¿Superposición o caso general?
Hola foro!!!
Se tiene una cubierta plana y se coloca el campo de captación alineado con la fachada. Si los captadores tienen una determinada inclinación respecto al suelo (recuerdo que está prohibida la disposición horizontal porque entonces no se autolimpiarían), ¿en cual de estos casos que indica el HE4 estamos: superposición o caso general?.
Como no se define el caso general no se sabe si en él puede darse también la alineación con los ejes principales.
¿Alguién lo tiene claro al 100%? :(
Salu2
Integración arquitectónica
Dos preguntas rápidas para cálculo de pérdidas por inclinación y orientación:
- Colectores encastrados en tejado. Asumo que es integración arquitectónica y por lo tanto las pérdidas máximas por este concepto son del 40%. Correcto?
- El dibujo del CTE para el cálculo de pérdidas te ofrece tramos bastante amplios... 95-100, 80-90, 70-80... cómo calculo las pérididas exactas para hacer bien el resto de cálculos?
Gracias.
ITE 10.1.3.1 Disposición de los colectores
En un principio, yo creo que sobre cubierta plana se instalarán siempre en caso general (por lo que se habla de inclinación mínima para captadores planos, 15 º en general).
Do todos modos, hay una cosa interesante, en el ITE:
de la ITE 10.1.3.1 Disposición de los colectores:
"Los colectores se orientarán hacia el sur geográfico, pudiéndose admitir desviaciones no mayores que 25° con respecto a dicha orientación"
Esto es aplicable? Entonces, porque te dan en el CTE la posibilidad de orientarlos al oeste si se cumplen las pérdidas?
Estais aplicandolo? Yo se de instalaciones diseñadas con mayor azimut y no ha habido ningún problema.
Un saludo