Respuesta: Requerimiento de Hacienda

    Gracias Tico68, han estimado mis alegaciones ahora hacienda entiende que no necesito el dichoso Certificado.

  9. #9
    Tico68 está desconectado Miembro del foro
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    Predeterminado Respuesta: Requerimiento de Hacienda

    Enhorabuena.




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