Respuesta: ¿Cómo vas a defender tus derechos?
Ahora que parece que de verdad entramos en faena me parece conveniente hacer unas observaciones que nos sitúen en posición de entender a que nos enfrentamos descartando posibles triunfalismos pero tampoco, ni mucho menos, sembrando el derrotismo. Es una llamada para entender que en la guerra nunca fué bueno subestimar al contrario.
Tenemos mas razón que un santo y nuestra causa es justa pero de aquí a que la justicia nos de la razón media un trecho no pequeño. Y es que la justicia, a veces, también debe servir a algunos intereses.
El caso más evidente para mí de esta última observación es el de la empresa que recurrió cuando se saltaron la actualización de tarifas prevista en las normas para el año 2007. Una ilegalidad como un pino porque esta actualización anual estaba recogida en los decretos 436 y 661. Igual que nuestra tarifa del año 26 y sucesivos.
Fue desestimada por el TS siendo ponente de la sentencia el magistrado D. Juan Manuel Bandres. ¡Por Dios que no nos toque!
Motivo 1.- Falta de rigor en la norma
Desestimado porque se contó con los informes del Consejo de Estado y de la CNE.
Motivo 2.- Insuficiente motivación
Desestimado porque su contenido regulatorio se encuentra justificado, según se desprende de la Memoria Justificativa y de la Memoria Económica que refieren la necesidad y oportunidad de aprobar la referida norma.
Motivo 3.- Infracción de los principios de seguridad jurídica y de confianza legítima
Desestimado porque de la Ley del Sector Eléctrico, no se desprende la petrificación o congelación del régimen retributivo de los titulares de instalaciones de energía eléctrica en régimen especial ni un reconocimiento del derecho de los productores en régimen especial a la inmodificabilidad de dicho régimen.
Motivo 4.- Se debe actualizar la tarifa por prescripción legal
Desestimado puesto que el criterio de no elevación de los valores de la tarifa regulada para las instalaciones de tecnología fotovoltaica se justifica en que la rentabilidad de la actividad de generación a partir de esta tecnología era superior a la considerada como retribución suficiente y razonable.
Así sin mas, sin un número de por medio. Sin un TIR, sin un VAN, sin plazos de recuperación de la inversión. Simplemente porque se ha “considerado” que es suficiente.
Esta, a veces, es la realidad de la justicia en nuestro país. Otras veces tengo que admitir que he disfrutado como un niño leyendo sentencias del TS en las que, como en las buenas películas, los buenos terminan ganando, aunque sea pasando previamente por un infierno. Por poner un caso Maximo Decimo Meridio. Me encanta la escena en la que los lanzan a la arena del circo para que se los despachen, por supuesto que con el beneplacito y vocerio de la plebe pero les estropean el plan.
Tal como alimentan sus cuerpos con riqueza robada, así alimentan sus mentes con conceptos robados, y proclaman que la honestidad consiste en negarse a saber que están robando (Ayn Rand).