Resultados 1 al 13 de 13
  1. #1
    hipatia está desconectado Miembro del foro
    Fecha de ingreso
    ene 2009
    Ubicación
    cartagena
    Mensajes
    2

    Predeterminado modelo 560 - dudas!!

    Hola! Soy nueva en el tema de la energía solar fotovoltáica. Tengo el REPE y el CAE pero además tengo muchas dudas sobre el modelo 560... El plazo es de 5 días naturales desde el último día en que terminó el trimestre que devenga y hay que presentarlo obligatoriamente vía telemática por lo que he leído por ahí, pero... Quien está obligado a presentarlo?? Si estás acogido a la autofactura hay que hacerlo? Iberdrola ya me ha hecho facturas este trimestre y no sé si tengo que presentar el modelo 560 o no!!

  2. #2
    isidoro111 está desconectado Forero
    Fecha de ingreso
    ago 2007
    Ubicación
    Ciudad Real
    Mensajes
    535

    Predeterminado Respuesta: modelo 560 - dudas!!

    Hola,

    en mi opinion si tienes q presentar el 560, solo que el plazo es hasta el 20 de enero, mira en todo caso el calendario del contribuyente de la AEAT

    Agencia Tributaria - Calendario del contribuyente

    saludos

  3. #3
    Avatar de Aerosol
    Aerosol está desconectado Forero
    Fecha de ingreso
    nov 2007
    Ubicación
    Madrid
    Mensajes
    142

    Predeterminado Respuesta: modelo 560 - dudas!!

    Todos los productores de electricidad tienen que presentar el 560, independientemente de la forma en que facturan, desde el momento en que la instalacion recibe el CAE. Si no lo presentas te multarán.

    No obstante no se paga nada, en la presentacion telematica tienes que elegir la opción "tipo cero" y despues rellenas una pantalla donde solo se pone el numero de CAE de la instalación y tus datos personales. Mas facil imposible.

    Ademas tiene que llevar un libro de registro de la electricidad producida. Tienes dos opciones: o bien en un libro de papel que te tiene que sellar Hacienda previamente o con una hoja excel en cuyo caso tienes que presentar el libro a traves de internet cada vez que presentas el 560.

    Si buscas un poco en el foro encontraras varios hilos donde se trata este tema.

  4. #4
    hipatia está desconectado Miembro del foro
    Fecha de ingreso
    ene 2009
    Ubicación
    cartagena
    Mensajes
    2

    Predeterminado Respuesta: modelo 560 - dudas!!

    Ok! Muchas gracias!!! Sí, algo había oido acerca del libro registro, buscaré más por el foro. Gracias por todo!
    Un saludo

  5. #5
    FRANVISAL está desconectado Forero
    Fecha de ingreso
    feb 2009
    Ubicación
    MURCIA
    Mensajes
    32

    Predeterminado Respuesta: modelo 560 - dudas!!

    Cita Iniciado por Aerosol Ver mensaje
    Todos los productores de electricidad tienen que presentar el 560, independientemente de la forma en que facturan, desde el momento en que la instalacion recibe el CAE. Si no lo presentas te multarán.

    No obstante no se paga nada, en la presentacion telematica tienes que elegir la opción "tipo cero" y despues rellenas una pantalla donde solo se pone el numero de CAE de la instalación y tus datos personales. Mas facil imposible.

    Ademas tiene que llevar un libro de registro de la electricidad producida. Tienes dos opciones: o bien en un libro de papel que te tiene que sellar Hacienda previamente o con una hoja excel en cuyo caso tienes que presentar el libro a traves de internet cada vez que presentas el 560.

    Si buscas un poco en el foro encontraras varios hilos donde se trata este tema.
    Hola

    ¿Por que en el modelo 560 se elige la opción "tipo cero"?

    Saludos

  6. #6
    Avatar de Aerosol
    Aerosol está desconectado Forero
    Fecha de ingreso
    nov 2007
    Ubicación
    Madrid
    Mensajes
    142

    Predeterminado Respuesta: modelo 560 - dudas!!

    Hola Franvisal,

    Se elige "tipo cero" precisamente para no pagar nada. El Impuesto Especial sobre la electricidad solo lo paga el consumidor final (puedes comprobarlo en la factura de la luz de tu casa).

    Cuando le vendes la electricidad a la compañía distribuidora está en lo que Hacienda denomina "regimen suspensivo" que en cristiano quiere decir que no tienes que pagar el impuesto.

  7. #7
    Ulises67 está desconectado Miembro del foro
    Fecha de ingreso
    ago 2009
    Ubicación
    CASTELLON
    Mensajes
    41

    Predeterminado Respuesta: modelo 560 - dudas!!

    Esto es una de tantas tontadas que se le ocurren a hacienda, No sirve de nada, no se paga nada, pero tienes que presentarlo y si se te olvida sanción que te crio.

    HAY QUE PRESENTARLO TODOS LOS TRIMESTRES, Ojo.

  8. #8
    FRANVISAL está desconectado Forero
    Fecha de ingreso
    feb 2009
    Ubicación
    MURCIA
    Mensajes
    32

    Predeterminado Respuesta: modelo 560 - dudas!!

