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| Trámites administrativos Cuestiones relativas a trámites a realizar ante administraciones o compañías eléctricas y conducentes a la obtención de permisos o subvenciones. |
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Hola a todo el mundo,
Ante todo felicitar a la gente del foro, y en especial a la gente que dedica parte de su tiempo a contestar esas dudas que a todos nos surgen sobre todo tipo de temas. Tengo intención de realizar una instalación a nivel particular de 8kW Nominales en cubierta de mi casa, antes de empezar hacer papeles y trabajos, quería mirar que mecanismos hay para que todo el IVA que tenga que pagar para hacer la instalación el estado me la devuelva. Mi intención seria hacerme autónomo antes que nada. Mi duda es esta, que es lo mas común hacer en este tipo de instalaciones pequeñas a nivel particular para que te salga la cosa mejor. Gracias de antemano. |
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Para poder ser productor de energia electrica en Regimen Especial te tienes que dar de alta en el IAE (Impuesto de Actividades Empresariales), que es una cantidad irrisoria y que de cualquier manera la podras recuperar en la declaracion del IRPF, como Pago a Cuenta.
Al estar dado de alta en el IAE, seras una Empresa (y como tal tendras que declarar en el IRPF en la seccion de Rendimientos de Actividades Empresariales) ademas de realizar declaraciones trimestrales de Fraccionamientos del IRPF e IVA; en esta ultima, podras compensar el IVA Soportado con el IVA Repercutido en tus facturas de la electricidad producida; si ademas, a fin de año tienes mas IVA Soportado que Repercutido (como sucede al inicio de actividad), podras solicitar su devolucion. Ademas de las declaraciones comentadas, tambien tendras que realizar otras declaraciones informativas (Impuesto de la Electricidad, Comunicacion de Libros Obligatorios y Pagos a Terceros), que se escapan a tu pregunta y que de cualquier manera podras encontrar tambien abundante informacion en el foro. ![]() Finalmente, para poder vender la electricidad generada no es necesario "hacerse autonomo" (con lo que ello implica de darse de alta en el RETA y cotizar por ello); es mas, deberias pensar muy mucho si ello realmente te interesa!, si ya trabajas por cuenta ajena. ![]() Saludos. Última edición por lwolf fecha: 16-06-2008 a las 07:27:44. Razón: Mejor explicacion |
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Hola Iwolf,
Uno de los pasos previos antes de la construcción de la instalación, es la inscripción previa a productor de energía eléctrica en régimen especial. Después de ejecutar-la y hacer algunos trámites mas te das de alta en el R. P. R. E. definitivo. Entonces cuando ya está todo hecho entiendo que te das de alta al IAE. Mi pregunta es la siguiente, si todas las facturas las has realizado antes de darte de alta al IAE el IVA de estas también se deduce? O los conceptos que tengo yo de la tramitación son erróneos. |
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Es que, independientemente de toda la "parafernalia" de tramites del Regimen Especial, en cualquier momento te puedes dar de alta en el IAE (en el epigrafe correcto: Otras producciones de energia) y preferiblemente antes de realizar ninguna inversion, pues sino podrias tener problemas para recuperar el IVA de dichas facturas.
Saludos. |
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Lo primero es darse de alta de IAE, y no hay ningún costo por ello, en una respuesta anterior da la impresión q hay q pagar. No es así.
Antes de emitir ninguna factura lo primero darse de alta de la actividad, y así, como bien te dicen no habrá problema ninguno para justificar las facturas. Eso si, a aprtir del alta de IAE, estas obligado a las declaraciones trimestrales de IVA e IRPF ( pueden ser negaticas o cuota cero, pero hay q hacerlas). No de Impuestos Especiales. De impuestos especiales tendrás obligación como bien dices cuando te inscribas y pidas el Cae, etc. |
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Cita:
Saludos. |
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Ok! Aquí quería yo llegar, o sea pido el punto de conexión y si este es viable antes de hacer nada me doy de alta de AIE y entonces empiezo hacer el correspondiente papeleo de la inscripción previa, ejecuto la instalación continuo con los trámites.. Trimestralmente voy haciendo las declaraciones del IVA aunque aún esté la instalación a medias.
Luego a principios de año pido la compensación del IVA. Ahora referente a otro aspecto, mas de opinión personal. Empezarías una instalación en cubierta de unos 10kW sabiendo que hay el RD aún para salir, y que esta instalación no estaría terminada hasta Diciembre o porai. |
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El IAE se paga en Navarra a los ayuntamientos en cuyo termino municipal estan ubicadas las instalaciones.
En general, el IAE era otro de los "mecanismos de finaciacion de las Haciendas Locales" (ayuntamientos), lo que pasa que hace unos pocos años en el Regimen General cambiaron el tema de la financiacion y suprimieron las cuotas de IAE, aunque se mantiene el alta con fines fiscalizadores. En Navarra no se ha cambiado la financiacion de este tema, pero para evitar el "agravio comparativo" con el resto de España, permitieron que se pueda recuperar su importe, en la declaracion de IRPF, cuando se trata de Pequeñas y Medianas Empresas (ingresos inferiores a 2.000.000 €). Saludos. |
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Gracias por la respuesta. Lwolf.
En cuanto a solmat, a ver. "Ok! Aquí quería yo llegar, o sea pido el punto de conexión y si este es viable antes de hacer nada me doy de alta de AIE y entonces empiezo hacer el correspondiente papeleo de la inscripción previa, ejecuto la instalación continuo con los trámites.. Trimestralmente voy haciendo las declaraciones del IVA aunque aún esté la instalación a medias. Luego a principios de año pido la compensación del IVA" Efectivamente así sería. De cara a hacienda tienes obligaciones independientemente de q la instalación funcione, o este terminada o no. Lo q te obliga es el haberte dado de alta. En cuanto a si empezarias o no una instalación sobre cubierta...pues bueno. Los rumores a puntan a aq sobre cubierta la cuota se quedará igual. Pero yo, personalmente me esperaría a ver q pasa. Entre otras cosas para ir sobre seguro. Los rumores apuntan a q si bajan las tarifas deberán bajar también los materiales. Así q yo me esperaría a ver q hay de cierto. Pero como bien dices tu, eso es una opinión personal. Un saludo. |
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