La energía solar no es una energía alternativa: es la energía.
Hermann Scheer

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Tema: OPCIONES RECURSO RETROACTIVIDAD

  1. #41
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    sep 2008
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    Predeterminado Respuesta: OPCIONES RECURSO RETROACTIVIDAD

    Pues si hubiese alguna iniciativa para demandar yo la apoyaria, ¿pero cuanto cuesta poner una demanda de este tipo?
    Cita Iniciado por newinversor Ver mensaje
    Queridos amigos:
    Hace algún tiempo planteé la idea de demandar a los miembros del gobierno culpables tanto de nuestra situación como por dejación de funciones en cuanto a la observancia de la correcta administración publica y pruebas de ello tenemos en abundancia..
    Entiendo también, que sería utilizar las armas que utilizan los lobbies electicos, ya que debemos recordar que las ayudas al carbón, fueron impugnadas por las eléctricas en Europa y que a finales de Diciembre llegaron a un acuerdo el Gobierno (prevaricador) con las eléctricas (estafadoras) para que estas retiraran dichas demandas contra el decreto del Gobierno y como "contrapestación" el Gobierno nos decapitó con el RDL 14/2010 poniendo nuestra "cabeza" en bandeja a disposición de las eléctricas.
    También recordar hoy las palabras del mayor estafador de la historia de España, en el diaro 5 dias, donde dice que la compañía que preside invierte en fotovoltaica en EEUU puesto que hay estabilidad normativa, de echo, ha firmado un contrato de venta de la electricidad que genere para 25 años, ha cobrado una "subvención" del 30% del gobierno Obama por realizar dichas instalaciones y la rentabilidad que sacará anualmente por la venta de la electricidad ronda el 13% (palabras de éste energúmeno ahora hace exáctamente un año)
    Creo que por estos motivos más que justificados debemos de plantearnos el demandar al Gobierno (ZP, Sebastián, Salgado, Rubalcaba) no sé si sacaríamos algo, pero por lo menos nos van a empezar a tener miedo, éstos y los que vengan detrás.

  2. #42
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    Predeterminado Respuesta: OPCIONES RECURSO RETROACTIVIDAD

    Cita Iniciado por newinversor Ver mensaje
    Queridos amigos:
    Hace algún tiempo planteé la idea de demandar a los miembros del gobierno culpables tanto de nuestra situación como por dejación de funciones en cuanto a la observancia de la correcta administración publica y pruebas de ello tenemos en abundancia..
    Entiendo también, que sería utilizar las armas que utilizan los lobbies electicos, ya que debemos recordar que las ayudas al carbón, fueron impugnadas por las eléctricas en Europa y que a finales de Diciembre llegaron a un acuerdo el Gobierno (prevaricador) con las eléctricas (estafadoras) para que estas retiraran dichas demandas contra el decreto del Gobierno y como "contrapestación" el Gobierno nos decapitó con el RDL 14/2010 poniendo nuestra "cabeza" en bandeja a disposición de las eléctricas.
    También recordar hoy las palabras del mayor estafador de la historia de España, en el diaro 5 dias, donde dice que la compañía que preside invierte en fotovoltaica en EEUU puesto que hay estabilidad normativa, de echo, ha firmado un contrato de venta de la electricidad que genere para 25 años, ha cobrado una "subvención" del 30% del gobierno Obama por realizar dichas instalaciones y la rentabilidad que sacará anualmente por la venta de la electricidad ronda el 13% (palabras de éste energúmeno ahora hace exáctamente un año)
    Creo que por estos motivos más que justificados debemos de plantearnos el demandar al Gobierno (ZP, Sebastián, Salgado, Rubalcaba) no sé si sacaríamos algo, pero por lo menos nos van a empezar a tener miedo, éstos y los que vengan detrás.
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    Saludos, cuánto tiempo, amigo New!
    Buena la anotación. No estoy seguro de si al jodidillo y toca p-l-t-s Tea Party le hará mucha gracia que una empresa de fuera vaya allí a desfalcarles de ese modo... Se lo podríamos hacer saber por si acaso!!
    Ni los piratas asaltarían a familias en beneficio de multinac.ESPAÑA QUEBRARÁ COMO GRAL.MOTORS: en los 80 desguazaron sus modelos de coches eléct pq la consigna era devorar petróleo.Eso les llevó a quiebra.30 AÑOS después necesitan recuperarlos.ESO x NO HABLAR DEL GRAN RIESGO PARA EL PAÍS DE TENER JURÁSICOS NUCLEARES (vista la ruina de nuevas como Finlandia y Francia...).www.youtube.com/watch?v=NBlyOJAIrIo 1ªpte www.greenpeace.org/espana/news/greenpeace-elabora-un-estudio

  3. #43
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    Predeterminado Respuesta: OPCIONES RECURSO RETROACTIVIDAD

    GRACIAS QUINTO !!!!

