Buenos días,
He vuelto a repasar el BOE y no encuentro ningún sitio que diga que tengan que ser obras "llave en mano", ni que tengan que estar dados de alta como instaladores en el IDAE
En la página 77974 dice: "d) Presupuesto de la empresa o empresas
que realizarán la ejecución de las actuaciones, suficientemente desglosado, de fecha posterior a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del presente real decreto" presupuesto de los que ejecutan las actuaciones, en ningún momento indica del material comprado, es decir, yo entiendo que piden presupuesto de la mano de obra (cosa que yo si voy a hacer, comprar el material pero que lo monte un instalador cualificado).
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Es más, es que en la página 77980 dice: "e) Relación clasificada y firmada por el destinatario último de la ayuda de las facturas y de sus correspondientes justificantes bancarios de pago, correspondientes a la inversión elegible realizada y que respondan al presupuesto y contratos presentados, y copia de los mismos. Se exime de la obligación de presentar aquellas facturas que tengan un importe inferior a 3.000 euros." Fíjate que dice
facturas y justificantes de pago, en plural, en ningún momento del BOE dice que tenga que ser una única factura de todo incluido, llave en mano, incluso te eximen de presentar las facturas de menos de 3000€.
Por favor, si estoy equivocado, indicadme en que parte del BOE lo dice, porque yo tampoco quiero que me tiren para atrás la subvención por algo así. Pero tampoco estoy dispuesto a tener que pagarle a un instalador las placas o los soportes con un sobre precio exagerado, que me han llegado a pasar presupuestos en los que los soportes valían más del triple que en páginas de venta de material FV a particulares, y el el mejor de los presupuestos, mínimo lleva un 20% de margen de beneficio para el instalador en material que yo puedo comprar directamente.
Saludos