Existen en algunos ayuntamientos la bonificación en el IBI para las viviendas que tienen instalaciones de captación solar. En mi ayuntamiento no se ha realizado ninguna iniciativa en ese sentido. Pero además, hace unas semanas nos variaron la tasa de recogida de basuras y ahora, en lugar de pagar en concepto de casa particular lo hacemos por despachos profesionales. Ante mi perplejidad por el cambio, me comunicaron que se debía al hecho de estar de alta en el IAE, por lo cual el ayuntamiento interpreta que el hecho de tener la instalación implica una actividad comercial y lo observa como tal. ¿Alguien me podría indicar si esto es correcto? Pienso hacer una reclamación pero querría estar bien informado al respecto. Gracias.