sistema auxiliar de aportación de energía
No acabo de entender las condiciones que pide el CTE sobre el sistema auxiliar de aportación de energía en el apartado 3.3.3 Sistema de acumulación solar.
En el punto 3.3.3.2.4 dice que no se permite la conexión de una fuente de energía auxiliar dentro del acumulador solar. Sin embargo, en el punto 3.3.3.1.4 dice que para satisfacer las condiciones para la prevención de la legionelosis, es permitido prever un conexionado puntual entre el sistema auxiliar y el acumulador solar, de forma que se puede calentar este último con el auxiliar.
O sea que yo entiendo lo siguiente:
Se debe poner un sistema auxiliar que sea totalmente independiente del acumulador solar, pero éste puede tener una resistencia eléctrica para mantenerlo a una temperatura superior a los 50ºC permitidos. Pero si yo ya necesito el agua a esta temperatura, para que necesitaría un sistema de energía auxiliar??? Si con la resistencia eléctrica incorporada en el acumulador ya obtengo la temperatura deseada en cualquiera de las situaciones meteorológicas...