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  1. #1
    solamansalva está desconectado Miembro del foro
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    hola, este es mi primer post, llevo varias semanas leyendo vuestros temas y me han servido de mucho! aunque siempre quedan dudas,jejejj.
    bueno hay va mi pregunta, tengo una finca rustica de propiedad en tarragona de 13000m2 con servicio de luz y la idea era hacerme una casita, de hecho tengo el permiso del ayuntamiento firmado con fecha de inicio de obra, pero claro debido a la situacion en la que nos encontramos me estoy planteando hacer una inversion fotovoltaica.
    me daria el ayuntamiento el permiso para energias renovables teniendo la finca un permiso de obra para hacer una casa? en que se basan?
    gracias.

  2. #2
    Avatar de Jumanji
    Jumanji está desconectado Forero
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    Predeterminado Respuesta: iniciado con dudas

    No sé, no creo que tenga mucho que ver. En cualquier caso, por lo general los Aytos no suelen ser el mayor escollo. Suelen molestar un poco, pero al final lo único que buscan es dinero.

    Lo primero es saber si puedes evacuar y dónde. Para ello deberás depositar el aval y hacer la consulta a la compañía distribuidora.
    "Nunca dudes que un pequeño grupo de ciudadanos pensantes y comprometidos pueda cambiar el mundo. De hecho, eso es lo único que lo ha logrado." - Margaret Mead
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  3. #3
    solamansalva está desconectado Miembro del foro
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    ene 2010
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    Predeterminado Respuesta: iniciado con dudas

    Lo primero es saber si puedes evacuar y dónde. Para ello deberás depositar el aval y hacer la consulta a la compañía distribuidora.[/QUOTE]



    gracias por responder,
    lo de saber si puedo evacuar quien lo dictamina,el ayuntamiento? supongo que te refieres a enganchar a la red, perdona por mi ignorancia.

    algo e escuchado del aval, me lo podrias aclarar un poco mas si no te inporta.

    gracias y un salu2

  4. #4
    Avatar de Jumanji
    Jumanji está desconectado Forero
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    feb 2006
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    Predeterminado Respuesta: iniciado con dudas

    Sí, se trata de la conexión a red. La capacidad de evacuación la comunica la distribuidora eléctrica, pero para hacer la consulta deberás presentar el justificante de depósito del aval, que asciende a 500 €/kW. Puedes encontrar información sobre el aval en el Art.9 del Capítulo II del RD 1578/2008.
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  5. #5
    solamansalva está desconectado Miembro del foro
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    ene 2010
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    Predeterminado Respuesta: iniciado con dudas

    gracias otra vez,
    la finca tiene conexion de 230v, es necesario depositar esa cantidad de dinero por kv que mencionas?
    basta con llevar a un tecnico que verifique la potencia del transformador? y a continuacion seguir con los siguientes pasos.
    la idea es instalar 100kv, si tengo que depositar 500€x/kv instalado es mucha pasta!
    y quien se queda ese dinero? en el peor de los casos se podria recuperar?
    perdona pero estoy hecho un lio.
    gracias y felicidades por el foro.

  6. #6
    Avatar de Jumanji
    Jumanji está desconectado Forero
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    feb 2006
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    Predeterminado Respuesta: iniciado con dudas

    Si quieres solicitar 100 kW deberás depositar en la Caja General de Depósitos 500€ x 100 kW... Ese dinero no se lo queda nadie, es un depósito que se ejecutaría si decidieses no seguir con el asunto. Si no pudieses por cualquier motivo, lo recuperarías, claro.

    La capacidad de la red la conoce la compañía distribuidora. O te lo dicen bajo cuerda (y te fías, que esa es otra), o sigues el curso normal, que es depositar el aval y hacer la solicitud.
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  7. #7
    Girosol está desconectado Miembro del foro
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    Hola

    Sobre el tema del aval, me parece que no es necesario ingresar ningun importe en la caja general de depositos. Solo entregar el documento de aval a favor del ministerio aceptado por un banco o caja.

    Lo que hace falta es que un banco te conceda el aval.

    Puedes encontrar modelo de aval en este link.

