Transcribo el correo que ha enviado ANPIER:
Estimados/as asociados/as
El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes, 22 de noviembre, un Real Decreto Ley que fue publicado, el sábado 23 de noviembre, en el Boletín oficial del Estado. Se trata del RDL 17/2019, que contiene medidas de extraordinaria importancia para nuestros intereses.
Como sabéis, la normativa modificadora que fue aprobada por el anterior gobierno en los años 2013 y 2014, preveía la actualización de nuestra retribución a partir del 1 de enero de 2020 y permitiendo un nuevo recorte a partir de entonces del 20% de media de nuestras actuales retribuciones.
Ante esa terrible situación, desde ANPIER hemos venido trabajando de forma muy intensa para la consecución de alguna norma que evitase esa dramática posibilidad.
El gobierno en funciones actual ha dictado el presente RDL con el objetivo de que, durante al menos los próximos doce años, esa retribución quede establecida en los importes actuales, sobre la base de la “supuesta” rentabilidad del 7,39%.
Para ello, y con el objeto de aliviar de alguna manera los impactos de los procesos arbitrales, ha diseñado un mecanismo por el cual, aquellos fondos que tuviesen que ser indemnizados por haber obtenido algún laudo arbitral favorable, tendrán que renunciar a él o no se les habilitará la posibilidad de mantener la rentabilidad actual. Por tratarse de un supuesto idéntico, eso mismo sucederá con los procesos judiciales seguidos en España, con la diferencia de que los productores fotovoltaicos no han obtenido ningún reconocimiento indemnizatorio ante los Tribunales españoles, por lo que NO TENDREMOS QUE RENUNCIAR A NINGÚN PROCESO EN CURSO.
Todos los procesos iniciados desde ANPIER en representación de los socios que así nos lo encomendaron han terminado, como os hemos explicado en correos anteriores, por lo que no tienen estos socios ningún proceso vivo ni ante el Tribunal Supremo, ni ante la Audiencia Nacional, ni ante el Tribunal Constitucional. Así que no tendrían nada a lo que renunciar.
Ni siquiera los procedimientos seguidos contra el Impuesto por el Valor de la Producción de Energía Eléctrica (7%) siguen vivos (con independencia de que sería dudoso que este proceso fuese relevante a los efectos de este RDL), al haber desistido de los mismos tras las resoluciones negativas del Tribunal Supremo y Tribunal Constitucional, y todo ello, ante el riesgo de costas procesales masivas y a expensas de lo que diga el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Queridos amigos, no tengáis ninguna duda de que si no hubiese sido por el esfuerzo de los socios de ANPIER, si no hubiese sido por nuestra presión en todos los ámbitos durante todos estos años, incluyendo los Tribunales de Justicia, el próximo día 1 de enero, volveríamos a lamentar nuestro destino.
Por ello, nos debemos de dar la enhorabuena a todos.
Os enlazamos la norma publicada.
https://www.boe.es/boe/dias/2019/11/...2019-16862.pdf
Queda todavía camino por recorrer, ANPIER, junto a todos vosotros, continuará planteando a los gobiernos más soluciones para mejorar la situación de los productores fotovoltaicos.
Atentamente
Mª José Urbaneja Sánchez | Departamento de Administración