Lo primero saludar, y daros las gracias por anticipado.
Queria saber el numero de años de amortizacion que te permite hacienda para una instalacion fotovoltaica y la desgravacion del 4% es solo en el primer año? o es superior?
Un saludo
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Lo primero saludar, y daros las gracias por anticipado.
Queria saber el numero de años de amortizacion que te permite hacienda para una instalacion fotovoltaica y la desgravacion del 4% es solo en el primer año? o es superior?
Un saludo
25 años, no tiene que ser lienal, puedes amortizar mas al pincipio o al reves.
Girosol, estas diciendo que cada uno puede amortizar como le de la gana y ademas cambiar cada año la cantidad amortizada?:pensive:
Hola Sifos
Primero de todo hay dos opciones:
1- Instlacions pagada mediante leasing
2- Pagada en cash o con un prestamo
1- No hay amortizacion, la cuotas del leasing se consideran gastos deducibles
2- Se puede amortizar un maximo de un 8% anual de forma lineal segun las tablas de hacienda.
Tienes razon, NO se puede modificar el coeficiente anual una vez decidido, solo en caso de depreciación de los paneles antes del los 25 años. Pensaba que se podia amortizar por el sistema de digitos decrecientes, pero no se puede, lastima !
Hola compañeros, quiza os resulte interesante esto:
¿Qué condiciones deben cumplirse para poder aplicar la libertad de amortización manteniendo el empleo, en los períodos impositivos iniciados dentro de los años 2009 y 2010? Respuesta:
Las inversiones en elementos nuevos del inmovilizado material y de las inversiones inmobiliarias afectos a actividades económicas, puestos a disposición del sujeto pasivo en los períodos impositivos iniciados dentro de los años 2009 y 2010, podrán ser amortizados libremente siempre que, durante los veinticuatro meses siguientes a la fecha de inicio del período impositivo en que los elementos adquiridos entren en funcionamiento, la plantilla media total de la entidad se mantenga respecto de la plantilla media de los doce meses anteriores. La deducción no estará condicionada a su imputación contable en la cuenta de pérdidas y ganancias.
NORMATIVA: Disposición Adicional Undécima del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2004, de 05 de marzo de 2004 (en adelante TRLIS), según redacción dada por la Ley 4 / 2008, de 23 de diciembre.
La desgravación fiscal para 2010 es del 2%, para el 4% era en 2009, para el 6% en 2008... etc etc...
El año que viene ya no habrá desgravación fiscal.
Saludetes
Hola Albertosolar.
Te dejo un link que espero aclare todas tus dudas sobre la Deducción por Inversiones Medioambientales.
;)