    Solar fotovoltaica - Energía Eléctrica - Energía - Mº de Industria, Turismo y Comercio

  8. #8
    solamansalva está desconectado Miembro del foro
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    ok, pero si no es necesario depositar el aval, que sentido tiene ir a una entidad bancaria? es simple burocracia?
    por favor, me puedes explicar esto un poco mejor.
    muchas gracias.

  9. #9
    Girosol está desconectado Miembro del foro
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    Hola

    El procedimiento es el siguiente:

    1- Tu vas tu entidad bancaria y les pides que te avalen por por 500x100 kw = 50.000 euros. A no ser que seas un cliente de los mejores, te pediran que tengan alguna garantia, por ejemplo un deposito de 50.000 euros a plazo fijo, la pignoracion de fondos de inversión o acciones etc ...
    2- Entonces con el aval del banco a favor del ministerio ya puedes rellenar el documento y registrarlo en la caja de general de depositos.
    3- Si por lo que sea pasan 12 meses y no has cumplido, el ministerio podria ejecutar el aval, en este caso tu banco les pagaria los 50.000 euros.

  10. #10
    Avatar de Jumanji
    Jumanji está desconectado Forero
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    Sí, efectivamente, es como dice Girosol. No me di cuenta que podía interpretarse como una imposición en efectivo.
    "Nunca dudes que un pequeño grupo de ciudadanos pensantes y comprometidos pueda cambiar el mundo. De hecho, eso es lo único que lo ha logrado." - Margaret Mead
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  11. #11
    solamansalva está desconectado Miembro del foro
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    vale,entendido!
    propiedades como una segunda residencia serviria como deposito de aval?
    aun superando con creces los 50.000€.

    otra cosa, lo de los 12 meses a que nos referimos? supongo que sera la fecha limite para la instalcion, corregirme si me equivoco.

    gracias nuevamente.,

  12. #12
    Avatar de Jumanji
    Jumanji está desconectado Forero
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    Cita Iniciado por solamansalva Ver mensaje
    vale,entendido!
    propiedades como una segunda residencia serviria como deposito de aval?
    aun superando con creces los 50.000€.
    Eso lo decidirá el Banco. En cualquier caso, no creo que ponga inconvenientes en este caso.

    Cita Iniciado por solamansalva Ver mensaje
    otra cosa, lo de los 12 meses a que nos referimos? supongo que sera la fecha limite para la instalcion, corregirme si me equivoco.

    gracias nuevamente.,
    Una vez que se consiguen todos los permisos y autorizaciones, hay que inscribirse en el Registro de pre-asignación de retribución. Ahí el proyecto se pone a la cola ordenado por fechas. El plazo de 12 meses empieza a contar en el momento en el que el proyecto se publica de forma definitiva y se le aplica una tarifa, y termina con la puesta en marcha de la instalación.
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  13. #13
    Girosol está desconectado Miembro del foro
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    Si tienes propiedades, entonces no tienes problema, el banco te concederá una aval. Piensa que formalizar el aval tiene un coste.
    Me parece que hasta la fecha, no se ha ejecutado ningun aval por parte del ministerio, pero no estoy seguro al 100%.

  14. #14
    solamansalva está desconectado Miembro del foro
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    ok, me habeis aclarado muchas dudas,no tiene precio vuestro tiempo!

    una pregunta mas y con esto acabo,creo?

    la misma finca rustica donde se instalara la FV, no sirve de aval? la propiedad esta pagada y sin cargos.

    gracias y un saludo.

  15. #15
    Girosol está desconectado Miembro del foro
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    Si, sirve perfectamente. El bacno quiere que puedas responder con dinero o propiedades en caso de que se ejecute el aval. Negocia con el banco el coste del aval.

  16. #16
    solamansalva está desconectado Miembro del foro
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    ok, dudas aclaradas! de momento...
    gracias por todo.
    saludos.

  17. #17
    Girosol está desconectado Miembro del foro
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    Es importante que no pongan una comisióm muy alta !! A veces se pasan un poco !

  18. #18
    solamansalva está desconectado Miembro del foro
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    ene 2010
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    vere lo que puedo rascar, aunque normalmente suelen tener la sarten por el mango.




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