    Hola

    Sigo sin entender el motivo real por el que no tenemos que pagar nada en el Modelo 560 y creo que es muy importante que lo sepamos.

    Alguien ha dicho que esto se debe a que este impuesto lo paga el consumidor final... pero el IVA también lo paga el consumidor final y yo tengo que pagar IVA cada tres meses, así que no lo entiendo muy bien.

    Una de las razones por las que no pagamos ese impuesto podría ser que no se nos considere vendedores energía ya que Iberdrola es quien realmente vende y distribuye la energía, con lo que no tiene sentido que estemos dados de alta en el IAE.

    Saludos

  9. #9
    lwolf está desconectado Miembro del foro
    Fecha de ingreso
    dic 2006
    Ubicación
    Pamplona
    Mensajes
    402

    Predeterminado Respuesta: modelo 560 - dudas!!

    Hola,

    Cita Iniciado por Ulises67 Ver mensaje
    Esto es una de tantas tontadas que se le ocurren a hacienda, No sirve de nada, no se paga nada, pero tienes que presentarlo y si se te olvida sanción que te crio.

    HAY QUE PRESENTARLO TODOS LOS TRIMESTRES, Ojo.
    En Navarra, empezando por la declaracion del pasado 2º trimestre, ya no hay que presentar esta declaracion, salvo que la instalacion este a nombre de una sociedad (Anonima, Limitada, Irregular, etc), en cuyo caso sigue siendo obligatorio el presentarla. La llevanza del 'Libro de la Electricidad' (en papel u hojas Excel), sigue siendo obligatoria para todos.

    Cita Iniciado por FRANVISAL Ver mensaje
    Sigo sin entender el motivo real por el que no tenemos que pagar nada en el Modelo 560 y creo que es muy importante que lo sepamos.
    Si se lee la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, se puede ver que la electricidad producida en nuestras instalaciones lo es en Regimen Suspensivo, por lo que no hay que pagar nada. Como se suele decir, "es asi y punto" .

    Saludos.

  10. #10
    Ulises67 está desconectado Miembro del foro
    Fecha de ingreso
    ago 2009
    Ubicación
    CASTELLON
    Mensajes
    41

    Predeterminado Respuesta: modelo 560 - dudas!!

    Ya han vuelto mi gente de fiscal, nos dijeron en aduanas que no se paga por que solo generamos y no consumimos. No me convenció mucho pero es lo que hay te sugiero que hables con aduanas a ver que te dicen en tu zona.

    Si no hace falta presentarlo en zona foral pues mejor, probablmente les entre el sentido común a los responsables del sistema Estatal.

  11. #11
    Indiana está desconectado Forero Junior
    Fecha de ingreso
    ene 2013
    Ubicación
    Bizkaia
    Mensajes
    2

    Predeterminado Re: modelo 560 - dudas!!

    hola!

    Leyendo el tema del foro y la presentación del modelo 560, a mi me gustaría saber que relación existe entre la presentación de este modelo y la nueva subida del impuesto al 7% para la producción de energía eléctrica. Si se supone que la energía se vendé en regimen suspensivo a la distribuidora eléctrica, esto es que no se devenga el impuesto y por tanto no hay que pagarlo, de ahí que se ponga cuota tipo cero, como y quien paga ese 7%, y si es el consumidor final, la empresa fabricante como tiene que declararlo?

    Muchas gracias por vuestras respuestas.

  12. #12
    arca está desconectado Forero
    Fecha de ingreso
    feb 2006
    Mensajes
    72

    Predeterminado Re: modelo 560 - dudas!!

    Cita Iniciado por hipatia Ver mensaje
    Hola! Soy nueva en el tema de la energía solar fotovoltáica. Tengo el REPE y el CAE pero además tengo muchas dudas sobre el modelo 560... El plazo es de 5 días naturales desde el último día en que terminó el trimestre que devenga y hay que presentarlo obligatoriamente vía telemática por lo que he leído por ahí, pero... Quien está obligado a presentarlo?? Si estás acogido a la autofactura hay que hacerlo? Iberdrola ya me ha hecho facturas este trimestre y no sé si tengo que presentar el modelo 560 o no!!
    Bueno he leido todas las respuestas y considero que el modelo que hay que presentar es el 513. Impuesto Especial sobre la Electricidad. Declaración anual de actividad.
    No entiendo como estais presentando el 560

    Un saludo

  13. #13
    Avatar de newinversor
    newinversor está desconectado Forero
    Fecha de ingreso
    feb 2010
    Ubicación
    Muro del Alcoy
    Mensajes
    1.379

    Predeterminado Re: modelo 560 - dudas!!

    Efectivamente, el modelo a presentar es el 513. Para todos aquellos productores que queraís que profesionales y a la vez productores gestiones estos aspectos de nuestra actividad os recomiendo el siguiente servicio creado conjuntamente por Geoatlanter, Holtrop y Newinversor contiendo los aspectos básicos para la gestión y servicios de nuestras plantas, tales como Representación de mercado, Asesoría Legal (demandas, recursos, etc.) y obligaciones y tributos inherentes a nuestra actividad de producción de energía eléctrica.

    Información sobre el servicio

    Saludos
    "Gestión y servicios para productores fotovoltaicos"




1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47