Como computan los beneficios en IRPF
Hola, buenos días:
Me gustaría saber como computan los beneficios por venta de energía de una instalación fotovoltaica conectada a la red. En Hacienda me han dicho que pueden llegar a ser de un 45 %. Es eso cierto??Hay diferencias entre una persona física y jurídica??
Re: Como computan los beneficios en IRPF
Si eres persona fisica van directamente a tu cuenta de ingresos (como si fuera una nomina o un alquiler). Depende del resultado de sumar nomina, rentas y venta de energia y restar gastos de explotación te tocara tributar. No se como van los tramos ahora (pero eso cualquier asesor/gestor lo sabe), aunq si q pueda q en el tramo alto puedas tributar al 45% aunq acabo de leer q en la proxima reforma del IRPF pasará al 42%.
Si eres persona juridica, pagas el 35% de los beneficios brutos de la empresa. y ya está.
Dependiendo del tamaño ed la instalación q vayas a hacer te conviene una cosa u otra
Re: muchas gracias Rogelio
Cita:
Iniciado por gainla
Si el día de mañana quieres vender tu participación en la huerta por ejemplo, con vender la S.L. ya estaría pero esta mantendría todos los derechos adquiridos al principio para el siguiente propietario.
Esto da un punto interesante a la opcion de crear una S.L.
Por cierto todavia tengo la duda si realmente hay que pagar el 35% de los beneficios (S.L.) y posteriormente lo que corresponda de IRPF (como persona fisica)??? Por supuesto las deduciones van aparte, que en el caso de pagar al contado seria casi todo el primer año y si es con credito, pues lo que dure el credito.
Re: muchas gracias Rogelio
Cita:
Iniciado por wakynoti
Por supuesto las deduciones van aparte, que en el caso de pagar al contado seria casi todo el primer año y si es con credito, pues lo que dure el credito.
Ojo q no es exactamente así. Tu no puedes decucirte toda la inversion en un año aunq la pagues al contado.
La inversión la tienes q meter en un plan de amortización, el otro dia estaba contemplando una opción de hacerlo en dos años pero no está muy claro.
Aseguraros antes con vuestro asesor fiscal
Tu puedes hacer un credito a 20 años y amortizarla (deducirte como dices tu) en 7 o 10. No tienes que hacerlo en 20 años. Lo q puedes deducirte durante esos 20 años son los intereses q vayas pagando.