    Dirás ¿por qué?, porque como siempre que participas das en la diana. Llevaba tiempo preguntando en el foro por la necesidad de presentar la reclamación Patrimonial ya que he oido muchas opiniones dispares al respecto. Creo que tu contestación me parece la más correcta. Solo una cuestión, si no se presenta reclamación por daño Patrimonial contra el 1565, ¿¿¿admitimos el recorte a 30 años???, ¿¿¿cuando acaba el plazo para recurrir el 1565, en noviembre de 2011???.

    Saludos y muchas gracias

  4. #44
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    Predeterminado Respuesta: OPCIONES RECURSO RETROACTIVIDAD

    Cita Iniciado por solano Ver mensaje
    GRACIAS QUINTO !!!!

    Dirás ¿por qué?, porque como siempre que participas das en la diana. Llevaba tiempo preguntando en el foro por la necesidad de presentar la reclamación Patrimonial ya que he oido muchas opiniones dispares al respecto. Creo que tu contestación me parece la más correcta. Solo una cuestión, si no se presenta reclamación por daño Patrimonial contra el 1565, ¿¿¿admitimos el recorte a 30 años???, ¿¿¿cuando acaba el plazo para recurrir el 1565, en noviembre de 2011???.

    Saludos y muchas gracias
    El Rd 1565 ya está recurrido por ANPER por lo que consentido no está. Lo que sucede es que el fondo de una reclamación por responsabilidad patrimonial del Estado es distinto al de la impugnación de ANPER y por lo tanto si no se plantea la reclamación a su debido tiempo se pierde el derecho a determinadas indemnizaciones que se podrían conseguir.

    ¿Que cual es el plazo?. En principio y para no errar podemos considerar un año desde la publicación de la norma. El computo del plazo podría hacerse de otros modos que alargarían el plazo pero creo que no merece la pena arriesgar en esta cuestión. Si el Rd 1565/2010 se publicó el 24 de noviembre, en esa fecha de este año vence el plazo.

    El fondo del asunto es que las compensaciones establecidas en el RD 14/2010 son ficticias ya que el 80 % de su valor ya era nuestro y se nos despojó de ello sin mediar indemnización. Es como el saqueador que te roba y luego pretende venderte esas mismas mercancias.
    Tal como alimentan sus cuerpos con riqueza robada, así alimentan sus mentes con conceptos robados, y proclaman que la honestidad consiste en negarse a saber que están robando (Ayn Rand).

  5. #45
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    ene 2011
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    Predeterminado Respuesta: OPCIONES RECURSO RETROACTIVIDAD

    Por lo que pone en este artículo de Suelo Solar sobre la cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia europeo, parece ser que no confían mucho en esa opción.
    El procedimiento prejudicial es, pues, una cuestión «entre jueces».

    Si bien puede solicitarla una de las partes en el litigio, es el órgano jurisdiccional nacional quien toma la decisión de remitirla al Tribunal de Justicia.

    A este respecto, el artículo 267 del Tratado de Funcionamiento de la UE establece que los órganos jurisdiccionales nacionales de última instancia, es decir, cuyas decisiones no puede ser objeto de recurso, están obligadas a ejercer un procedimiento prejudicial si una de las partes así lo solicita.

    No obstante, los órganos jurisdiccionales que no resuelven en última instancia , como es el caso, no tienen la obligación de ejercer este procedimiento aunque lo solicite una de las partes
    Además cuesta dinero que aumentaran las minutas.
    El procedimiento prejudicial ante el Tribunal de Justicia Europeo en la Fotovoltaica.
    Por favor, comentar las noticias en los periodicos.

  6. #46
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    ene 2011
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    Predeterminado Respuesta: OPCIONES RECURSO RETROACTIVIDAD

    Cita Iniciado por SEBASPORK Ver mensaje
    Por lo que pone en este artículo de Suelo Solar sobre la cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia europeo, parece ser que no confían mucho en esa opción.
    El procedimiento prejudicial es, pues, una cuestión «entre jueces».

    Si bien puede solicitarla una de las partes en el litigio, es el órgano jurisdiccional nacional quien toma la decisión de remitirla al Tribunal de Justicia.

