Significa la ampliación de la prima para 100kw a 10MW que ya no se va a poder hacer la "trampa" de dividir en titulares de 100kW los huertos de varios MW?
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Significa la ampliación de la prima para 100kw a 10MW que ya no se va a poder hacer la "trampa" de dividir en titulares de 100kW los huertos de varios MW?
Significa que las dos posibilidades están abiertas.
Qué ventajas económicas tendría entonces ahora dividir, por ejemplo, un parque fotovoltaico de 1,5MW en 15 titulares de 100kW, ¿ninguna?
Saludos.
Entiendo que la diferencia viene por la tarifa a aplicar : 0,44 para <100kW> 100kW.
¿Por cierto con el nuevo RD es compatible la construccion de parques solares mediante agrupación de plantas solares < 100kW, si estas son tecnicamente independientes y propiedad de personas fisicas diferentes? O sea se puede tramitar como "n" expedientes de 100kW o un unico expediente por el total de potencia.
Gracias
Por si no ha quedado clara mi pregunta,
¿La legalización y autorización administrativa de un Parque Solar en el que se agrupen a distintos propietarios en una misma ubicación, seguirá tramitandose mediante un expediente para cada una de las plantas de 100kW que forman el parque solar?