Intereses y amortización.
Tambien debes tener en cuenta que los gastos financieros(intereses y gastos de formalización o cancelación del préstamo) tambien puedes incluirlos como gastos de la actividad, que restaras de tus ingresos y dependiendo de tu tipo de gravamen te pueden suponer un ahorro de hasta el 43% de dichos gastos.
Lo mismo se puede aplicar a la amortización de la planta, aunque hay varias opiniones sobre la forma de amortización, en principio yo creo que se debe aplicar el que puedes elegir un tipo anual entre el 5 y el 10%, con un mínimo de 10 años y un máximo de 20.
Aqui estamos en las mismas, la amortización la restas de tus ingresos, por lo tanto dejaras de declarar rendimientos por dicho importe, ahorrandote hasta un 43 % de impuestos igual al importe de la amortización aplicado.
En el supuesto más exagerado, una persona con unos ingresos muy elevados que tributara al 43% .Del total de la inversión al aplicar la amortización ya se ahorraria el 43 % de dicha inversión en impuestos y tambien podria aplicarse el 6% de deducción medioambiental..
Por lo tanto el 49% de la inversión ya la tendria enjugada.
Saludos.
aplicación de la deduccion
En principio, el ejercicio fiscal en el que puedes aplicarte dicha deducción es en el que comienza la actividad del bien(eso es lo que creo haber leido en este foro, procuraré enterarme para asegurarlo). Osea si la planta se conecta en 2008 te podras aplicar dicho 6% de tu inversión en la declaración del IRPF de 2008 que es la que se presenta en Mayo-Junio de 2009.
Saludos.