
Iniciado por
Mark
Hola a Todos,
Al menos en MAD, es imposible tener registro definitivo en 661 sin haber obtenido el certificado de lectura y puesta en servicio del contador por la ED, quien, por otro lado, sólo te lo dá una vez hechas las pruebas de conexión y desconexión pertinentes, por lo que la planta debe estar 100% terminada.
En resumen, si no estas vendiendo (que hayan pagado es otro tema) es decir, contrato con la ED y contador "contando", no has podido obtener el registro definitivo.
Desconozco la mecánica de otras comunidades, donde sé que se han dado registros definitivos sin actas de lectura, sin puesta en servicio, provisionales, etc. Cuidado con este tema, porque habrá inspecciones y si no se han ajustado al 661 al pié de la letra en la tramitación, aunque tengas reg definitivo en 661, te pasarán la 1578.
Espero haber dado alguna idea.