    A este respecto, el artículo 267 del Tratado de Funcionamiento de la UE establece que los órganos jurisdiccionales nacionales de última instancia, es decir, cuyas decisiones no puede ser objeto de recurso, están obligadas a ejercer un procedimiento prejudicial si una de las partes así lo solicita.

    No obstante, los órganos jurisdiccionales que no resuelven en última instancia , como es el caso, no tienen la obligación de ejercer este procedimiento aunque lo solicite una de las partes
    Además cuesta dinero que aumentaran las minutas.
    El procedimiento prejudicial ante el Tribunal de Justicia Europeo en la Fotovoltaica.
    Hola Sebaspork,

    Hasta ahora no me había metido en este foro, de hecho sólo lo ví hace un par de días. He recibido varias preguntas a raíz de este artículo, que parece sembrar dudas sobre este procedimiento, desconozco si es por falta de familiaridad con el asunto, o por querer desacreditar este procedimiento.

    He publicado en las preguntas frecuentes nº13 & nº14 en nuestro blog unas aclaraciones, los reproduzco aquí:

    1. La Audiencia Nacional conocerá nuestras pretensiones en instancia única, lo que quiere decir que no hay recurso en otra instancia. Técnicamente la casación no es otra instancia, sólo admite cuestiones legales doctrinales, no es una segunda valoración de los hechos. La Audiencia Nacional tiene la obligación de plantear la cuestión prejudicial.

    2. Siempre corresponde al órgano jurisdiccional nacional resolver sobre las costas, esto también es así si no se plantean cuestiones prejudiciales. El TFUE (Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea) únicamente estipula que el TJUE (Tribunal de Justicia de la Unión Europea) nunca se mete en cuestiones de costas en procedimientos prejudiciales, cómo es lógico (En España el Tribunal Constitucional tampoco se pronuncia si se le remite una cuestión constitucional dentro de otro procedimiento). No hay ninguna razón que nos debe hacer pensar que nuestro planteamiento podría resultar en una condena de costes por parte de la Audiencia Nacional. No estamos haciendo planteamientos fuera de lo razonable, por lo cual no hay lugar de condena de costes.

    Desde luego, por supuesto, en términos de minutas de abogados el procedimiento no es gratuito. En nuestro presupuesto está incluido, entiendo que a otros no les apetece incluirlo, por razones económicas.

    Aprovecho la oportunidad de anunciar que hemos colgado la presentación actualizada de nuestra estrategia & presupuesto, y por supuesto de saludaros a todos muy cordialmente,

    Piet Holtrop
    www.holtropblog.com

    A government that robs Peter to pay Paul can always depend on the support of Paul.
    George Bernard Shaw, Everybody's Political What's What?

  7. #47
    Fecha de ingreso
    may 2010
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    Predeterminado Respuesta: OPCIONES RECURSO RETROACTIVIDAD

    Estoy a pocos días de mi "deadline" particular.

    Como todos, preguntándome cuál puede ser la mejor opción de defensa. Pienso que, a la larga, los caminos irán confluyendo a medida que se vaya viendo cuál es la estrategia ganadora. Y que la resolución final se producirá en Europa.

    Soy afiliado de ANPER y probablemente me decante por su opción aunque Piet también me gusta. PROMEIN no son santo de mi devoción. El resto de opciones apenas las conozco.

  8. #48
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    abr 2006
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    Predeterminado Respuesta: OPCIONES RECURSO RETROACTIVIDAD

    Cita Iniciado por SEBASPORK Ver mensaje
    Por lo que pone en este artículo de Suelo Solar sobre la cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia europeo, parece ser que no confían mucho en esa opción.
    El procedimiento prejudicial es, pues, una cuestión «entre jueces».

    Si bien puede solicitarla una de las partes en el litigio, es el órgano jurisdiccional nacional quien toma la decisión de remitirla al Tribunal de Justicia.

    A este respecto, el artículo 267 del Tratado de Funcionamiento de la UE establece que los órganos jurisdiccionales nacionales de última instancia, es decir, cuyas decisiones no puede ser objeto de recurso, están obligadas a ejercer un procedimiento prejudicial si una de las partes así lo solicita.

    No obstante, los órganos jurisdiccionales que no resuelven en última instancia , como es el caso, no tienen la obligación de ejercer este procedimiento aunque lo solicite una de las partes
    Además cuesta dinero que aumentaran las minutas.
    El procedimiento prejudicial ante el Tribunal de Justicia Europeo en la Fotovoltaica.
    Interesante la cuestión y complicada ademas porque es un asunto tan complejo que pueden surgir muchas dudas. Tambien yo las tuve en su momento y lo cierto es que me daba miedo estar en manos de un juez nacional para acceder al derecho comunitario. Lo veia, y así se plantea con frecuencia, como si fuera una cuestión casi aleatoria, voluntaria y totalmente dependiente del criterio del juez.

