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solar termica y rite
hola todos, estoy calculando unas inst. solar termica ¿tengo que tener en cuenta el RITE en su instruccion ITE 10.1.3.2 donde dice que
1,25<100 A/M < 2? es que he estado probando con diferentes paneles y casi nunca consigo que se cumpla e incluso utilizando las tabla que facilitan algunos fabricantes tampoco se cumple.
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Por supuesto, que el RITE está en vigor, y habrá que cumplir lo que disponga en sus distintas instrucciones. Pero recuerdo que yo también tuve una duda en el cumplimiento de esta instrucción.
Prueba a que se cumpla que 60 menor o igual M/A menor o igual 100, que es el rango que según la Agencia Andaluza de la Energía nos propone en sus especificaciones técnicas para instalaciones de ACSS.
Si el valor dado difiere con este rango, se deberá justificar.
En caso contrario, consulta con tu proveedor.
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De todas formas, es raro que no te de esos valores.
Por ejemplo, para un equipo forzado que hemos montado hoy, hago los cálculos y lo comprobamos:
2 colectores de 2.05 m2/cada uno
300 litros de acumulación en vertical.
(2x2.05) = 4.1 m2
4.1 m2 / 300 litros = 0.01366 m2/l
Como la instrucción me dice que 1.25 <= 100x A/M <=2.00, tenemos que 100xA/M = 1.366, que está en cumplimiento con la instrucción 10.1.3.2 del RITE EN VIGOR (NO anulado por el CTE).
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Pero ojo porque M no es el volumen de acumulación, es el consumo diario y no siempre coincidirán.
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Buen apunte, Paula, M es el consumo en litros/dia, pero, es raro que difiera mucho M de V (volúmen de acumulación).
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gracias a todos por las respuestas sois uno fenomenos jjjej, otra cosa donde puedo descargarme las expecificaciones tecnicas que comentais de la agencia andaluza de la energia, he estado mirando en la web y no las he encontrado.
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