PARA SOLICITAR LA AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA
Hola compañeros,
tengo una duda razonable que ha surgido a raíz de una reunión mantenida con el Jefe del Servicio de Industria, Minas y Energía de Almería, en la cual tras consultarle numerosas dudas, me explicó con pelos y señales el nuevo procedimiento administrativo.
El caso es que luego pensando sobre lo comentado, pues me surgió la siquiente duda:
Según me comentó, ahora se puede presentar la inclusión en el R.E., la autorización administrativa y aprobación del proyecto al mismo tiempo (suponiendo que hayas solicitado el punto de conexión a Sevillana).
Pero según la circular que nos pasaron desde los servicios centrales de la Consejería de Innovación Ciencia y Empresa, para solicitar la autorización adm. y aprobación de proyecto, es necesario presentar el punto y condiciones de conexión vigentes a la fecha de presentación de la solicitud, es decir, que no sería la solicitud de punto de conexión con lo cual o tienes el punto antes de iniciar los trámites o tras presentar la inclusión y la solicitud de acceso, tienes que esperar mínimo un mes para la autorización adm. pues ese es el plazo de contestación mínimo de la ED (para BT).
Pero aún más, y esto para complicarlo todo un poco más, como para solicitar el punto de acceso tienes que tener el certificado que emite Industria, y según el Jefe del Servicio de Industria, Energía y Minas ellos piden el aval a la solicitud de la autorización administrativa, entonces lo que se presenta a industria con dicha autorización sería la solicitud de acceso y no el punto concedido.
Joder que ladrillo que estoy soltando!!! :?
La cuestión es: ¿¿es necesario para solicitar la autorización adm. y ejecución del proyecto tener el punto concedido con las condiciones de acceso a red o no??