La Directiva Europea 2002/91/CE obliga a que los edificios puestos en venta o en alquiler dispongan de un Certificado de Eficiencia Energética. Dicha Directiva Europea fue traspuesta parcialmente a la legislación española por el Real Decreto 42/2007 de Certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción , quedando pendiente la transposición de la calificación energética de los edificios existentes.
En febrero de 2012 se inició el trámite de exposición pública durante 20 días del proyecto deRD de Certificación de Eficiencia Energética de Edificios Existentes.
En marzo y abril del mismo año se publicó, por parte del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, tanto la escala de calificación de dichos edificios como las herramientas simplificadas para obtener la calificación energética.
El RD de Certificación de Eficiencia Energética de Edificios Existentes fija que a partir del 1 de junio de 2013 será obligatorio el indicado certificado para los edificios puestos en venta o en alquiler.
La calificación energética de un edificio existente, una vez se realice la transposición de la Directiva 2010/31/UE, se debe realizar mediante la utilización de un programa informático que tenga la consideración de documento reconocido.
Mediante concurso público abierto, el Consejo de Administración del IDAE aprobó la adjudicación de la contratación de servicios para la elaboración de dos procedimientos decalificación energética de edificios existentes, denominados CE3 y CE3X,
En la actualidad, ambos procedimientos, han superado los test de validación y sonprogramas reconocidos por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo y de Fomento para lacertificación energética para edificios existentes.