Buenos dias!
Queria preguntaros si además de los gasto en la instalacion se pueden añadir los gastos de permisos de ayuntamiento y certificados energeticos?
He intentado buscar esa informacion pero no encuentro, agradeceria vuesta ayuda.
Un saludo.
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Buenos dias!
Queria preguntaros si además de los gasto en la instalacion se pueden añadir los gastos de permisos de ayuntamiento y certificados energeticos?
He intentado buscar esa informacion pero no encuentro, agradeceria vuesta ayuda.
Un saludo.
Me respondo a mí mismo, he encontrado esto:
Se considerarán como cantidades satisfechas por las obras realizadas las necesarias para su ejecución, incluyendo los honorarios profesionales, costes de redacción de proyectos técnicos, dirección de obras, coste de ejecución de obras o instalaciones, inversión en equipos y materiales y otros gastos necesarios para su desarrollo, así como la emisión de los correspondientes certificados de eficiencia energética.
No se considerarán en dichas cantidades los costes relativos a la instalación o sustitución de equipos que utilicen combustibles de origen fósil.
Un saludo.
Hola ,yo no sabia nada del certificado energetico y me montaron las placas enero del 2022, cuando me entere llame para que me hicieran el certificado , y en diciembre del 2022 me hicieron el mismo dia el certificado energetico ,el anterior y el posterior , miro el consumo de luz del 2021 y calculo la eficiencia,
y lo que no se si tendra validez ante hacienda ,porque mucha gente lo esta haciendo igual que yo ,podeis confirmarme si lo puedo desgravar o no debo desgravar.
gracias
Hola no se si alguien puede echarme una mano, por mas que leo paso de la alegría a las dudas. Yo puse las placas en octubre del 22 y cuando leo que se puede desgravar el irpf teniendo un certificado energético anterior me he lanzado a la escrituras de la casa, bingo el certificado energético es del 25/05/21 me vale. Pero el problema que no tengo el de después, y dice que se tiene que declarar en el año que se expide el certificado energético posterior a las obras. ¿ Entonces ya no puedo desgravarme? Estoy pendiente de poner el aire acondicionado, ¿ Eso tampoco? A ver si alguien le ha pasado como a mi que no se ha enterado de solicitar el certificado energético posterior.
Si te puedes desgravar, pero en la declaración del año que viene.
Haz las mejoras necesarias para llegar al 30% de reducción de consumo de energía primaria y después que te hagan el segundo certificado. Al ser la fecha de este segundo certificado 2023, lo tendrás que declarar el año próximo.
Sin problema.
https://sede.agenciatributaria.gob.e...deduccion.html
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Esto también es importante :
https://sede.agenciatributaria.gob.e...ducciones.html
Recordad que podéis deducir también el gasto de los certificados y cualquier otro gasto asociado
A mi no me queda claro si se pueden descontar las TASAS e ICIO que he pagado en el ayuntamiento para la licencia de obra
Por experiencia te puedo decir que no necesariamente va a pedir justificación a todo el mundo. Sería una locura. En las declaraciones con resultado a pagar pedirá a aquellos que incluyan datos que les parezcan "sospechosos", por importes deducidos, fechas de los certificados, reducción de consumo, etc. y las declaraciones con derecho a devolución serán las que más miren y mayores posibilidades tengan de que les pidan justificación.
Que sí, que se pueden deducir. Cómo vas a hacer obras sin esos permisos. Es un coste más.
https://primeralecturaediciones.com/...ra-energetica/
Hola:
Dentro de obras de mejora de eficiencia energética, hay 3 apartados:
¿En cual se ponen los paneles?
Deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas:
1. Por la reducción de la demanda de calefacción y refrigeración
2. Por las obras realizadas para la mejora en el consumo de energía primaria no renovable
3. Por las obras realizadas en edificios de uso predominantemente residencial
Gracias
Seguro??
Por que cada punto tiene un porcentaje diferente de deducción (dependiendo de la mejora de eficiencia)
Punto 1
Para aquellas obras que hayan reducido la demanda de calefacción y refrigeración de la vivienda en, al menos, un 7%
Punto 2
Para aquellas obras que hayan reducido en al menos un 30% el indicador de consumo de energía primaria no renovable, o bien, consigan una mejora de la calificación energética de la vivienda para obtener una clase energética «A» o «B», en la misma escala de calificación
Punto 3.
La deducción puede aplicarse a aquellas obras que hayan reducido en al menos un 30% el indicador de consumo de energía primaria no renovable, o bien, consigan una mejora de la calificación energética de la vivienda para obtener una clase energética «A» o «B», en la misma escala de calificación, según los certificados de eficiencia energética expedidos antes y después de realizar las obras.
Mi duda es, que el punto 2 y punto 3 dicen casi lo mismo
Un saludo
Pues entonces perfecto...
Únicamente, recuerda que te hagan y registren el certificado ANTES del comienzo de los trabajos y después que te hagan el segundo y registren DESPUES de legalizar la instalación...
El próximo mes de Abril de 2024 cuando hagas la declaración de 2023 lo metes y chimpun.
Es una deducción directa
Al punto 3 se llega dependiendo de la vivienda. Si es todo el conjunto de la vivienda se puede optar al 60% referido al punto 3
Buenos días, he estado mirando el video de la Agencia Tributaria y en uno de los apartados hay que poner el NIF de la empresa que realiza la obra. Si la instalación la realizo yo, ¿tendré derecho a la deducción?
Entiendo que necesitarás un boletín para legalizarlo por industria. Lo mismo solo te desgrava el precio de los materiales.
Buenas, yo tengo una duda, en mi caso la instalación costo 12000 euros, si hago la declaración separada con mi mujer, cada uno tendríamos que poner en los gastos 6.000 y el programa ya directamente te aplica el 40% lo que serian 2400 en cada declaración, lo cual no se si es legal, ya que se supone que sería un 40 % hasta un máximo de 7500 euros por instalación, lo que serian 3000 euros y en ese caso serían 4800 lo que nos desgravaríamos.
En el vídeo de la agencia Tributaria se explica con un caso similar al tuyo... Si la instalación cuesta 12000€ tu metes como coste de instalación en tu declaracion 6000€ y tu mujer 6000€ y ya el propio programa se encarga de calcularlo automáticamente. Tus cálculos son tan cual indicas y es correcto.
Si es cierto que a mí me quedo un poco la duda de si ese vídeo es para declaración conjunta o separada. Estoy en el mismo caso que tú. Nosotros la hacemos separada. Respecto a que la instalación este "a mi nombre" (facturas, documentación etc...) Supongo que no hay problema porque ella es propietaria de la casa y los ingresos han salido de una cuenta común en la que los dos somos titulares ...