En línea con las divisiones propuestas a las dos tipologías se debe modificar el artículo 5 para contemplar los cupos de potencia de cada subtipo de cada tipología. Mi propuesta incluye cambios en los cupos de potencia cuyas cifras intentaré justificar. Por supuesto, este es un foro para debatir las propuestas, por lo que os animo a colaborar.
El artículo 5 quedaría propuesto como sigue (cambios en negrita) :
"Artículo 5. Cupos de potencia.
1. A efectos de lo dispuesto en el presente real decreto, para cada convocatoria de inscripción en el Registro de preasignación de retribución se establecerá unos cupos de potencia por tipo y subtipo que estarán constituidos por las potencias base, y en su caso, las potencias adicionales traspasadas o incorporadas de acuerdo a lo dispuesto en el apartado 4 de este artículo y al anexo IV.
2. Se establecen las siguientes potencias base para las convocatorias del primer año.
a) Tipo I: 200/m MW, con el reparto siguiente: a.1) 30 por ciento para los subtipos I.1 e I.2 conjuntamente y
a.2) 70 por ciento para el subtipo I.3.
b) Tipo II: 500/m MW, con el reparto siguiente: b.1) 60 por ciento para el subtipo II.1 e II.2 conjuntamente y
b.2) 40 por ciento para el subtipo II.3.
Siendo m, el número de convocatorias por año para los que se establezca la inscripción en el Registro de pre-asignación de retribución, de acuerdo con lo dispuesto en el anexo III de este real decreto."
Antes de entrar en el tema de las cuantías de cada tipología (cambio de 267/m MW a 200/m MW y de 133/m MW a 500/m MW), quisiera dejar claro que los porcentajes pretenden permitir cupos en cada subtipo con cierta coherencia. Las cifras para que puedan ser comentadas son las siguientes (m = 4 convocatorias/año) :
Tipología I (Cubiertas) :
Subtipos I.1 e I.2 : 30% de 200/4 = 15 MW que permiten como mínimo 15.000 / 100 = 150 instalaciones de tamaño máximo o 100 kW y muchísimas más de tamaños inferiores (digamos 1.500 instalaciones de 10 kW).
Subtipo I.3 : 70% de 200/4 = 35 MW que permiten como mínimo 35.000 / 2.000 = 17,5 instalaciones de tamaño máximo o 2.000 kW (maxi-macro-cubiertas) y muchas más de tamaños inferiores más coherentes como 350 instalaciones de 100 kW.
Tipología II (Suelo) :
Subtipos II.1 e II.2 : 60% de 500/4 = 75 MW que permiten como mínimo 75.000 / 5.000 = 25 instalaciones de tamaño máximo o 5.000 kW y el triple de tamaños inferiores (digamos 75 instalaciones de 1.000 kW).
Subtipo II.3 : 40% de 500/4 = 50 MW que permiten como mínimo 50.000 / 10.000 = 5 instalaciones de tamaño máximo o 10.000 kW (macro-huertos solares) y algunas más de tamaños inferiores como, por ejemplo, 10 instalaciones de 5.000 kW.
Un matiz que se desprende de los porcentajes es que se da un mayor porcentaje a las cubiertas grandes que a las pequeñas. Esto es porque con un menor porcentaje se cubre de sobra las pequeñas cubiertas.
Por otro lado, el caso del suelo requiere porcentajes a la inversa, es decir, mayor para instalaciones menores y eso para evitar los maxi-macro huertos por su ocupación devoradora de suelo, pero permitiendo que el hecho de que se instalen megavatios permita bajar precios por mayor competencia y economías de escala.
Recordemos que el éxito de los "100.000 tejados alemanes" no tiene porque ser fácilmente extrapolable a nuestro país, por lo menos en cuanto a viviendas, sí en cuanto a naves industriales, pero mientras se abre brecha en ese flanco, las instalaciones en suelo tiran hacia abajo de los precios.
Por último, el tema de los cupos de potencia anuales. Bajar de 267/m MW a 200/m MW para la tipología I es una propuesta basada en las solicitudes realizadas. Téngase en cuenta que lo que no se instala en esta tipología se traslada a la tipología II según el Anexo IV del Real Decreto.
Por otro lado, creo que es ridícula la cifra de 133/m MW por trimestre o 133 MW/año que es una cifra que producen 2 o 3 fabricantes españoles. El sector tiene mayor tamaño y es generador de empleo. No se le puede asfixiar.
De todas formas, por supuesto, se admiten todo tipo de propuestas.