Que pasa a los 30 años en las huertas solares
Siguiendo con mis quimeras mientras me afeitaba (q al final no me afeite tanto pensar) se me han ocurrido un par de dudas acerca de las Huertas solares.
Pongamos que quiero invertir en una huerta solar hasta donde sé lo que hago es comprar un conjunto de placas-seguidor-inversor y demas artilugios. con un alquiler de terreno y servicios por parte del promotor por espacio de 30-40 años. Y ahi es donde vienen mis dudas. Que pasa a los 30 (o 40)?
1.- Lo que he comprado (placas,seguidores...) es mio (o de mis herederos).
2.- El terreno no es mio, me pueden obligar a retirar todos mis artilugios de su campo??????......y llevandolo al extremo desenterrar los cables?? (aqui me he pasado :evil: )
3.- Podria llevarmelo todo si me diera la gana??
4.- Está esto contemplado en los contratos de las huertas, en el mantenimiento o en algun sitio?
5.- Hay alguna cláusula de recompra de los equipos por parte de los promotore al final de contrato??
Alguien que haya invertido o haya leido las condiciones a ver si me/nos da un poco de luz.
Si hay algun jurista en el foro, su opinion tambien podria ser valida
Siento calentaros la cabeza con mis quimeras......a ver si se me acaban las mini vacaciones y dejo de incordiar :lol: