CTE ACS a 60º y Suelo Radiante a 45º ??
Buenas a tod@s!!
Alguien me podría aclarar hasta que punto es obligatorio producir ACS a 60º o hacerlo a 45º y aumentar la Acumulación de acuerdo a la fórmula que propone el CTE:
Di (T) = Di (60ºC) x [(60 - Ti) / (T - Ti)]
A mi no me queda claro, ya que el rendimiento de los colectores disminuye al aumentar la Tª de uso...
Aplicando dicha fórmula la demanda energética es la misma, pero (en instalaciones con una demanda elevada) el número de colectores necesarios para alcanzarla no es el mismo.
Hasta la fecha he optado por hacer trabajar los colectores a 60º para evitarme una posible denegación del proyecto...
Pero ahora me encuentro que a la hora de proyectar una instalación “mixta” de ACS + Calefacción por Suelo Radiante la Tª de acumulación de ambos es distinta.
Alguna :idea: por favor?
Muchas gracias