    Bueno, en realidad siempre vamos a depender de la decisión de un juez. Incluso en los casos de las resoluciones injustas dependemos de su criterio pero, por encima de eso está la ley y lo que esta determina.

    Si el organo es una ultima instancia la decisión de si se plantea la cuestión prejudicial no es voluntaria sino obligatoria ya que para eludirla solo existen dos casos tasados:

    1.- Que el resultado de la cuestión sea irrelevante para la resolución del caso
    2.- Que no exista duda razonable sobre la interpretación del derecho europeo

    ¿Existen dudas razonables?. Muchisimas. A modo de ejemplo aqui va una. Las limitaciones horarias establecidas en el RDL 14/2010, al igual que otros limites a la produccion establecidos en normas comunitarias, ¿tienen la naturaleza jurídica de una modificación de la autorización inicial?. La respuesta a esta pregunta tiene consecuencias inmensas para nuestro caso.

    El incumplimiento por parte del organo judicial nacional de tal obligación se considera una vulneración por parte del Estado miembro del Tratado CE y como tal se le puede incoar un procedimiento de infracción. Como los organos judiciales son independientes al final solo caber tratar el incumplimiento de la obligación de presentar la cuestion prejudicial como un error judicial que daría derecho a una indemnización por los daños sufridos.

    Todo esto hay que tenerlo en cuenta en el contexto de una investigación ya iniciada por parte del Parlamento Europeo y que, con toda probabilidad, llegará a la Comisión. Nuestro amigo Gunther Oettinger tambien opinará. Yo que el juez actuaría con pies de plomo porque notaría en mi nuca la observación de muchos ojos
    Tal como alimentan sus cuerpos con riqueza robada, así alimentan sus mentes con conceptos robados, y proclaman que la honestidad consiste en negarse a saber que están robando (Ayn Rand).

  9. #49
    Fecha de ingreso
    ene 2011
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    Predeterminado Respuesta: OPCIONES RECURSO RETROACTIVIDAD

    Cita Iniciado por Juan Eloy Ver mensaje
    Estoy a pocos días de mi "deadline" particular.

    Como todos, preguntándome cuál puede ser la mejor opción de defensa. Pienso que, a la larga, los caminos irán confluyendo a medida que se vaya viendo cuál es la estrategia ganadora. Y que la resolución final se producirá en Europa.

    Soy afiliado de ANPER y probablemente me decante por su opción aunque Piet también me gusta. PROMEIN no son santo de mi devoción. El resto de opciones apenas las conozco.
    Hola Juan Eloy, Yo no soy nadie para aconsejarte, esta es una decisión particular y muy importante, pero si piensas que la solución final está en Europa, la propuesta de Piet Holtrop es la adecuada ya que incluye la vía prejudicial europea.
    En la estrategia de Allen & Overy (ANPER) no la contempla.
    Por favor, comentar las noticias en los periodicos.

  10. #50
    Fecha de ingreso
    nov 2009
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    VALENCIA
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    Predeterminado Respuesta: OPCIONES RECURSO RETROACTIVIDAD

    Yo tampoco soy nadie para aconsejar ya que mi gente todos están por garrigues aun que yo personalmente apoyo mas a Piet, pero la opción de anper como la promein son tan buenas como las mejores ya que están en la brecha y echarlas por tierra supone un flaco favor a nuestros problemas ademas de crear incertidumbre y malestar, si se ha de hacer una critica ha de ser con fundamento y con razones, No debemos entrar a mordernos entre el sector, esta guerra de bufetes y juicios no acaba mas que empezar y puede dar muchas sorpresas y también desilusiones seamos prudentes
    un saludo
    ----------------------------
    www.rd661.es

    visitala y pon tu granito de arena
    -------------------------------

    http://www.youtube.com/watch?v=i6RK6B_OI58

    661 Y QUE DEJEN DE MAREAR

    EN EL 2006 YA SE DEBIAN 8000 MILLONES DE €
    http://www.elconfidencial.com/econom...ia.asp?id=6364


    ministro Sebastián el bombillas '"" el rey EN ARRUINAR FAMILIAS"""

    ¡VA USTED A LA MIERDA! "diodo led" (alias FABRIZIO)

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